Decreto 3787 de 2003 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 3787 de 2003

Fecha de Expedición: 26 de diciembre de 2003

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 3787 DE 2003

 

(Diciembre 26)

 

“Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación faculta al Gobierno para dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación; 

 

Que el citado artículo establece que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo; 

 

Que el artículo 27 de la Ley 848 del 12 de noviembre de 2003 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004" faculta al Gobierno Nacional para que en el decreto de liquidación clasifique y defina los ingresos y gastos; 

 

Que el artículo citado en el considerando anterior dispone que en el evento en que la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Regalías contenidos en la Ley del Presupuesto, no fueren concordantes con el texto constitucional vigente en el momento en que se expida el decreto de liquidación, estas partidas se ajustarán a las disposiciones constitucionales aplicables, y a las normas legales que las desarrollen, en especial a lo previsto en la Ley 141 de 1994 y en la Ley 756 de 2002, ajuste que se realizará en dicho decreto, 

 

DECRETA:

 

PRIMERA PARTE

 

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

 

ARTÍCULO 1º. Fíjense los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004, en la suma de setenta y seis billones seiscientos cuarenta y siete mil seiscientos dos millones doscientos veintiún mil ochocientos cincuenta pesos moneda legal ($76.647.602.221.850), según el detalle del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para el 2004, así: 

 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

 

I - INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 

70,182,447,353,391

1.

INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION

34,678,727,000,000

2.

RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION

32,514,174,227,828

5.

RENTAS PARAFISCALES

483,260,260,163

6.

FONDOS ESPECIALES

2,506 285,865,400

II - INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 

6,465,154,868,459

020900 

AGENCIA COLOMBIANA DE COOPERACION INTERNACIONAL 

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

50,000,000,000

032000 

INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA 

"FRANCISCO JOSE DE CALDAS" (COLCIENCIAS) 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

2,960,000,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

2,278,395,672

032400 

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILARIOS 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

30,715,889,610

040200 

FONDO ROTATORIO DEL DANE 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

5,609,096,375

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

500,000,000

040300 

INSTITUTO GEOGRAFICO AGUSTIN CODAZZI - IGAC 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

15,638,963,989

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

318,000,000

050300 

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA (ESAP) 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

31,553,610,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

4,500,000,000

060200 

FONDO ROTATORIO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

24,366,393,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

600,000,000

110200 

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

47,552,715,518

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,150,000,000

130900

SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

4,127,027,311

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

497,745,980

131000

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

25,499,500,000

131100 

SUPERINTENDENCIA BANCARIA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

60,883,738,158

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

7,671,500,000

150300 

CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

68,070,738,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,994,664,000

150400 

FONDO ROTATORIO DEL EJERCITO 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

167,875,292,876

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

180,000,000

150500 

FONDO ROTATORIO DE LA ARMADA NACIONAL 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

79,131,553,150

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

800,000,000

150600 

FONDO ROTATORIO DE LA FUERZA AEREA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

55,458,387,676

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

700,000,000

150700 

INSTITUTO CASAS FISCALES DEL EJERCITO 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

24,957,601,428

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

400,000,000

150800 

DEFENSA CIVIL COLOMBIANA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

141,411,420

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

65,407,300

151000 

CLUB MILITAR DE OFICIALES 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

20,967,391,339

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,143,000,000

151100 

CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONAL 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

77,671,720,551

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,350,000,00

151200 

FONDO ROTATORIO DE LA POLICIA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

287,445,743,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,702,000,000

151900 

HOSPITAL MILITAR 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

99,626,378,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

800,000,000

170200 

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

20,889,200,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

350,000,000

170300 

INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA - INCORA EN LIQUIDACION 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

149,366,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

2,514,700,000

170500 

INSTITUTO NACIONAL DE ADECUACION DE TIERRAS - INAT EN LIQUIDACION 

 

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

98,700,000

171200 

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - INPA EN LIQUIDACION 

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

289,168,000

171300 

INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL - INCODER 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

16,581,277,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

5,420,600,000

210300 

INSTITUTO DE INVESTIGACION E INFORMACION GEOCIENTIFICA, MINERO AMBIENTAL Y NUCLEAR – INGEOMINAS 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

4,991,000,000

210900 

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGETICA - UPME 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

8,523,500,000

211000 

INSTITUTO DE PLANIFICACION Y PROMOCION DE SOLUCIONES ENERGETICAS – IPSE 

 

 

A-

NGRESOS CORRIENTES

4,781,035,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,238,500,000

211100 

AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH 

 

 

A- 

INGRESOS CORRIENTES 

1,821,258,855,000

220200 

INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR (ICFES) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

24,889,053,406

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,000,000,000

220300 

INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR (ICETEX) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

104,866,133,656

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

31,614,448,544

220900 

INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS (INSOR) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

328,657,614

221000 

INSTITUTO NACIONAL PARA CIEGOS (INCI) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

121,734,267

221100

INSTITUTO TECNOLOGICO PASCUAL BRAVO - MEDELLIN 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

2,525,394,363

221300

INSTITUTO COLOMBIANO DE LA PARTICIPACION "JORGE ELIECER GAITAN 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

7,400,000

222600

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA - UNAD 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

23,758,976,047

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

200,000,000

222700 

COLEGIO BOYACA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

785,032,893

223000 

COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

1,591,553,553

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

233,615,763

223100 

COLEGIO MAYOR DE BOLIVAR 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

973,505,504

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

39,300,000

223200 

COLEGIO MAYOR DEL CAUCA 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

637,335,007

223400 

INSTITUTO TECNICO CENTRAL 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

1,891,936,000

223500 

INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION RURAL DE PAMPLONA - ISER 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

839,814,308

223600 

INSTITUTO DE EDUCACION TECNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

515,905,237

223700 

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TÉCNICA PROFESIONAL DE CIENAGA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

242,480,487

223800 

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

213,875,461

223900 

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE SAN JUAN DELCESAR 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

199,105,362

224000 

INSTITUTO TECNICO AGRICOLA - ITA - DE BUGA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

274,470,000

224100 

INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

564,002,111

224200 

INSTITUTO TECNICO NACIONAL DE COMERCIO "SIMON RODRIGUEZ" DE CALI 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

410,748,867

224300 

COLEGIO INTEGRADO NACIONAL "ORIENTE DE CALDAS" 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

165,058,198

224400 

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE LA DEMOCRACIA "LUIS CARLOS GALANSARMIENTO" 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

12,592,000

224500 

BIBLIOTECA PUBLICA PILOTO DE MEDELLIN PARA AMERICA LATINA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

256,907,115

225200 

INSTITUTO TECNOLOGICO DEL PUTUMAYO 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

242,768,676

225400 

INSTITUTO TECNOLOGICO DE SOLEDAD – ATLANTICO ITSA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

1,053,792,146

225500 

CENTRO DE EDUCACION EN ADMINISTRACION DE SALUD – CEADS 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

338,995,766

230600 

FONDO DE COMUNICACIONES 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

110,932,090,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

5,161,500,000

230700 

COMISION NACIONAL DE TELEVISION 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

34,754,728,800

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

52,132,093,200

240200 

INSTITUTO NACIONAL DE VIAS 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

363,143,350,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

10,771,700,000

240300 

FONDO NACIONAL DE CAMINOS VECINALES EN LIQUIDACION 

 

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

310,200,000

241200 

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL 

DE LA AERONAUTICA CIVIL 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

281,922,100,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

9,433,400,000

241300 

INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES – INCO 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

7,000,000,000

260200 

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

566,830,900

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

10,281,716,399

280200 

FONDO ROTATORIO DE LA REGISTRADURIA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

10,006,048,427

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,198,403,660

280300 

FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL 

 

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

980,577,150

290200 

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

221,197,600

320200 

INSTITUTO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGIA Y ESTUDIOS AMBIENTALES- IDEAM 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

4,702,000,000

320400 

FONDO NACIONAL AMBIENTAL 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

6,650,000,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

150,000,000

324000 

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA -INURBE- EN LIQUIDACION 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

50,000,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

15,285,100,000

324100 

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA – FONVIVIENDA 

 

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

10,000,000,000

330400 

ARCHIVO GENERAL DE LA NACION 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

714,724,093

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

430,000

330500 

NSTITUTO COLOMBIANO DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA 

 

 

A-

NGRESOS CORRIENTES

94,647,906

330600 

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE – COLDEPORTES 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

9,243,205,787

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

6,000,000

330700 

INSTITUTO CARO Y CUERVO 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

62,500,000

350200 

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

41,141,700,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

3,700,000,000

360200 

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

86,576,000,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

47,088,000,000

 

C-

CONTRIBUCIONES PARAFISCALES

573,362,883,000

360300 

FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

12,032,853,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

2,785,637,500

360400 

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA ENLIQUIDACION 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

12,344,029,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

9,017,133,000

360500 

FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

33,999,139,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,122,000,000

360600 

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD (INS) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

1,596,180,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

50,000,000

360700 

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

9,553,200,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

16,639,000,000

 

C-

CONTRIBUCIONES PARAFISCALES

1,138,781,423,000

360800 

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

9,602,600,000

360900 

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS – INVIMA 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

12,940,198,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

1,052,000,000

370500 

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

196,174,249,840

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

7,282,825,545

370600 

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO – INPEC 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

89,900,000

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

450,000,000

370700 

DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES 

 

 

A-

INGRESOS CORRIENTES

855,725,503

 

B-

RECURSOS DE CAPITAL

6,359,290,445

III -

TOTAL INGRESOS 

76,647,602,221,850 

 

SEGUNDA PARTE

 

ARTÍCULO 2º. Presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Aprópiese para atender los gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda pública del Presupuesto General de la Nación durante la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004 una suma por valor de setenta y seis billones seiscientos cuarenta y siete mil seiscientos dos millones doscientos veintiún ochocientos cincuenta pesos moneda legal ($76.647.602.221.850), según el detalle que se encuentra a continuación: 

 

CTA. PROG 

SUBC SUBP 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

T O T A L 

 

 

SECCION: 0101 

CONGRESO DE LA REPUBLICA 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

208,343,640,512

 

208,343,640,512

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

208,343,640,512 

 

208,343,640,512 

 

SECCION: 0201 

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

70,728,507,193

 

70,728,507,193

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

511,176,000,000

 

511,176,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,300,000,000

 

1,300,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1.300.000.000

 

1.300.000.000

 

121

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

291,000,000

 

291,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

291,000,000

 

291,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

735,000,000

 

735,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

735,000,000

 

735,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

18,000,000,000

 

18,000,000,000

 

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

500,000,000

 

500,000,000

 

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

15,000,000,000

 

15,000,000,000

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

2,500,000,000

 

2,500,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

87,050,000,000

 

87,050,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

87,050,000,000

 

87,050,000,000

 

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

402,300,000,000

 

402,300,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

402,300,000,000

 

402,300,000,000

 

640

 

INVERSIONES Y APORTES FINANCIEROS

500,000,000

 

500,000,000

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

500,000,000

 

500,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

581,904,507,193

 

581,904,507,193

 

SECCION: 0203 

RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

16,426,342,181

 

16,426,342,181

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

133,800,000,000

 

133,800,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

13,214,000,000

 

13,214,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

9,800,000,000

 

9,800,000,000

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

3,414,000,000

 

3,414,000,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

112,524,000,000

 

112,524,000,000

 

 

1001

ATENCION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES

1,238,000,000

 

1,238,000,000

 

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

111,286,000,000

 

111,286,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

1,892,000,000

 

1,892,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,892,000,000

 

1,892,000,000

 

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

5,806,000,000

 

5,806,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

5,806,000,000

 

5,806,000,000

 

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

364,000,000

 

364,000,000

 

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

364,000,000

 

364,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

150,226,342,181

 

150,226,342,181

 

SECCION: 0209 

AGENCIA COLOMBIANA DE COOPERACION INTERNACIONAL 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,456,995,988

 

2,456,995,988

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

4,000,000,000

50,000,000,000

54,000,000,000

 

540

 

COORDINACION, ADMINISTRACION, PROMOCION, Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACION TECNICA Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

4,000,000,000

50,000,000,000

54,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

4,000,000,000

50,000,000,000

54,000,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

6,456,995,988

50,000,000,000

56,456,995,988

 

SECCION: 0301 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE PLANEACION 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

25,601,154,005

 

25,601,154,005

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

104,679,088,609

 

104,679,088,609

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

43,447,823,232

 

43,447,823,232

 

 

207

MINERIA

7,168,493,686

 

7,168,493,686

 

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

9,293,227,273

 

9,293,227,273

 

 

501

GENERACION ELECTRICA

238,287,879

 

238,287,879

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLOCOMUNITARIO

26,747,814,394

 

26,747,814,394

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

38,463,905,377

 

38,463,905,377

 

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

2,382,878,788

 

2,382,878,788

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

31,037,266,487

 

31,037,266,487

 

 

1200

INTERSUBSECTORIAL SANEAMIENTO

5,043,760,102

 

5,043,760,102

 

 

 

BASICO

 

 

 

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

300,000,000

 

300,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

300,000,000

 

300,000,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIALM DEL RECURSO HUMANO

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

600,000,000

 

600,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

600,000,000

 

600,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACIÓN Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

5,600,000,000

 

5,600,000,000

 

 

205

COMERCIO EXTERNO

500,000,000

 

500,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

5,100,000,000

 

5,100,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

14,267,360,000

 

14,267,360,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

800,000,000

 

800,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

13,467,360,000

 

13,467,360,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

130,280,242,614

 

130,280,242,614

 

SECCION: 0320 

INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA 

"FRANCISCO JOSE DE CALDAS" (COLCIENCIAS) 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

4,424,775,745

1,738,395,672

6,163,171,417

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

42,939,050,000

3,500,000,000

46,439,050,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

8,700,000,000

100,000,000

8,800,000,000

 

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

7,700,000,000

100,000,000

7,800,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

23,450,000,000

1,700,000,000

25,150,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

3,500,000,000

 

3,500,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

17,950,000,000

1,700,000,000

19,650,000,000

 

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

3,014,050,000

1,700,000,000

4,714,050,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

3,014,050,000

1,700,000,000

4,714,050,000

 

630

 

TRANSFERENCIAS

7,375,000,000

 

7,375,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

7,000,000,000

 

7,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

375,000,000

 

375,000,000

 

640

 

INVERSIONES Y APORTES FINANCIEROS

400,000,000

 

400,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

400,000,000

 

400,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

47,363,825,745

5,238,395,672

52,602,221,417

 

SECCION: 0324 

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

23,785,889,610

23,785,889,610

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

 

6,930,000,000

6,930,000,000

 

122

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

 

300,000,000

300,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

300,000,000

300,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

30,000,000

30,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

 

30,000,000

30,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

300,000,000

300,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

 

300,000,000

300,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACIÓN Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

700,000,000

700,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

 

700,000,000

700,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

 

5,600,000,000

5,600,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

 

200,000,000

200,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

5,400,000,000

5,400,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

 

30,715,889,610

30,715,889,610

 

SECCION: 0401 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA (DANE) 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

14,631,453,667

 

14,631,453,667

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

15,600,000,000

 

15,600,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,200,000,000

 

1,200,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,200,000,000

 

1,200,000,000

 

222

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,300,000,000

 

1,300,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,300,000,000

 

1,300,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

3,200,000,000

 

3,200,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

3,200,000,000

 

3,200,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

8,400,000,000

 

8,400,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

4,200,000,000

 

4,200,000,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

4,200,000,000

 

4,200,000,000

 

440

 

ACTUALIZACION DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

30,231,453,667

 

30,231,453,667

 

SECCION: 0402 

FONDO ROTATORIO DEL DANE 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

784,186,375

784,186,375

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

 

5,324,910,000

5,324,910,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

5,324,910,000

5,324,910,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

5,324,910,000

5,324,910,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

6,109,096,375

6,109,096,375

 

SECCION: 0403 

INSTITUTO GEOGRAFICO AGUSTIN CODAZZI – IGAC 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

22,430,444,135

4,399,963,989

26,830,408,124

 

CPRESUPUESTO DE INVERSION

8,000,000,000

11,557,000,000

19,557,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

16,000,000

16,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

16,000,000

16,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

106,000,000

106,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

106,000,000

106,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

 

10,159,000,000

10,159,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

10,159,000,000

10,159,000,000

 

440

 

ACTUALIZACION DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

8,000,000,000

1,056,000,000

9,056,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

8,000,000,000

1,056,000,000

9,056,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

220,000,000

220,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

220,000,000

220,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

30,430,444,135

15,956,963,989

46,387,408,124

 

SECCION: 0501 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

7,137,140,800

 

7,137,140,800

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

7,137,140,800

 

7,137,140,800

 

SECCION: 0503 

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA (ESAP) 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

28,650,800,000

28,650,800,000

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

 

7,402,810,000

7,402,810,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

602,810,000

602,810,000

 

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

602,810,000

602,810,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

200,000,000

200,000,000

 

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

200,000,000

200,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

300,000,000

300,000,000

 

 

1600

ADMINISTRACION DEL ESTADO PAGO DE RESERVAS

 

300,000,000

300,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

500,000,000

500,000,000

 

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

 

500,000,000

500,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

1,000,000,000

1,000,000,000

 

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

1,000,000,000

1,000,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

2,500,000,000

2,500,000,000

 

 

1600

ADMINISTRACION DEL ESTADO PAGO DE RESERVAS

 

2,500,000,000

2,500,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

2,300,000,000

2,300,000,000

 

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

2,300,000,000

2,300,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

36,053,610,000

36,053,610,000

 

SECCION: 0601 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD (DAS) 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

165,476,330,000

 

165,476,330,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

165,476,330,000

 

165,476,330,000

 

SECCION: 0602 

FONDO ROTATORIO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

11,966,393,000

11,966,393,000

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

 

13,000,000,000

13,000,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

9,901,400,000

9,901,400,000

 

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

 

9,901,400,000

9,901,400,000

 

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

3,098,600,000

3,098,600,000

 

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

 

3,098,600,000

3,098,600,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

24,966,393,000

24,966,393,000

 

SECCION: 0901 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE LA ECONOMIA SOLIDARIA – DANSOCIAL 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,766,083,214

 

2,766,083,214

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

1,000,557,360

 

1,000,557,360

 

121

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

300,000,000

 

300,000,000

 

 

1503

FORMAS ASOCIATIVAS Y COOPERATIVAS

300,000,000

 

300,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

100,000,000

 

100,000,000

 

 

1503

FORMAS ASOCIATIVAS COOPERATIVAS Y

100,000,000

 

100,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

200,000,000

 

200,000,000

 

 

1503

FORMAS ASOCIATIVAS Y COOPERATIVAS

200,000,000

 

200,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

400,557,360

 

400,557,360

 

 

1503

FORMAS ASOCIATIVAS Y COOPERATIVAS

400,557,360

 

400,557,360

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,766,640,574

 

3,766,640,574

 

SECCION: 1101 

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

146,332,416,824

 

146,332,416,824

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

146,332,416,824

 

146,332,416,824

 

SECCION: 1102 

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

34,917,676,521

47,552,715,518

82,470,392,039

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

1,000,000,000

1,150,000,000

2,150,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

600,000,000

449,852,941

1,049,852,941

 

 

1002

RELACIONES EXTERIORES

600,000,000

449,852,941

1,049,852,941

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

200,000,000

405,882,353

605,882,353

 

 

1002

RELACIONES EXTERIORES

200,000,000

405,882,353

605,882,353

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

200,000,000

294,264,706

494,264,706

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

200,000,000

294,264,706

494,264,706

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

35,917,676,521

48,702,715,518

84,620,392,039

 

SECCION: 1301 

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

4,295,193,562,295

 

4,295,193,562,295

 

C PRESUPUESTO DE INVERSION

1,413,367,437,000

 

1,413,367,437,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

263,722,365,000

 

263,722,365,000

 

 

604

RED URBANA

263,722,365,000

 

263,722,365,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

502,000,000

 

502,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

502,000,000

 

502,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

39,901,572,000

 

39,901,572,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

39,901,572,000

 

39,901,572,000

 

610

 

CREDITOS

52,517,000,000

 

52,517,000,000

 

 

304

SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD

52,517,000,000

 

52,517,000,000

 

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

80,300,000,000

 

80,300,000,000

 

 

1400

INTERSUBSECTORIAL VIVIENDA

80,300,000,000

 

80,300,000,000

 

630

 

TRANSFERENCIAS

156,742,500,000

 

156,742,500,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

156,742,500,000

 

156,742,500,000

 

650

 

CAPITALIZACION

816,682,000,000

 

816,682,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

816,682,000,000

 

816,682,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

5,708,560,999,295

 

5,708,560,999,295

 

SECCION: 1308 

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CONTADURIA GENERAL DE LA NACION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

5,681,213,337

 

5,681,213,337

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,800,000,000

 

1,800,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

300,000,000

 

300,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

300,000,000

 

300,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

500,000,000

 

500,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

500,000,000

 

500,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

7,481,213,337

 

7,481,213,337

 

SECCION: 1309 

SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

4,512,773,291

4,512,773,291

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

585,000,000

112,000,000

697,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

220,000,000

 

220,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

220,000,000

 

220,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

365,000,000

112,000,000

477,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

365,000,000

112,000,000

477,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

585,000,000

4,624,773,291

5,209,773,291

 

SECCION: 1310 

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

289,436,291,000

24,929,700,000

314,365,991,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

9,008,000,000

569,800,000

9,577,800,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

3,515,000,000

 

3,515,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

3,515,000,000

 

3,515,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

5,493,000,000

569,800,000

6,062,800,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

5,493,000,000

569,800,000

6,062,800,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

298,444,291,000

25,499,500,000

323,943,791,000

 

SECCION: 1311 

SUPERINTENDENCIA BANCARIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

54,853,738,158

54,853,738,158

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

13,701,500,000

13,701,500,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE, EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

10,200,000,000

10,200,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

10,200,000,000

10,200,000,000

 

222

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

600,000,000

600,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

600,000,000

600,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

600,000,000

600,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

600,000,000

600,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

2,301,500,000

2,301,500,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

2,301,500,000

2,301,500,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

68,555,238,158

68,555,238,158

 

SECCION: 1312 

UNIDAD DE INFORMACION Y ANALISIS FINANCIERO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,524,062,000

 

2,524,062,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,524,062,000

 

2,524,062,000

 

SECCION: 1401 

SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL 

 

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

27,327,462,736,025

 

27,327,462,736,025

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

27,327,462,736,025

 

27,327,462,736,025

 

SECCION: 1501 

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

4,251,331,218,786

 

4,251,331,218,786

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

623,330,800,000

 

623,330,800,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

49,567,000,000

 

49,567,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

6,440,000,000

 

6,440,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

27,023,000,000

 

27,023,000,000

 

102

DEFENSA Y SEGURIDAD EXTERNA

457,000,000

 

457,000,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

5,960,000,000

 

5,960,000,000

 

607

TRANSPORTE MARITIMO

1,687,000,000

 

1,687,000,000

 

1400

INTERSUBSECTORIAL VIVIENDA

8,000,000,000

 

8,000,000,000

112

 

ADQUISICION DE IN FRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

2,947,000,000

 

2,947,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

2,947,000,000

 

2,947,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

27,680,000,000

 

27,680,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

5,654,000,000

 

5,654,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

10,960,000,000

 

10,960,000,000

 

102

DEFENSA Y SEGURIDAD EXTERNA

755,000,000

 

755,000,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,600,000,000

 

1,600,000,000

 

1201

ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

7,211,000,000

 

7,211,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

397,537,800,000

 

397,537,800,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

240,924,800,000

 

240,924,800,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

146,694,000,000

 

146,694,000,000

 

102

DEFENSA Y SEGURIDAD EXTERNA

2,550,000,000

 

2,550,000,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

7,169,000,000

 

7,169,000,000

 

604

RED URBANA

200,000,000

 

200,000,000

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

140,616,000,000

 

140,616,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

71,060,000,000

 

71,060,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

54,206,000,000

 

54,206,000,000

 

102

DEFENSA Y SEGURIDAD EXTERNA

15,350,000,000

 

15,350,000,000

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

4,368,000,000

 

4,368,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

150,000,000

 

150,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

3,718,000,000

 

3,718,000,000

 

406

SERVICIOS DE VALOR AGREGADO EN COMUNICACIONES

500,000,000

 

500,000,000

222

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

465,000,000

 

465,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

465,000,000

 

465,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

150,000,000

 

150,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

150,000,000

 

150,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

4,874,662,018,786

 

4,874,662,018,786

SECCION: 1503 

CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

612,825,954,982

70,065,402,000

682,891,356,982

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

612,825,954,982

70,065,402,000

682,891,356,982

SECCION: 1504 

FONDO ROTATORIO DEL EJERCITO 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

168,055,292,876

168,055,292,876

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

168,055,292,876

168,055,292,876

 

CTA. PROG 

SUBC SUBP 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

T O T A L 

SECCION: 1505 

FONDO ROTATORIO DE LA ARMADA NACIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

79,931,553,150

79,931,553,150

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

79,931,553,150

79,931,553,150

SECCION: 1506 

FONDO ROTATORIO DE LA FUERZA AEREA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

54,272,387,676

54,272,387,676

C. PRESUP UESTO DE INVERSION

 

1,886,000,000

1,886,000,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

780,000,000

780,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

 

780,000,000

780,000,000

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

249,000,000

249,000,000

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

 

249,000,000

249,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO SECTOR DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL

 

61,000,000

61,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

 

61,000,000

61,000,000

121

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

 

796,000,000

796,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

 

796,000,000

796,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

56,158,387,676

56,158,387,676

SECCION: 1507 

INSTITUTO CASAS FISCALES DEL EJERCITO 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

19,856,601,428

19,856,601,428

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

5,501,000,000

5,501,000,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

5,341,650,928

5,341,650,928

 

1400

NTERSUBSECTORIAL VIVIENDA

 

5,341,650,928

5,341,650,928

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

159,349,072

159,349,072

 

1400

INTERSUBSECTORIAL VIVIENDA

 

159,349,072

159,349,072

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

25,357,601,428

25,357,601,428

SECCION: 1508 

DEFENSA CIVIL COLOMBIANA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

6,282,024,016

206,818,720

6,488,842,736

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

631,600,000

 

631,600,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

293,400,000

 

293,400,000

 

103

DEFENSA CIVIL

293,400,000

 

293,400,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

338,200,000

 

338,200,000

 

103

DEFENSA CIVIL

338,200,000

 

338,200,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

6,913,624,016

206,818,720

7,120,442,736

SECCION: 1510 

CLUB MILITAR DE OFICIALES 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

18,650,391,339

 

18,650,391,339

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

3,460,000,000

 

3,460,000,000

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

1,260,000,000

 

1,260,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

1,260,000,000

 

1,260,000,000

640

 

INVERSIONES Y APORTES FINANCIEROS

2,200,000,000

 

2,200,000,000

 

1302

BIENESTAR SOCIAL A TRABAJADORES

2,200,000,000

 

2,200,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

22,110,391,339

 

22,110,391,339

CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONAL 

SECCION: 1511 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

774,348,980,945

79,021,720,551

853,370,701,496

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

774,348,980,945

79,021,720,551

853,370,701,496

SECCION: 1512 

FONDO ROTATORIO DE LA POLICIA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

289,147,743,000

289,147,743,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

289,147,743,000

289,147,743,000

SECCION: 1519 

HOSPITAL MILITAR 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

10,593,380,000

98,766,378,000

109,359,758,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

7,233,600,000

1,660,000,000

8,893,600,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

2,700,000,000

 

2,700,000,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

2,700,000,000

 

2,700,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

3,100,000,000

1,660,000,000

4,760,000,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

3,100,000,000

1,660,000,000

4,760,000,000

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

1,101,400,000

 

1,101,400,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,101,400,000

 

1,101,400,000

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

332,200,000

 

332,200,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

332,200,000

 

332,200,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

17,826,980,000

100,426,378,000

118,253,358,000

SECCION: 1601 

POLICIA NACIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,856,822,938,569

 

2,856,822,938,569

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

112,000,000,000

 

112,000,000,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

28,000,000,000

 

28,000,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

23,000,000,000

 

23,000,000,000

 

302

SERVICIOS GENERALES DE SALUD

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

3,000,000,000

 

3,000,000,000

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

1402

SOLUCIONES DE VIVIENDA URBANA

2,000,000,000

 

2,000,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

5,600,000,000

 

5,600,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

2,800,000,000

 

2,800,000,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,800,000,000

 

1,800,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

68,400,000,000

 

68,400,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

60,700,000,000

 

60,700,000,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

2,900,000,000

 

2,900,000,000

 

608

TRANSPORTE AEREO

4,800,000,000

 

4,800,000,000

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

1,000,000,000

 

1,000,000,000

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

7,000,000,000

 

7,000,000,000

 

101

DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA

7,000,000,000

 

7,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,968,822,938,569

 

2,968,822,938,569

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL 

SECCION: 1701 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

92,320,800,000

 

92,320,800,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

116,230,000,000

 

116,230,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNIC A Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

10,000,000,000

 

10,000,000,000

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

5,000,000,000

 

5,000,000,000

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

5,000,000,000

 

5,000,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

5,730,000,000

 

5,730,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

5,730,000,000

 

5,730,000,000

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

5,500,000,000

 

5,500,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

5,500,000,000

 

5,500,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

26,000,000,000

 

26,000,000,000

 

1106

COMERCIALIZACION

26,000,000,000

 

26,000,000,000

610

 

CREDITOS

30,000,000,000

 

30,000,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

30,000,000,000

 

30,000,000,000

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

30,000,000,000

 

30,000,000,000

 

1401

SOLUCIONES DE VIVIENDA RURAL

30,000,000,000

 

30,000,000,000

630

 

TRANSFERENCIAS

4,000,000,000

 

4,000,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

4,000,000,000

 

4,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

208,550,800,000

 

208,550,800,000

SECCION: 1702 

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA) 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

46,247,100,000

2,397,700,000

48,644,800,000

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

341,900,000

 

341,900,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

3,970,520,000

18,841,500,000

22,812,020,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

350,000,000

 

350,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

350,000,000

 

350,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

600,000,000

600,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

 

600,000,000

600,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

3,620,520,000

18,241,500,000

21,862,020,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

3,620,520,000

18,241,500,000

21,862,020,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

50,559,520,000

21,239,200,000

71,798,720,000

SECCION: 1703 

INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA - INCORA EN LIQUIDACION 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

59,876,074,000

2,664,066,000

62,540,140,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

59,876,074,000

2,664,066,000

62,540,140,000

SECCION: 1705 

INSTITUTO NACIONAL DE ADECUACION DE TIERRAS - INAT EN LIQUIDACION 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

9,290,069,337

98,700,000

9,388,769,337

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

9,290,069,337

98,700,000

9,388,769,337

SECCION: 1706 

FONDO DE COFINANCIACION PARA LA INVERSION RURAL - DRI EN LIQUIDACION 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,360,521,000

 

2,360,521,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,360,521,000

 

2,360,521,000

SECCION: 1712 

INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - INPA EN LIQUIDACION 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

4,212,243,000

289,168,000

4,501,411,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

4,212,243,000

4289,168,000

4,501,411,000

SECCION: 1713 

INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL - INCODER 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

28,183,600,000

 

28,183,600,000

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

12,689,100,000

 

12,689,100,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

50,782,700,000

22,001,877,000

72,784,577,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

38,776,700,000

13,618,677,000

52,395,377,000

 

1101

PRODUCCION Y APROVECHAMIENTO AGRICOLA

38,776,700,000

13,618,677,000

52,395,377,000

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

4,160,000,000

1,796,000,000

5,956,000,000

 

1107

TENENCIA DE LA TIERRA

4,160,000,000

1,796,000,000

5,956,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

55,000,000

819,000,000

874,000,000

 

1101

PRODUCCION Y APROVECHAMIENTO AGRICOLA

 

200,000,000

200,000,000

 

1104

PESCA Y ACUICULTURA

55,000,000

619,000,000

674,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

460,000,000

745,900,000

1,205,900,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

300,000,000

 

300,000,000

 

1104

PESCA Y ACUICULTURA

60,000,000

645,900,000

705,900,000

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

100,000,000

100,000,000

200,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

80,000,000

605,500,000

685,500,000

 

1104

PESCA Y ACUICULTURA

80,000,000

605,500,000

685,500,000

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

75,000,000

161,500,000

236,500,000

 

1104

PESCA Y ACUICULTURA

75,000,000

161,500,000

236,500,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

60,000,000

659,300,000

719,300,000

 

1104

PESCA Y ACUICULTURA

60,000,000

659,300,000

719,300,000

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

7,116,000,000

3,596,000,000

10,712,000,000

 

1107

TENENCIA DE LA TIERRA

7,116,000,000

3,596,000,000

10,712,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

91,655,400,000

22,001,877,000

113,657,277,000

SECCION: 2101 

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

62,973,040,779

 

62,973,040,779

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

141,554,800,000

 

141,554,800,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

5,034,000,000

 

5,034,000,000

 

506

RECURSOS NATURALES ENERGETICOS NO RENOVABLES

5,034,000,000

 

5,034,000,000

420

 

ESTUDIOS DE PREINVERSION

500,000,000

 

500,000,000

 

207

MINERIA

500,000,000

 

500,000,000

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

500,000,000

 

500,000,000

 

207

MINERIA

500,000,000

 

500,000,000

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

60,000,000,000

 

60,000,000,000

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

60,000,000,000

 

60,000,000,000

630

 

TRANSFERENCIAS

75,520,800,000

 

75,520,800,000

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

75,520,800,000

 

75,520,800,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

204,527,840,779

 

204,527,840,779

SECCION: 2103 

INSTITUTO DE INVESTIGACION E INFORMACION GEOCIENTIFICA, MINERO AMBIENTAL Y NUCLEAR - INGEOMINAS 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

15,279,316,100

791,000,000

16,070,316,100

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

5,511,700,000

4,200,000,000

9,711,700,000

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

500,000,000

 

500,000,000

 

207

MINERIA

500,000,000

 

500,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

2,411,700,000

1,800,000,000

4,211,700,000

 

207

MINERIA

2,411,700,000

1,800,000,000

4,211,700,000

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

2,600,000,000

2,400,000,000

5,000,000,000

 

207

MINERIA

2,600,000,000

2,400,000,000

5,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

20,791,016,100

4,991,000,000

25,782,016,100

SECCION: 2109 

UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA - UPME 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

3,523,500,000

3,523,500,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

5,000,000,000

5,000,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

1,189,215,175

1,189,215,175

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

 

689,215,175

689,215,175

 

506

RECURSOS NATURALES ENERGETICOS NO RENOVABLES

 

500,000,000

500,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

1,099,186,635

1,099,186,635

 

207

MINERIA

 

500,000,000

500,000,000

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

 

599,186,635

599,186,635

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

430,355,042

430,355,042

 

207

MINERIA

 

430,355,042

430,355,042

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

2,281,243,148

2,281,243,148

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

 

1,026,231,254

1,026,231,254

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

1,255,011,894

1,255,011,894

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

8,523,500,000

8,523,500,000

SECCION: 2110 

INSTITUTO DE PLANIFICACION Y PROMOCION DE SOLUCIONES ENERGETICAS - IPSE 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

27,751,400,632

6,019,535,000

33,770,935,632

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

20,315,000,000

 

20,315,000,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

6,009,500,000

 

6,009,500,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

2,650,000,000

 

2,650,000,000

 

501

GENERACION ELECTRICA

2,650,000,000

 

2,650,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

1,000,000,000

 

1,000,000,000

420

 

ESTUDIOS DE PREINVERSION

2,359,500,000

 

2,359,500,000

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

2,359,500, 000

 

2,359,500,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

54,075,900,632

6,019,535,000

60,095,435,632

SECCION: 2111 

AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

1,803,959,855,000

1,803,959,855,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

17,299,000,000

17,299,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

1,629,000,000

1,629,000,000

 

506

RECURSOS NATURALES ENERGETICOS NO RENOVABLES

 

1,629,000,000

1,629,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

15,670,000,000

15,670,000,000

 

506

RECURSOS NATURALES ENERGETICOS NO RENOVABLES

 

15,670,000,000

15,670,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

1,821,258,855,000

1,821,258,855,000

SECCION: 2201 

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

10,721,243,423,760

 

10,721,243,423,760

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

114,467,238,083

 

114,467,238,083

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

3,280,000,000

 

3,280,000,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

1,400,000,000

 

1,400,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,880,000,000

 

1,880,000,000

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

500,000,000

 

500,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

500,000,000

 

500,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

3,050,000,000

 

3,050,000,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,050,000,000

 

1,050,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

25,600,000,000

 

25,600,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

25,600,000,000

 

25,600,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

37,947,777,000

 

37,947,777,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

32,947,777,000

 

32,947,777,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

3,100,000,000

 

3,100,000,000

 

706

EDUCACION DE ADULTOS

1,900,000,000

 

1,900,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

1,602,636,000

 

1,602,636,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,602,636,000

 

1,602,636,000

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

627,000,000

 

627,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

627,000,000

 

627,000,000

640

 

INVERSIONES Y APORTES FINANCIEROS

40,859,825,083

 

40,859,825,083

 

705

EDUCACION SUPERIOR

40,859,825,083

 

40,859,825,083

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

10,835,710,661,843

 

10,835,710,661,843

SECCION: 2202 

INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR (ICFES) 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

18,639,053,406

18,639,053,406

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

4,622,500,000

 

4,622,500,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

7,250,000,000

7,250,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

7,250,000,000

7,250,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

7,250,000,000

7,250,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

4,622,500,000

25,889,053,406

30,511,553,406

SECCION: 2203 

INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR (ICETEX) 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

14,733,342,200

14,733,342,200

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

80,638,475,000

121,747,240,000

202,385,715,000

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

1,254,000,000

1,254,000,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

 

1,254,000,000

1,254,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

211,096,000

211,096,000

 

709

ARTE Y CULTURA

 

211,096,000

211,096,000

610

 

CREDITOS

80,638,475,000

120,282,144,000

200,920,619,000

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

7,725,000,000

 

7,725,000,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

 

1,421,200,000

1,421,200,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

72,913,475,000

118,860,944,000

191,774,419,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

80,638,475,000

136,480,582,200

217,119,057,200

SECCION: 2209 

INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS (INSOR) 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,741,113,835

38,054,614

1,779,168,449

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

385,605,000

290,603,000

676,208,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

203,605,000

193,325,000

396,930,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

44,000,000

141,075,000

185,075,000

 

707

EDUCACION ESPECIAL

159,605,000

52,250,000

211,855,000

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

61,000,000

60,703,000

121,703,000

 

301

PREVENCION EN SALUD

45,000,000

53,190,000

98,190,000

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

16,000,000

7,513,000

23,513,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

90,000,000

15,675,000

105,675,000

 

707

EDUCACION ESPECIAL

90,000,000

15,675,000

105,675,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

31,000,000

20,900,000

51,900,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

31,000,000

20,900,000

51,900,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,126,718,835

328,657,614

2,455,376,449

SECCION: 2210 

INSTITUTO NACIONAL PARA CIEGOS (INCI) 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,265,121,902

31,740,267

2,296,862,169

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

386,650,000

89,994,000

476,644,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

320,150,000

45,789,000

365,939,000

 

707

EDUCACION ESPECIAL

320,150,000

45,789,000

365,939,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

38,500,000

36,755,000

75,255,000

 

707

EDUCACION ESPECIAL

38,500,000

36,755,000

75,255,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA

28,000,000

7,450,000

35,450,000

 

 

ESTUDIOS

 

 

 

 

707

EDUCACION ESPECIAL

28,000,000

7,450,000

35,450,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,651,771,902

121,734,267

2,773,506,169

SECCION: 2211 

INSTITUTO TECNOLOGICO PASCUAL BRAVO - MEDELLIN 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

5,629,543,757

925,394,363

6,554,938,120

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

1,600,000,000

1,600,000,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

531,108,230

531,108,230

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

531,108,230

531,108,230

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

1,068,891,770

1,068,891,770

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

1,068,891,770

1,068,891,770

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

5,629,543,757

2,525,394,363

8,154,938,120

SECCION: 2213 

INSTITUTO COLOMBIANO DE LA PARTICIPACION "JORGE ELIECER GAITAN" 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

712,257,518

7,400,000

719,657,518

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

53,295,000

 

53,295,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

29,295,000

 

29,295,000

 

709

ARTE Y CULTURA

29,295,000

 

29,295,000

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

12,000,000

 

12,000,000

 

709

ARTE Y CULTURA

12,000,000

 

12,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

12,000,000

 

12,000,000

 

709

ARTE Y CULTURA

12,000,000

 

12,000,000

 

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION

765,552,518

7,400,000

772,952,518

SECCION: 2226 

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA - UNAD 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

8,209,395,380

10,669,011,047

18,878,406,427

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,475,475,000

13,289,965,000

14,765,440,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

4,272,297,000

4,272,297,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

4,272,297,000

4,272,297,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

5,681,614,000

5,681,614,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

5,681,614,000

5,681,614,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

237,737,000

898,128,000

1,135,865,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

237,737,000

898,128,000

1,135,865,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

237,738,000

2,437,926,000

2,675,664,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

237,738,000

2,437,926,000

2,675,664,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

9,684,870,380

23,958,976,047

33,643,846,427

SECCION: 2227 

COLEGIO BOYACA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMI ENTO

3,001,910,399

785,032,893

3,786,943,292

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,001,910,399

785,032,893

3,786,943,292

SECCION: 2229 

RESIDENCIAS FEMENINAS DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL EN LIQUIDACION 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

248,865,850

 

248,865,850

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

248,865,850

 

248,865,850

SECCION: 2230 

COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,402,856,894

1,625,169,316

3,028,026,210

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

200,000,000

200,000,000

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

200,000,000

200,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

200,000,000

200,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,402,856,894

,825,169,316

13,228,026,210

SECCION: 2231 

COLEGIO MAYOR DE BOLIVAR 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,634,612,913

1,012,805,504

2,647,418,417

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,634,612,913

1,012,805,504

2,647,418,417

SECCION: 2232 

COLEGIO MAYOR DEL CAUCA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,191,252,481

637,335,007

1,828,587,488

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,191,252,481

637,335,007

1,828,587,488

SECCION: 2234 

INSTITUTO TECNICO CENTRAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

3,825,916,608

1,355,401,485

5,181,318,093

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

536,534,515

536,534,515

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

36,534,515

36,534,515

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

36,534,515

36,534,515

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

440,000,000

440,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

440,000,000

440,000,000

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

60,000,000

60,000,000

 

705

EDUCACION SUPERIOR

 

60,000,000

60,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,825,916,608

1,891,936,000

5,717,852,608

SECCION: 2235 

NSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION RURAL DE PAMPLONA - ISER 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,150,818,934

839,814,308

2,990,633,242

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,150,818,934

839,814,308

2,990,633,242

SECCION: 2236 

INSTITUTO DE EDUCACION TECNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,359,078,831

515,905,237

1,874,984,068

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,359,078,831

515,905,237

1,874,984,068

SECCION: 2237 

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE CIENAGA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,369,684,452

242,480,487

1,612,164,939

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,369,684,452

242,480,487

1,612,164,939

SECCION: 2238 

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

650,090,378

213,875,461

863,965,839

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

650,090,378

213,875,461

863,965,839

SECCION: 2239 

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE SAN JUAN DEL CESAR 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,273,259,462

199,105,362

1,472,364,824

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,273,259,462

199,105,362

1,472,364,824

SECCION: 2240 

INSTITUTO TECNICO AGRICOLA - ITA - DE BUGA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,380,876,516

274,470,000

1,655,346,516

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,380,876,516

274,470,000

1,655,346,516

SECCION: 2241 

INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

3,302,158,256

564,002,111

3,866, 160,367

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,302,158,256

564,002,111

3,866,160,367

SECCION: 2242 

INSTITUTO TECNICO NACIONAL DE COMERCIO "SIMON RODRIGUEZ" DE CALI 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,710,883,579

410,748,867

2,121,632,446

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,710,883,579

410,748,867

2,121,632,446

SECCION: 2243 

COLEGIO INTEGRADO NACIONAL "ORIENTE DE CALDAS" 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,054,225,754

165,058,198

1,219,283,952

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,054,225,754

165,058,198

1,219,283,952

SECCION: 2244 

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE LA DEMOCRACIA "LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO" 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,031,109,147

12,592,000

1,043,701,147

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,031,109,147

12,592,000

1,043,701,147

SECCION: 2245 

BIBLIOTECA PUBLICA PILOTO DE MEDELLIN PARA AMERICA LATINA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

947,872,952

126,907,115

1,074,780,067

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

71,060,000

130,000,000

201,060,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

71,060,000

130,000,000

201,060,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

25,000,000

87,556,000

112,556,000

 

709

ARTE Y CULTURA

46,060,000

42,444,000

88,504,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,018,932,952

256,907,115

1,275,840,067

SECCION: 2252 

INSTITUTO TECNOLOGICO DEL PUTUMAYO 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,095,999,685

242,768,676

1,338,768,361

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,095,999,685

242,768,676

1,338,768,361

SECCION: 2254 

INSTITUTO TECNOLOGICO DE SOLEDAD - ATLANTICO ITSA 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,225,616,329

1,053,792,146

2,279,408,475

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,225,616,329

1,053,792,146

2,279,408,475

SECCION: 2255 

CENTRO DE EDUCACION EN ADMINISTRACION DE SALUD - CEADS 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,911,957,554

338,995,766

2,250,953,320

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,911,957,554

338,995,766

2,250,953,320

SECCION: 2301 

MINISTERIO DE COMUNICACIONES 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

17,250,800,000

 

17,250,800,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,022,000,000

 

1,022,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

152,000,000

 

152,000,000

 

400

INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES

152,000,000

 

152,0 00,000

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

870,000,000

 

870,000,000

 

400

INTERSUBSECTORIA COMUNICACIONES

870,000,000

 

870,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

18,272,800,000

 

18,272,800,000

SECCION: 2306 

FONDO DE COMUNICACIONES 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

4,107,700,000

4,107,700,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

111,985,890,000

111,985,890,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

80,877,260,000

80,877,260,000

 

 

400

INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES

 

80,877,260,000

80,877,260,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

15,100,920,000

15,100,920,000

 

 

400

INTERSUBSECTORIA COMUNICACIONES

 

15,100,920,000

15,100,920,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

1,481,730,000

1,481,730,000

 

 

400

INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES

 

1,481,730,000

1,481,730,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

382,080,000

382,080,000

 

 

400

INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES

 

382,080,000

382,080,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

14,143,900,000

14,143,900,000

 

 

401

CORREO

 

6,143,900,000

6,143,900,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

8,000,000,000

8,000,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

116,093,590,000

116,093,590,000

 

SECCION: 2307 

COMISION NACIONAL DE TELEVISION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

86,886,822,000

86,886,822,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

86,886,822,000

86,886,822,000

 

 

 

SECCION: 2401

 

 

 

 

 

 

MINISTERIO DE TRANSPORTE

 

 

 

 

 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

121,035,700,000

121,035,700,000

 

 

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

4,269,000,000

4,269,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

200,000,000

200,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

200,000,000

200,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

100,000,000

100,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

100,000,000

100,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

325,000,000

325,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

325,000,000

325,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

150,000,000

150,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

150,000,000

150,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

150,000,000

150,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

150,000,000

150,000,000

 

630

 

TRANSFERENCIAS

 

3,344,000,000

3,344,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

3,344,000,000

3,344,000,000

 

TOTA L PRESUPUESTO SECCION 

 

125,304,700,000

125,304,700,000

 

SECCION: 2402 

INSTITUTO NACIONAL DE VIAS 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

36,910,600,000

7,779,800,000

44,690,400,000

 

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

399,549,100,000

 

399,549,100,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

331,832,232,640

366,135,250,000

697,967,482,640

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

78,690,980,000

14,674,960,000

93,365,940,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

26,134,410,000

4,539,160,000

30,673,570,000

 

 

601

RED TRONCAL NACIONAL

51,556,570,000

1,000,000,000

52,556,570,000

 

 

602

RED SECUNDARIA

 

3,000,000,000

3,000,000,000

 

 

606

TRANSPORTE FLUVIAL

1,000,000,000

6,135,800,000

7,135,800,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

 

601

RED TRONCAL NACIONAL

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

247,693,252,640

300,128,810,000

547,822,062,640

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

136,646,892,640

59,809,000,000

196,455,892,640

 

 

601

RED TRONCAL NACIONAL

105,254,870,000

190,247,610,000

295,502,480,000

 

 

602

RED SECUNDARIA

 

50,072,200,000

50,072,200,000

 

 

606

TRANSPORTE FLUVIAL

791,490,000

 

791,490,000

 

 

607

TRANSPORTE MARITIMO

5,000,000,000

 

5,000,000,000

 

121

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

150,000,000

500,000,000

650,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

150,000,000

500,000,000

650,000,000

 

122

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

 

800,000,000

800,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

800,000,000

800,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

200,000,000

17,535,260,000

17,735,260,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

200,000,000

17,535,260,000

17,735,260,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

4,229,930,000

4,229,930,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

 

4,229,930,000

4,229,930,000

 

420

 

ESTUDIOS DE PREINVERSION

1,099,000,000

500,000,000

1,599,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

1,099,000,000

500,000,000

1,599,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

300,000,000

300,000,000

 

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

 

300,000,000

300,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

1,999,000,000

27,466,290,000

29,465,290,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

1,999,000,000

27,466,290,000

29,465,290,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

768,291,932,640

373,915,050,000

1,142,206,982,640

 

SECCION: 2403 

FONDO NACIONAL DE CAMINOS VECINALES EN LIQUIDACION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

9,056,300,000

310,200,000

9,366,500,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

9,056,300,000

310,200,000

9,366,500,000

 

SECCION: 2412 

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA AERONAUTICA CIVIL 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

157,514,200,000

157,514,200,000

 

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

 

3,754,300,000

3,754,300,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

3,080,000,000

130,087,000,000

133,167,000,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,830,000,000

13,547,000,000

15,377,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

1,830,000,000

13,547,000,000

15,377,000,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

1,500,000,000

1,500,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

1,500,000,000

1,500,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,250,000,000

39,717,000,000

40,967,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

1,250,000,000

39,717,000,000

40,967,000,000

 

121

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

 

674,000,000

674,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

674,000,000

674,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

 

500,000,000

500,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

500,000,000

500,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

47,711,000,000

47,711,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

47,711,000,000

47,711,000,000

 

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

21,158,000,000

21,158,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

21,158,000,000

21,158,000,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

 

1,000,000,000

1,000,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

1,000,000,000

1,000,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

 

1,100,000,000

1,100,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

1,100,000,000

1,100,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

3,180,000,000

3,180,000,000

 

 

608

TRANSPORTE AEREO

 

3,180,000,000

3,180,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,080,000,000

291,355,500,000

294,435,500,000

 

SECCION: 2413 

INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES – INCO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

7,000,000,000

7,000,000,000

 

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

2,584,600,000

 

2,584,600,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

94,700,000,000

 

94,700,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

94,700,000,000

 

94,700,000,000

 

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

7,500,000,000

 

7,500,000,000

 

 

605

TRANSPORTE FERREO

87,200,000,000

 

87,200,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

97,284,600,000

7,000,000,000

104,284,600,000

 

SECCION: 2501 

MINISTERIO PUBLICO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

167,738,570,540

 

167,738,570,540

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

11,832,730,001

 

11,832,730,001

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

807,600,000

 

807,600,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

807,600,000

 

807,600,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

729,958,560

 

729,958,560

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

729,958,560

 

729,958,560

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

5,650,650,832

 

5,650,650,832

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

5,650,650,832

 

5,650,650,832

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

4,644,520,609

 

4,644,520,609

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

4,644,520,609

 

4,644,520,609

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

179,571,300,541

 

179,571,300,541

 

SECCION: 2502 

DEFENSORIA DEL PUEBLO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

43,214,515,147

 

43,214,515,147

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

690,420,000

 

690,420,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

690,420,000

 

690,420,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

690,420,000

 

690,420,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

43,904,935,147

 

43,904,935,147

 

SECCION: 2601 

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

138,845,273,749

 

138,845,273,749

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

6,500,000,000

 

6,500,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

6,350,000,000

 

6,350,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBI ERNO

6,350,000,000

 

6,350,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

100,000,000

 

100,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

100,000,000

 

100,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

50,000,000

 

50,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

145,345,273,749

 

145,345,273,749

 

SECCION: 2602 

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

14,395,152,519

10,848,547,299

25,243,699,818

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

14,395,152,519

10,848,547,299

25,243,699,818

 

SECCION: 2701 

RAMA JUDICIAL 

 

A. RESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

753,838,160,000

 

753,838,160,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

42,086,840,000

 

42,086,840,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

8,600,000,000

 

8,600,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

8,600,000,000

 

8,600,000,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

2,984,990,000

 

2,984,990,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2,984,990,000

 

2,984,990,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

16,037,000,000

 

16,037,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

16,037,000,000

 

16,037,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

4,823,250,000

 

4,823,250,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

4,823,250,000

 

4,823,250,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

8,541,600,000

 

8,541,600,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

8,541,600,000

 

8,541,600,000

 

420

 

ESTUDIOS DE PREINVERSION

100,000,000

 

100,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

100,000,000

 

100,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

795,925,000,000

 

795,925,000,000

 

SECCION: 2801 

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL 

 

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

106,805,253,911

 

106,805,253,911

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

222

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

116,805,253,911

 

116,805,253,911

 

SECCION: 2802 

FONDO ROTATORIO DE LA REGISTRADURIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

10,172,503,100

 

10,172,503,100

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,031,948,987

 

1,031,948,987

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

1,031,948,987

 

1,031,948,987

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,031,948,987

 

1,031,948,987

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

11,204,452,087

 

11,204,452,087

 

SECCION: 2803 

FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,089,876,292

980,577,150

3,070,453,442

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,089,876,292

980,577,150

3,070,453,442

 

SECCION: 2901 

FISCALIA GENERAL DE LA NACION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

619,816,557,700

 

619,816,557,700

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

27,889,670,000

 

27,889,670,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

13,989,670,000

 

13,989,670,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

13,989,670,000

 

13,989,670,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

6,000,000,000

 

6,000,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

6,000,000,000

 

6,000,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

222

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,400,000,000

 

1,400,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1,400,000,000

 

1,400,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

200,000,000

 

200,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

200,000,000

 

200,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

3,800,000,000

 

3,800,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

3,800,000,000

 

3,800,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

647,706,227,700

 

647,706,227,700

 

SECCION: 2902 

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

44,011,323,571

221,197,600

44,232,521,171

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

4,907,600,000

 

4,907,600,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,894,000,000

 

1,894,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1,894,000,000

 

1,894,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

300,000,000

 

300,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

300,000,000

 

300,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

731,000,000

 

731,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

731,000,000

 

731,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

152,600,000

 

152,600,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

152,600,000

 

152,600,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

830,000,000

 

830,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

830,000,000

 

830,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

48,918,923,571

221,197,600

49,140,121,171

 

SECCION: 3201 

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

52,059,993,715

 

52,059,993,715

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

165,633,500,478

 

165,633,500,478

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

124,375,700,000

 

124,375,700,000

 

 

1200

INTERSUBSECTORIAL SANEAMIENTO BASICO

110,375,700,000

 

110,375,700,000

 

 

1201

ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

14,000,000,000

 

14,000,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

5,820,000,000

 

5,820,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

720,000,000

 

720,000,000

 

 

1200

INTERSUBSECTORIAL SANEAMIENTO BASICO

5,100,000,000

 

5,100,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

2,100,000,000

 

2,100,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

1,100,000,000

 

1,100,000,000

 

 

1001

ATENCION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES

50,000,000

 

50,000,000

 

 

1200

INTERSUBSECTORIAL SANEAMIENTO BASICO

950,000,000

 

950,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

3,330,000,000

 

3,330,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

1,660,000,000

 

1,660,000,000

 

 

901

CONSERVACION

1,190,000,000

 

1,190,000,000

 

 

902

MANEJO

240,000,000

 

240,000,000

 

 

1101

PRODUCCION Y APROVECHAMIENTO AGRICOLA

240,000,000

 

240,000,000

 

420

 

ESTUDIOS DE PREINVERSION

485,000,000

 

485,000,000

 

 

205

COMERCIO EXTERNO

193,000,000

 

193,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

292,000,000

 

292,000,000

 

440

 

ACTUALIZACION DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

450,000,000

 

450,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

450,000,000

 

450,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

3,340,000,000

 

3,340,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

250,000,000

 

250,000,000

 

 

902

MANEJO

200,000,000

 

200,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

700,000,000

 

700,000,000

 

 

1200

INTERSUBSECTORIAL SANEAMIENTO BASICO

2,190,000,000

 

2,190,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

11,882,800,478

 

11,882,800,478

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

5,298,000,000

 

5,298,000,000

 

 

1201

ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

2,525,000,000

 

2,525,000,000

 

 

1400

INTERSUBSECTORIAL VIVIENDA

1,158,000,000

 

1,158,000,000

 

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

2,901,800,478

 

2,901,800,478

 

610

 

CREDITOS

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

1,500,000,000

 

1,500,000,000

 

630

 

TRANSFERENCIAS

12,000,000,000

 

12,000,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

12,000,000,000

 

12,000,000,000

 

640

 

INVERSIONES Y APORTES FINANCIEROS

350,000,000

 

350,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

350,000,000

 

350,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

217,693,494,193

 

217,693,494,193

 

SECCION: 3202 

INSTITUTO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGIA Y ESTUDIOS AMBIENTALES- IDEAM 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

21,057,246,156

 

21,057,246,156

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,650,000,000

4,702,000,000

6,352,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

2,702,000,000

2,702,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

 

2,702,000,000

2,702,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

500,000,000

500,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

 

500,000,000

500,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

950,000,000

1,000,000,000

1,950,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

950,000,000

1,000,000,000

1,950,000,000

 

440

 

ACTUALIZACION DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

700,000,000

500,000,000

1,200,000,000

 

 

900

NTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

700,000,000

500,000,000

1,200,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

22,707,246,156

4,702,000,000

27,409,246,156

 

SECCION: 3204 

FONDO NACIONAL AMBIENTAL 

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

6,800,000,000

6,800,000,000

13,600,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

6,800,000,000

 

6,800,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

6,800,000,000

 

6,800,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

6,800,000,000

6,800,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

 

5,800,000,000

5,800,000,000

 

 

902

MANEJO

 

1,000,000,000

1,000,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

6,800,000,000

6,800,000,000

13,600,000,000

 

SECCION: 3208 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINU Y SAN JORGE (CVS) 

 

 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

107,756,881

 

107,756,881

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

107,756,881

 

107,756,881

 

SECCION: 3209 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL QUINDIO (CRQ) 

 

 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,586,674,939

 

2,586,674,939

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,586,674,939

 

2,586,674,939

 

SECCION: 3210 

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL URABA CORPOURABA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,873,684,831

 

1,873,684,831

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

150,000,000

 

150,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

150,000,000

 

150,000,000

 

 

901

CONSERVACION

50,000,000

 

50,000,000

 

 

902

MANEJO

70,000,000

 

70,000,000

 

 

1202

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS SOLIDOS Y LIQUIDOS

30,000,000

 

30,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,023,684,831

 

2,023,684,831

 

SECCION: 3211 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE CALDAS (CORPOCALDAS) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,702,879,980

 

1,702,879,980

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,702,879,980

 

1,702,879,980

 

SECCION: 3212 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL CHOCO - CODECHOCO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

907,790,900

 

907,790,900

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

200,000,000

 

200,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

100,000,000

 

100,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

100,000,000

 

100,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,107,790,900

 

1,107,790,900

 

SECCION: 3214 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL TOLIMA (CORTOLIMA) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

991,220,855

 

991,220,855

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

991,220,855

 

991,220,855

 

SECCION: 3215 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE RISARALDA (CARDER) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,241,862,444

 

1,241,862,444

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,241,862,444

 

1,241,862,444

 

SECCION: 3216 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE NARIÑO (CORPONARIÑO) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

926,265,165

 

926,265,165

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

926,265,165

 

926,265,165

 

SECCION: 3217 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL (CORPONOR) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,424,678,837

 

1,424,678,837

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,424,678,837

 

1,424,678,837

 

SECCION: 3219 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CESAR (CORPOCESAR) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,487,654,790

 

1,487,654,790

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

150,000,000

 

150,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

100,000,000

 

100,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

100,000,000

 

100,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,637,654,790

 

1,637,654,790

 

SECCION: 3221 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CAUCA (CRC) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,664,136,299

 

2,664,136,299

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,664,136,299

 

2,664,136,299

 

SECCION: 3222 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL MAGDALENA (CORPAMAG) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,783,199,151

 

1,783,199,151

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,783,199,151

 

1,783,199,151

 

SECCION: 3223 

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUR DE LA AMAZONIA - CORPOAMAZONIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,286,760,837

 

1,286,760,837

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

150,000,000

 

150,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

902

MANEJO

50,000,000

 

50,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,436,760,837

 

1,436,760,837

 

SECCION: 3224 

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL NORTE Y ORIENTE DE LA AMAZONIA - CDA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,253,000,034

 

1,253,000,034

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

200,000,000

 

200,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

100,000,000

 

100,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

100,000,000

 

100,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,453,000,034

 

1,453,000,034

 

SECCION: 3226 

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA - CORALINA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,213,510,944

 

1,213,510,944

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

200,000,000

 

200,000,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

30,000,000

 

30,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

30,000,000

 

30,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

80,000,000

 

80,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

80,000,000

 

80,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

90,000,000

 

90,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

40,000,000

 

40,000,000

 

 

903

MITIGACION

50,000,000

 

50,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,413,510,944

 

1,413,510,944

 

SECCION: 3227 

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL AREA DE MANEJO ESPECIAL LA MACARENA CORMACARENA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,206,727,153

 

1,206,727,153

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

200,000,000

 

200,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

60,000,000

 

60,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

60,000,000

 

60,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

140,000,000

 

140,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

140,000,000

 

140,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,406,727,153

 

1,406,727,153

 

SECCION: 3228 

CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA MOJANA Y EL SAN JORGE - CORPOMOJANA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,180,452,381

 

1,180,452,381

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

250,000,000

 

250,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

90,000,000

 

90,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

90,000,000

 

90,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

160,000,000

 

160,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

130,000,000

 

130,000,000

 

 

902

MANEJO

30,000,000

 

30,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,430,452,381

 

1,430,452,381

 

SECCION: 3229 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA ORINOQUIA (CORPORINOQUIA) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,045,425,716

 

1,045,425,716

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,045,425,716

 

1,045,425,716

 

SECCION: 3230 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE SUCRE (CARSUCRE) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,143,116,267

 

1,143,116,267

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

150,000,000

 

150,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

100,000,000

 

100,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

100,000,000

 

100,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,293,116,267

 

1,293,116,267

 

SECCION: 3231 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ALTO MAGDALENA (CAM) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,127,437,020

 

1,127,437,020

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,127,437,020

 

1,127,437,020

 

SECCION: 3232 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA (CORANTIOQUIA) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,237,767,913

 

1,237,767,913

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,237,767,913

 

1,237,767,913

 

SECCION: 3233 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO (CRA) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

984,183,802

 

984,183,802

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

984,183,802

 

984,183,802

 

SECCION: 3234 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE SANTANDER (CAS) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,094,269,503

 

1,094,269,503

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,094,269,503

 

1,094,269,503

 

SECCION: 3235 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE BOYACA (CORPOBOYACA) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,060,865,324

 

1,060,865,324

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,060,865,324

 

1,060,865,324

 

SECCION: 3236 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE CHIVOR (CORPOCHIVOR) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

998,184,955

 

998,184,955

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

998,184,955

 

998,184,955

 

SECCION: 3238 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CANAL DEL DIQUE (CARDIQUE) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,137,760,855

 

1,137,760,855

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,137,760,855

 

1,137,760,855

 

SECCION: 3239 

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL SUR DE BOLIVAR (CSB) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,071,633,449

 

1,071,633,449

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

250,000,000

 

250,000,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

80,000,000

 

80,000,000

 

 

1202

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS SOLIDOS Y LIQUIDOS

80,000,000

 

80,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

50,000,000

 

50,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

70,000,000

 

70,000,000

 

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

70,000,000

 

70,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,321,633,449

 

1,321,633,449

 

SECCION: 3240 

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA- INURBE- EN LIQUIDACION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

8,061,142,421

15,333,600,000

23,394,742,421

 

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

 

1,500,000

1,500,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

8,061,142,421

15,335,100,000

23,396,242,421

 

SECCION: 3241 

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA 

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

122,496,626,200

10,000,000,000

132,496,626,200

 

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

122,496,626,200

10,000,000,000

132,496,626,200

 

 

1402

SOLUCIONES DE VIVIENDA URBANA

122,496,626,200

10,000,000,000

132,496,626,200

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

122,496,626,200

10,000,000,000

132,496,626,200

 

SECCION: 3301 

MINISTERIO DE CULTURA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

49,101,642,374

 

49,101,642,374

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

23,535,000,000

 

23,535,000,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

3,635,000,000

 

3,635,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

3,635,000,000

 

3,635,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

5,462,150,000

 

5,462,150,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

5,462,150,000

 

5,462,150,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

3,630,000,000

 

3,630,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

3,630,000,000

 

3,630,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

2,600,000,000

 

2,600,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

2,600,000,000

 

2,600,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

100,000,000

 

100,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

100,000,000

 

100,000,000

 

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

1,200,000,000

 

1,200,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

1,200,000,000

 

1,200,000,000

 

650

 

CAPITALIZACION

5,907,850,000

 

5,907,850,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

5,907,850,000

 

5,907,850,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

72,636,642,374

 

72,636,642,374

 

SECCION: 3304 

ARCHIVO GENERAL DE LA NACION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,725,602,343

253,584,093

2,979,186,436

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

418,004,000

461,570,000

879,574,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

70,224,000

 

70,224,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

70,224,000

 

70,224,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

25,180,000

27,800,000

52,980,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

25,180,000

27,800,000

52,980,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

125,430,000

138,520,000

263,950,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

125,430,000

138,520,000

263,950,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

134,980,000

191,120,000

326,100,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

134,980,000

191,120,000

326,100,000

 

440

 

ACTUALIZACION DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

22,670,000

60,490,000

83,160,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

22,670,000

60,490,000

83,160,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

39,520,000

43,640,000

83,160,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

39,520,000

43,640,000

83,160,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,143,606,343

715,154,093

3,858,760,436

 

SECCION: 3305 

INSTITUTO COLOMBIANO DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,687,750,576

94,647,906

2,782,398,482

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

522,500,000

 

522,500,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

150,000,000

 

150,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

150,000,000

 

150,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

82,000,000

 

82,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

82,000,000

 

82,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

90,000,000

 

90,000,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

90,000,000

 

90,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

200,500,000

 

200,500,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

200,500,000

 

200,500,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,210,250,576

94,647,906

3,304,898,482

 

SECCION: 3306 

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE - COLDEPORTES 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

6,577,895,187

1,511,865,831

8,089,761,018

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

58,974,000,000

7,737,339,956

66,711,339,956

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

43,271,000,000

1,849,650,000

45,120,650,000

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

43,271,000,000

1,849,650,000

45,120,650,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

214,000,000

 

214,000,000

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

214,000,000

 

214,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

200,000,000

616,500,000

816,500,000

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

200,000,000

616,500,000

816,500,000

 

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

300,000,000

177,755,000

477,755,000

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

300,000,000

177,755,000

477,755,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

100,000,000

 

100,000,000

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

100,000,000

 

100,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

14,839,000,000

5,093,434,956

19,932,434,956

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

14,839,000,000

5,093,434,956

19,932,434,956

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

708

RECREACION, EDUCACION FISICA Y DEPORTE

50,000,000

 

50,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

65,551,895,187

9,249,205,787

74,801,100,974

 

SECCION: 3307 

INSTITUTO CARO Y CUERVO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

2,503,627,388

62,500,000

2,566,127,388

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

836,000,000

 

836,000,000

 

122

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

156,750,000

 

156,750,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

156,750,000

 

156,750,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

240,350,000

 

240,350,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

240,350,000

 

240,350,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

438,900,000

 

438,900,000

 

 

709

ARTE Y CULTURA

438,900,000

 

438,900,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

3,339,627,388

62,500,000

3,402,127,388

 

SECCION: 3401 

AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

9,308,520,763

 

9,308,520,763

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

900,000,000

 

900,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

421,377,345

 

421,377,345

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

421,377,345

 

421,377,345

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

100,000,000

 

100,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

100,000,000

 

100,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

63,665,065

 

63,665,065

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

63,665,065

 

63,665,065

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

314,957,590

 

314,957,590

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

314,957,590

 

314,957,590

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

10,208,520,763

 

10,208,520,763

 

SECCION: 3501 

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

108,386,343,000

 

108,386,343,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

22,586,950,000

 

22,586,950,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,883,000,000

 

1,883,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

710,000,000

 

710,000,000

 

 

201

MICROEMPRESA E INDUSTRIA ARTESANAL

1,173,000,000

 

1,173,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

859,950,000

 

859,950,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

859,950,000

 

859,950,000

 

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

545,000,000

 

545,000,000

 

 

205

COMERCIO EXTERNO

545,000,000

 

545,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, ADMINISTRATIVOS

430,000,000

 

430,000,000

 

 

205

COMERCIO EXTERNO

400,000,000

 

400,000,000

 

 

400

INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES

30,000,000

 

30,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

2,298,000,000

 

2,298,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

300,000,000

 

300,000,000

 

 

202

PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA

248,000,000

 

248,000,000

 

 

204

COMERCIO INTERNO

50,000,000

 

50,000,000

 

 

205

COMERCIO EXTERNO

600,000,000

 

600,000,000

 

 

206

TURISMO

1,100,000,000

 

1,100,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

410,000,000

 

410,000,000

 

 

202

PEQUENA Y MEDIANA INDUSTRIA

110,000,000

 

110,000,000

 

 

204

COMERCIO INTERNO

200,000,000

 

200,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

100,000,000

 

100,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

2,150,000,000

 

2,150,000,000

 

 

205

COMERCIO EXTERNO

2,150,000,000

 

2,150,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

10,000,000

 

10,000,000

 

 

206

TURISMO

10,000,000

 

10,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

300,000,000

 

300,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

300,000,000

 

300,000,000

 

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

800,000,000

 

800,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

800,000,000

 

800,000,000

 

610

 

CREDITOS

12,901,000,000

 

12,901,000,000

 

 

200

INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO

12,901,000,000

 

12,901,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

130,973,293,000

 

130,973,293,000

 

SECCION: 3502 

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

39,999,700,000

39,999,700,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

4,842,000,000

4,842,000,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

3,937,000,000

3,937,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

3,937,000,000

3,937,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

149,000,000

149,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

149,000,000

149,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

756,000,000

756,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

756,000,000

756,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

44,841,700,000

44,841,700,000

 

SECCION: 3601 

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

8,219,990,716,192

 

8,219,990,716,192

 

 

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,406,941,650,427

 

1,406,941,650,427

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,000,000,000

 

1,000,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

4,160,000,000

 

4,160,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

4,160,000,000

 

4,160,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

800,000,000

 

800,000,000

 

 

1302

BIENESTAR SOCIAL A TRABAJADORES

800,000,000

 

800,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

8,624,600,000

 

8,624,600,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

7,725,000,000

 

7,725,000,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

899,600,000

 

899,600,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

107,764,500,000

 

107,764,500,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

6,136,000,000

 

6,136,000,000

 

 

301

PREVENCION EN SALUD

101,628,500,000

 

101,628,500,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

10,727,900,000

 

10,727,900,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

7,119,400,000

 

7,119,400,000

 

 

303

SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE SALUD

2,258,500,000

 

2,258,500,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

1,350,000,000

 

1,350,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

2,500,000,000

 

2,500,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,800,000,000

 

1,800,000,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

700,000,000

 

700,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

12,502,880,000

 

12,502,880,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

12,302,880,000

 

12,302,880,000

 

 

303

SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE SALUD

200,000,000

 

200,000,000

 

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

300,000,000

 

300,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

300,000,000

 

300,000,000

 

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

201,734,520,000

 

201,734,520,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

121,852,220,000

 

121,852,220,000

 

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

79,882,300,000

 

79,882,300,000

 

630

 

TRANSFERENCIAS

1,055,827,250,427

 

1,055,827,250,427

 

 

304

SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD

1,035,432,590,427

 

1,035,432,590,427

 

 

1302

BIENESTAR SOCIAL A TRABAJADORES

20,394,660,000

 

20,394,660,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

9,626,932,366,619

 

9,626,932,366,619

 

SECCION: 3602 

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

61,519,253,000

61,519,253,000

 

B. PRESUPUESTO DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

 

258,800,000

258,800,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

645,248,830,000

645,248,830,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

2,000,000,000

2,000,000,000

 

 

704

CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL

 

2,000,000,000

2,000,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

3,000,000,000

3,000,000,000

 

 

704

CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL

 

3,000,000,000

3,000,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

427,166,401,000

427,166,401,000

 

 

704

CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL

 

415,070,269,000

415,070,269,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

12,096,132,000

12,096,132,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

 

66,992,202,000

66,992,202,000

 

 

1302

BIENESTAR SOCIAL A TRABAJADORES

 

66,992,202,000

66,992,202,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

86,965,427,000

86,965,427,000

 

 

704

CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL

 

86,965,427,000

86,965,427,000

 

610

 

CREDITOS

 

26,624,800,000

26,624,800,000

 

 

1302

BIENESTAR SOCIAL A TRABAJADORES

 

26,624,800,000

26,624,800,000

 

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

 

32,500,000,000

32,500,000,000

 

 

1300

INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

32,500,000,000

32,500,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

707,026,883,000

707,026,883,000

 

SECCION: 3603 

FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

176,730,289,000

14,818,490,500

191,548,779,500

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

176,730,289,000

14,818,490,500

191,548,779,500

 

SECCION: 3604 

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA EN LIQUIDACION 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

11,968,652,000

11,968,652,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

9,392,510,000

9,392,510,000

 

640

 

INVERSIONES Y APORTES FINANCIEROS

 

9,392,510,000

9,392,510,000

 

 

1302

BIENESTAR SOCIAL A TRABAJADORES

 

9,392,510,000

9,392,510,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

21,361,162,000

21,361,162,000

 

SECCION: 3605 

FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

251,857,128,000

35,121,139,000

286,978,267,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

251,857,128,000

35,121,139,000

286,978,267,000

 

SECCION: 3606 

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD (INS) 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

8,168,200,000

739,300,000

8,907,500,000

 

C. RESUPUESTO DE INVERSION

4,657,260,000

906,880,000

5,564,140,000

 

212

 

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

872,000,000

380,000,000

1,252,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

872,000,000

380,000,000

1,252,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

280,000,000

80,000,000

360,000,000

 

 

406

SERVICIOS DE VALOR AGREGADO EN COMUNICACIONES

280,000,000

80,000,000

360,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

1,542,000,000

263,000,000

1,805,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,542,000,000

263,000,000

1,805,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

1,833,000,000

167,000,000

2,000,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

1,833,000,000

167,000,000

2,000,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

130,260,000

16,880,000

147,140,000

 

 

304

SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD

130,260,000

16,880,000

147,140,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

12,825,460,000

1,646,180,000

14,471,640,000

 

SECCION: 3607 

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) 

 

A. PRESUPUEST O DE FUNCIONAMIENTO

 

132,204,980,000

132,204,980,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

18,201,000,000

1,032,768,643,000

1,050,969,643,000

 

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

8,807,000,000

 

8,807,000,000

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

8,807,000,000

 

8,807,000,000

 

123

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

 

13,000,000,000

13,000,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

13,000,000,000

13,000,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 

6,700,000,000

6,700,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

6,700,000,000

6,700,000,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

13,000,000,000

13,000,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

13,000,000,000

13,000,000,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

9,394,000,000

996,986,643,000

1,006,380,643,000

 

 

1501

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD

9,394,000,000

996,986,643,000

1,006,380,643,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

1,500,000,000

1,500,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

1,500,000,000

1,500,000,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

1,582,000,000

1,582,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

1,582,000,000

1,582,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

18,201,000,000

1,164,973,623,000

1,183,174,623,000

 

SECCION: 3608 

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

9,102,600,000

9,102,600,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,881,000,000

500,000,000

2,381,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

850,000,000

 

850,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

850,000,000

 

850,000,000

 

440

 

ACTUALIZACION DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

350,000,000

 

350,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

350,000,000

 

350,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

381,000,000

500,000,000

881,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

381,000,000

500,000,000

881,000,000

 

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

300,000,000

 

300,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

300,000,000

 

300,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,881,000,000

9,602,600,000

11,483,600,000

 

SECCION: 3609 

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

4,420,000,000

4,420,000,000

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

9,572,198,000

9,572,198,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

1,206,000,000

1,206,000,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

1,206,000,000

1,206,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

 

2,357,479,000

2,357,479,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

2,357,479,000

2,357,479,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

 

511,013,000

511,013,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

511,013,000

511,013,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

 

272,298,000

272,298,000

 

 

300

INTERSUBSECTORIAL SALUD

 

272,298,000

272,298,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

 

941,245,000

941,245,000

 

 

301

PREVENCION EN SALUD

 

941,245,000

941,245,000

 

510

 

ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

4,284,163,000

4,284,163,000

 

 

301

PREVENCION EN SALUD

 

4,284,163,000

4,284,163,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

13,992,198,000

13,992,198,000

 

SECCION: 3701 

MINISTERIO DEL INTERIOR Y LA JUSTICIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

109,935,092,094

 

109,935,092,094

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

20,872,900,000

 

20,872,900,000

 

112

 

ADQUISICION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

500,000,000

 

500,000,000

 

 

1107

TENENCIA DE LA TIERRA

500,000,000

 

500,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

 

802

SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

2,278,080,000

 

2,278,080,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,495,630,000

 

1,495,630,000

 

 

1001

ATENCION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES

782,450,000

 

782,450,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

103,770,000

 

103,770,000

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

103,770,000

 

103,770,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

100,000,000

 

100,000,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

100,000,000

 

100,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

7,891,050,000

 

7,891,050,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

1,518,150,000

 

1,518,150,000

 

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

6,372,900,000

 

6,372,900,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

130,807,992,094

 

130,807,992,094

 

SECCION: 3702 

 

FONDO PARA LA PARTICIPACION Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,169,146,633

 

1,169,146,633

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,169,146,633

 

1,169,146,633

 

SECCION: 3703 

 

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,304,731,647

 

1,304,731,647

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,304,731,647

 

1,304,731,647

 

SECCION: 3704 

 

CORPORACION NACIONAL PARA LA RECONSTRUCCION DE LA CUENCA DEL RIO PAEZ Y ZONAS ALEDANAS NASA KI WE 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

1,348,535,975

 

1,348,535,975

 

C. RESUPUESTO DE INVERSION

7,000,000,000

 

7,000,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

7,000,000,000

 

7,000,000,000

 

 

1500

INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO COMUNITARIO

7,000,000,000

 

7,000,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

8,348,535,975

 

8,348,535,975

 

SECCION: 3705 

 

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

 

100,457,075,385

100,457,075,385

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

 

103,000,000,000

103,000,000,000

 

113

 

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

 

609,000,000

609,000,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

 

609,000,000

609,000,000

 

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

 

22,750,000,000

22,750,000,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

 

22,750,000,000

22,750,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

 

2,641,000,000

2,641,000,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

 

2,641,000,000

2,641,000,000

 

630

 

TRANSFERENCIAS

 

77,000,000,000

77,000,000,000

 

 

803

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

 

77,000,000,000

77,000,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

 

203,457,075,385

203,457,075,385

 

SECCION: 3706 

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO - INPEC 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

400,762,551,430

539,900,000

401,302,451,430

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

3,742,650,000

 

3,742,650,000

 

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

776,000,000

 

776,000,000

 

 

802

SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO

776,000,000

 

776,000,000

 

221

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1,200,650,000

 

1,200,650,000

 

 

802

SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO

1,200,650,000

 

1,200,650,000

 

310

 

DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO

706,000,000

 

706,000,000

 

 

802

SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO

706,000,000

 

706,000,000

 

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

660,000,000

 

660,000,000

 

 

802

SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO

660,000,000

 

660,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

400,000,000

 

400,000,000

 

 

802

SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO

400,000,000

 

400,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

404,505,201,430

539,900,000

405,045,101,430

 

SECCION: 3707 

DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES 

 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

3,874,938,331

7,215,015,948

11,089,954,279

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

700,000,000

 

700,000,000

 

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

340,000,000

 

340,000,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

340,000,000

 

340,000,000

 

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

360,000,000

 

360,000,000

 

 

800

INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

360,000,000

 

360,000,000

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

4,574,938,331

7,215,015,948

11,789,954,279

 

TOTAL PRESUPUESTO NACIONAL 

70,182,447,353,391

6,465,154,868,459

76,647,602,221,850

 

 

ARTÍCULO 3º. El monto de los gastos que se financiarán con los recursos que se someten a consideración del Congreso de la República en virtud del proyecto de ley de financiamiento que se presentará al Congreso en los términos del artículo 347 de la Constitución Política, ascienden a la suma de un billón de pesos moneda legal ($1.000.000.000.000) con lo cual el presupuesto total de apropiaciones, se fija en un valor de setenta y siete billones seiscientos cuarenta y siete mil seiscientos dos millones doscientos veintiún mil ochocientos cincuenta pesos moneda legal ($77,647,602,221,850). 

 

CTA. PROG 

SUBC 

SUBP 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

NORMAL 

SECCION 0201 

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION 

105,325,000,000

 

105,325,000,000

320

 

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO

100,325,000,000

 

100,325,000,000

 

700

INTERSUBSECTORIAL EDUCACION

325,000,000

 

325,000,000

 

900

INTERSUBSECTORIAL MEDIO AMBIENTE

100,000,000,000

 

100,000,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

5,000,000,000

 

5,000,000,000

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

5,000,000,000

 

5,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

105,325,000,000

 

105,325,000,000

SECCION: 0301 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE PLANEACION 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

11,500,000,000

 

11,500,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

11,500,000,000

 

11,500,000,000

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

11,500,000,000

 

11,500,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

11,500,000,000

 

11,500,000,000

SECCION: 0401 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA (DANE) 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

2,000,000,000

 

2,000,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

2,000,000,000

 

2,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,000,000,000

 

2,000,000,000

SECCION: 0501 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

2,000,000,000

 

2,000,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

2,000,000,000

 

2,000,000,000

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

2,000,000,000

 

2,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

2,000,000,000

 

2,000,000,000

SECCION: 1301 

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

26,000,000,000

 

26,000,000,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

3,651,000,000

 

3,651,000,000

610

 

CREDITOS

3,651,000,000

 

3,651,000,000

 

304

SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD

3,651,000,000

 

3,651,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

29,651,000,000

 

29,651,000,000

SECCION: 1501 

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

191,800,000,000

 

191,800,000,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

23,148,000,000

 

23,148,000,000

211

 

ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR

23,148,000,000

 

23,148,000,000

 

100

INTERSUBSECTORIAL DEFENSA Y SEGURIDAD

23,148,000,000

 

23,148,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

214,948,000,000

 

214,948,000,000

SECCION: 1503 

CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

16,810,000,000

 

16,810,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

16,810,000,000

 

16,810,000,000

SECCION: 1601 

POLICIA NACIONAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

58,200,000,000

 

58,200,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

58,200,000,000

 

58,200,000,000

SECCION: 1701 

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

63,700,000,000

 

63,700,000,000

410

 

INVESTIGACION BASICA, APLICADA Y ESTUDIOS

10,000,000,000

 

10,000,000,000

 

1100

NTERSUBSECTORIA AGROPECUARIO

10,000,000,000

 

10,000,000,000

430

 

LEVANTAMIENTO DE INFORMACION PARA PROCESAMIENTO

700,000,000

 

700,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

700,000,000

 

700,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

25,000,000,000

 

25,000,000,000

 

1106

COMERCIALIZACION

25,000,000,000

 

25,000,000,000

610

 

CREDITOS

20,000,000,000

 

20,000,000,000

 

1100

INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO

20,000,000,000

 

20,000,000,000

630

 

TRANSFERENCIAS

8,000,000,000

 

8,000,000,000

 

902

MANEJO

8,000,000,000

 

8,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

63,700,000,000

 

63,700,000,000

SECCION: 2101 

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

175,000,000,000

 

175,000,000,000

620

 

SUBSIDIOS DIRECTOS

175,000,000,000

 

175,000,000,000

 

500

INTERSUBSECTORIAL ENERGIA

175,000,000,000

 

175,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

175,000,000,000

 

175,000,000,000

SECCION: 2402 

INSTITUTO NACIONAL DE VIAS 

 

 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

50,000,000,000

 

50,000,000,000

111

 

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR

50,000,000,000

 

50,000,000,000

 

601

RED TRONCAL NACIONAL

50,000,000,000

 

50,000,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

50,000,000,000

 

50,000,000,000

SECCION: 2413 

INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES - INCO 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

63,200,000,000

 

63,200,000,000

530

 

ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO

63,200,000,000

 

63,200,000,000

 

600

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE

63,200,000,000

 

63,200,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

63,200,000,000

 

63,200,000,000

SECCION: 3601 

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL 

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

170,055,000,000

 

170,055,000,000

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

36,294,000,000

 

36,294,000,000

630

 

TRANSFERENCIAS

36,294,000,000

 

36,294,000,000

 

304

SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD

36,294,000,000

 

36,294,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

206,349,000,000

 

206,349,000,000

SECCION: 3701 

MINISTERIO DEL INTERIOR Y LA JUSTICIA 

C. PRESUPUESTO DE INVERSION

1,317,000,000

 

1,317,000,000

520

 

ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

1,317,000,000

 

1,317,000,000

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

1,317,000,000

 

1,317,000,000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

1,317,000,000

 

1,317,000,000

TOTAL PRESUPUESTO NACIONAL 

1,000,000,000,000

 

1,000,000,000,000

 

ARTÍCULO 4º. Se entienden incorporados al presupuesto de rentas y recursos de capital, los ingresos provenientes del proyecto de ley de financiamiento a que se refiere el artículo 347 de la Constitución Política que presente el Ejecutivo por la suma de un billón de pesos moneda legal ($1.000.000.000.000), si el Congreso de la República la aprueba, con el objeto de equilibrar el presupuesto de Ingresos con el de Gastos. 

 

TERCERA PARTE

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTÍCULO 5º. Las disposiciones generales del presente decreto son complementarias de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995, Orgánicas del Presupuesto, y deben aplicarse en armonía con estas. 

 

CAPÍTULO I

 

DEL CAMPO DE APLICACIÓN

 

ARTÍCULO 6º. Las disposiciones generales rigen para los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación y para los recursos de la Nación asignados a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas. 

 

Los fondos sin personería jurídica deberán ser creados por ley o por su autorización expresa y estarán sujetos a las normas y procedimientos establecidos en la Constitución Política, el Estatuto Orgánico del Presupuesto, el presente decreto y las demás normas que reglamenten los órganos a los cuales pertenecen. 

 

CAPÍTULO II

 

DE LAS RENTAS Y RECURSOS

 

ARTÍCULO 7º. El Gobierno Nacional podrá emitir títulos de Tesorería, TES, Clase "B" con base en la facultad de la Ley 51 de 1990 de acuerdo con las siguientes reglas: no contarán con la garantía solidaria del Banco de la República; el estimativo de los ingresos producto de su colocación se incluirá en el Presupuesto General de la Nación como recursos de capital, con excepción de los provenientes de la colocación de títulos para operaciones temporales de tesorería; sus rendimientos se atenderán con cargo al Presupuesto General de la Nación; su redención se atenderá con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación, con excepción de las operaciones temporales de tesorería cuyo monto de emisión se fijará en el decreto que las autorice; podrán ser administr2ados directamente por la Nación; podrán ser denominados en moneda extranjera; su emisión solo requerirá el decreto que la autorice y fije sus condiciones financieras; su emisión no afectará el cupo de endeudamiento y estará limitada, para las destinadas a financiar las apropiaciones presupuestales por el monto de estas. 

 

ARTÍCULO 8º. La Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público informará a los diferentes órganos las fechas de perfeccionamiento y desembolso de los recursos del crédito interno y externo de la Nación. Los establecimientos públicos del orden nacional reportarán a la referida Dirección el monto y las fechas de los recursos de crédito externo e interno contratados directamente. 

 

ARTÍCULO 9º. Cuando exista apropiación presupuestal en el servicio de la deuda pública podrán efectuarse anticipos en el pago de los contratos de empréstito. Igualmente podrá atenderse con cargo a la vigencia en curso las del servicio de la deuda pública correspondiente al mes de enero de 2005. 

 

ARTÍCULO 10º. La representación legal y la ordenación del gasto del servicio de la deuda está a cargo del Ministro de Hacienda y Crédito Público o en quien este delegue, según las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto. 

 

ARTÍCULO 11. Los gastos que sean necesarios para la administración, consecución y servicio de las operaciones de crédito público, las asimiladas a ellas, las propias del manejo de la deuda, las operaciones conexas y las demás relacionadas con los recursos del Crédito serán atendidos con cargo a las apropiaciones del Servicio de la Deuda Pública. 

 

ARTÍCULO 12. Facúltase a la Dirección General del Tesoro Nacional para que con los excedentes de liquidez en moneda nacional y extranjera de los fondos que administre, realice las siguientes operaciones: compra y venta de títulos valores emitidos por la Nación, el Banco de la República, Fogafín, entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y otros gobiernos y tesorerías; compra de deuda de la Nación; compras con pacto de retroventa con entidades públicas y con entidades financieras sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, dentro de los cupos que autorice el Ministro de Hacienda y Crédito Público; depósitos remunerados e inversiones financieras en entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria; depósitos a término y compras de títulos emitidos por entidades bancarias y financieras del exterior; operaciones de cubrimiento de riesgos; y las demás que autorice el Gobierno Nacional; así mismo, préstamos transitorios a la Dirección General del Tesoro Nacional, reconociendo tasa de mercado durante el periodo de utilización, evento que no implica unidad de caja; y préstamos de títulos valores a la citada Dirección a tasas de mercado. 

 

PARÁGRAFO. Lo anterior aplica cuando, de acuerdo con las disposiciones legales, la Dirección General del Tesoro Nacional no pueda hacer unidad de caja con los recursos de los fondos que administre. 

 

ARTÍCULO 13. El Gobierno Nacional podrá realizar sin operación presupuestal alguna, sustituciones en su portafolio de inversiones con sus entidades descentralizadas, de conformidad con las normas legales vigentes. 

 

ARTÍCULO 14. Los ingresos corrientes de la Nación y aquellas contribuciones y recursos que en las normas legales no se haya autorizado su recaudo y manejo a otro órgano, deberán ser consignados en la Dirección General del Tesoro Nacional, por quienes estén encargados de su recaudo. 

 

Las Superintendencias que no sean una sección presupuestal deberán consignar mensualmente en la Dirección General del Tesoro Nacional, el valor total de las contribuciones establecidas en la ley. 

 

ARTÍCULO 15. El Ministro de Hacienda y Crédito Público fijará los criterios técnicos para el manejo de los excedentes de liquidez del Tesoro Nacional acorde con los objetivos monetarios, cambiarios y de tasa de interés a corto y largo plazo. 

 

ARTÍCULO 16. Los rendimientos financieros originados con recursos de la Nación, incluidos los negocios fiduciarios, deben ser consignados en la Dirección General del Tesoro Nacional en el mes siguiente de su recaudo. 

 

ARTÍCULO 17. Los establecimientos públicos podrán pagar con sus ingresos propios obligaciones financiadas con recursos de la Nación mientras la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público transfiere los dineros respectivos. 

 

Igual procedimiento será aplicable a los órganos del Presupuesto General de la Nación cuando administren fondos especiales y a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas sobre los re cursos de la Nación. 

 

Estas operaciones deberán contar con autorización previa de la Dirección General del Tesoro Nacional. 

 

CAPÍTULO III

 

DE LOS GASTOS

 

ARTÍCULO 18. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios. 

 

Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal, que sean afectadas con los compromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos, tales como, los costos imprevistos, ajustes y revisión de valores e intereses moratorios y gastos de nacionalización. 

 

ARTÍCULO 19. Prohíbese tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten el presupuesto de gastos cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos. El representante legal y el ordenador del gasto o en quienes estos hayan delegado, responderán disciplinaria, fiscal y penalmente por incumplir lo establecido en esta norma. 

 

ARTÍCULO 20. Para proveer empleos vacantes se requerirá el certificado de disponibilidad presupuestal por la vigencia fiscal de 2004. Por medio de este, el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces garantizará la existencia de los recursos del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004, por todo concepto de gastos de personal, salvo que el nombramiento sea en reemplazo de un cargo provisto o creado durante la vigencia, para lo cual se deberá expedir el certificado de disponibilidad presupuestal para lo que resta del año fiscal. 

 

Toda provisión de empleos de los servidores públicos deberá corresponder a los previstos en la planta de personal, incluyendo las vinculaciones de los trabajadores oficiales. 

 

Previo al reconocimiento de la Prima Técnica se expedirá el certificado de disponibilidad presupuestal. Por medio de este se deberá garantizar la existencia de recursos del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004. 

 

La vinculación de supernumerarios, por períodos superiores a tres meses, deberá ser autorizada mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. 

 

ARTÍCULO 21. La solicitud de modificación a las plantas de personal requerirá para su consideración y trámite, por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General del Presupuesto Público Nacional, los siguientes requisitos: 

 

Exposición de motivos. 

 

Costos comparativos de las plantas vigente y propuesta. 

 

Efectos sobre los gastos generales. 

 

Concepto del Departamento Nacional de Planeación si se afectan los gastos de Inversión. 

 

Y los demás que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional considere pertinentes. 

 

El Departamento Administrativo de la Función Pública aprobará las propuestas de modificaciones a las plantas de personal, cuando hayan obtenido la viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional. 

 

 ARTÍCULO 22. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar social no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniarios ocasionales que la ley no haya establecido para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios directos en dinero o en especie. 

 

Los programas de capacitación podrán comprender matrículas de los funcionarios, que se girarán directamente a los establecimientos educativos, salvo lo previsto por el artículo 114 de la Ley 30 de 1992. Su otorgamiento se hará en virtud de la reglamentación interna del órgano respectivo. 

 

ARTÍCULO 23. La Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público será la competente para expedir la resolución que regirá la constitución y funcionamiento de las cajas menores en los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y en las entidades nacionales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado con carácter no financiero, respecto de los recursos que le asigna la Nación. 

 

ARTÍCULO 24. La adquisición de los bienes que necesiten los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación para su funcionamiento y organización requieren un Plan de Compras. Este plan deberá aprobarse por cada órgano acorde con las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación y se modificará cuando las apropiaciones que la respaldan sean modificadas. 

 

Cuando los órganos de que trata el artículo 6º del presente decreto requieran adquirir vehículos, deberán obtener autorización previa de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional. Para ello se deberá incluir una justificación en que se detalle el inventario de vehículos y su programa de reposición. Exceptúense los vehículos de los Presidentes de la Ramas del Poder Público y los operativos de la Fuerza Pública y el Departamento Administrativo de Seguridad "DAS". 

 

ARTÍCULO 25. Se podrá hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos lo hará el representante legal de estos. 

 

Dichos actos administrativos requerirán para su validez la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional. 

 

Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención. 

 

A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución; en caso de requerirse se abrirán subordinales. 

 

El jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar a nivel del decreto de liquidación asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas asignaciones para su validez no requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional. 

 

ARTÍCULO 26. Los órganos de que trata el artículo 6º del presente decreto podrán pactar anticipos únicamente cuando cuenten con Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, aprobado. 

 

ARTÍCULO 27. El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación clasificará y definirá los ingresos y gastos. Así mismo, cuando las partidas se incorporen en numerales rentísticos, secciones, programas y subprogramas que no correspondan a su objeto o naturaleza, las ubicará en el sitio que corresponda. 

 

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto Público Nacional- hará mediante Resolución, las operaciones que en igual sentido se requieran durante el transcurso de la vigencia. 

 

Cuando se trate del presupuesto de gastos de inversión requerirá el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación. 

 

En el evento en que la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Regalías contenidos en la presente Ley del Presupuesto, no fueren concordantes con el texto constitucional vigente en el momento en que se expida el decreto de liquidación, estas partidas se ajustarán a las disposiciones constitucionales aplicables, y a las normas legales que las desarrollen, en especial a lo previsto en la Ley 141 de 1994 y en la Ley 756 de 2002, ajuste que se realizará en dicho decreto. 

 

ARTÍCULO 28. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto Público Nacional- de oficio o a petición del Jefe del órgano respectivo, hará por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de trascripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004. 

 

ARTÍCULO 29. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General del Presupuesto Público Nacional podrá abstenerse de adelantar los trámites de cualquier operación presupuestal de las entidades señaladas en el artículo 6º del presente decreto que incumplan los objetivos y metas trazados en el Plan Financiero, en la Programación Macroeconómica del Gobierno Nacional y en el Programa Anual de Caja. Para tal efecto, los órganos y entidades enviarán a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional informes mensuales sobre la ejecución de ingresos y gastos, dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente. 

 

ARTÍCULO 30. Los compromisos y las obligaciones de los órganos que sean una sección del Presupuesto General de la Nación correspondientes a las apropiaciones financiadas con rentas provenientes de contratos o convenios, solo podrán ser asumidos cuando estos se hayan perfeccionado. 

 

ARTÍCULO 31. Cuando los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, celebren contratos entre sí, con excepción de los de crédito, que afecten sus presupuestos, harán los ajustes mediante resoluciones del Jefe del órgano respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Orden Nacional, las Superintendencias y Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica así como las señaladas en el artículo 5º del Estatuto Orgánico del Presupuesto, dichos ajustes deberán realizarse por acuerdo o resolución de las juntas o consejos directivos o el representante legal del órgano, si no existen juntas o consejos directivos. 

 

Para iniciar la ejecución de los actos a que se refiere el inciso anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto Público Nacional- aprobará las resoluciones o los acuerdos que deberán ser remitidos para estos efectos, acompañados del respectivo certificado de disponibilidad presupuestal y su justificación económica en la cual se señale el objeto, valor y duración de los contratos. 

 

Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención. 

 

ARTÍCULO 32. Cuando los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación posean bienes muebles o inmuebles que en la actualidad no estén utilizando o que no sean necesarios para el desarrollo normal de sus funciones, deberán desarrollar todas las actividades tendientes a enajenarlos o arrendarlos, ofreciéndolos prioritariamente a los municipios y departamentos. 

 

Así mismo, cuando dichos órganos funcionen en inmuebles de propiedad de particulares en calidad de arrendatarios, deberán durante la vigencia fiscal de 2004 efectuar las gestiones necesarias para su traslado a un inmueble que actualmente no se encuentre ocupado por otra entidad pública y que sean de su propiedad. 

 

ARTÍCULO 33. Ningún órgano podrá contraer compromisos que impliquen el pago de cuotas a organismos internacionales con cargo al Presupuesto General de la Nación, sin que exista la ley aprobatoria de tratados públicos o que el Presidente de la República haya autorizado su aplicación provisional en los términos del artículo 224 de la Constitución Política. 

 

Los aportes y contribuciones de la República de Colombia a los Organismos Financieros Internacionales se pagarán con cargo al Presupuesto General de la Nación, salvo en aquellos casos en que los aportes se contabilicen como reservas internacionales, que serán pagados de conformidad con lo previsto en la Ley 31 de 1992 o aquellas que la modifiquen o adicionen. 

 

ARTÍCULO 34. Los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación deberán reintegrar, dentro del primer trimestre de 2004, a la Dirección General del Tesoro Nacional, y a sus tesorerías cuando correspondan a recursos propios, los recursos originados en convenios con organismos internacionales que no estén amparando compromisos u obligaciones, y que correspondan a apropiaciones presupuestales de la vigencia fiscal 2002 y anteriores, incluidos sus rendimientos financieros, diferencial cambiario, y demás réditos originados en aquellos, con el soporte correspondiente. 

 

CAPÍTULO IV

 

DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR

 

ARTÍCULO 35. Las reservas presupuestales y las cuentas por pagar de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, correspondientes al año 2003, deberán constituirse a más tardar el 20 de enero de 2004 y remitirse a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional en la misma fecha. Las primeras serán constituidas por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, y las segundas por el ordenador del gasto y el tesorero de cada órgano. 

 

Cuando se trate de aportes de la Nación a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado o a las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas, tanto las reservas como las cuentas por pagar deberán constituirse en el mismo plazo, por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o por quien haga sus veces, en el primer caso, y por el ordenador del gasto y el tesorero de cada empresa o sociedad en el segundo caso. 

 

Igual procedimiento será aplicable a las Superintendencias y a las Unidades Administrativas Especiales cuando no figuren como secciones presupuestales. 

 

Únicamente en casos excepcionales se podrán efectuar correcciones a la información suministrada respecto de la constitución de las reservas presupuestales y/o cuentas por pagar. Estas correcciones se podrán efectuar hasta el 15 de febrero de 2004. 

 

Los casos excepcionales serán calificados por el jefe del órgano o representante legal del órgano o entidad, según el caso. 

 

ARTÍCULO 36. Constituidas las cuentas por pagar y las reservas presupuestales de la vigencia fiscal de 2003, los dineros sobrantes serán reintegrados a la Dirección General del Tesoro Nacional. 

 

Las cuentas por pagar y las reservas presupuestales correspondientes a la vigencia fiscal de 2003 que no hubieren sido ejecutadas a 31 de diciembre de 2004 expirarán sin excepción. En consecuencia, deberán ser reintegrados a la Dirección General del Tesoro Nacional. 

 

Los recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación con destino a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas, que no hayan sido comprometidos o ejecutados a 31 diciembre de 2004, deberán ser reintegrados por estas a la Dirección General del Tesoro Nacional. 

 

PARÁGRAFO. Los reintegros de que trata el inciso primero del presente artículo deberán realizarse por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo órgano, a más tardar el 20 de enero de 2004. Los mismos funcionarios reintegrarán los recursos a que se refieren los incisos segundo y tercero, a más tardar el 20 de enero de 2005. 

 

ARTÍCULO 37. Cuando se haya adjudicado una licitación, concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectúe en la vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de los procedimientos presupuestales correspondientes. 

 

CAPÍTULO V

 

DE LAS VIGENCIAS FUTURAS

 

ARTÍCULO 38. Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre del año en que se concede la autorización caducan sin excepción. En los casos de licitación, concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección, se entienden utilizados los cupos anuales de vigencias futuras con el acto de adjudicación. 

 

ARTÍCULO 39. Las solicitudes para comprometer recursos de la Nación, que afecten vigencias fiscales futuras de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado o Sociedades de Economía Mixta con régimen de aquellas, deberán tramitarse a través de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación a los cuales estén vinculadas. 

 

CAPÍTULO VI

 

CLASIFICACIÓN DE LOS GASTOS

 

ARTÍCULO 40. Las apropiaciones incluidas en el presupuesto para la vigencia fiscal de 2004 se clasifican en la siguiente forma: 

 

A. FUNCIONAMIENTO 

 

1 GASTOS DE PERSONAL 

 

1.1 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 

 

1.1.1 SUELDOS PERSONAL DE NOMINA 

 

1.1.2 HORAS EXTRAS Y DIAS FESTIVOS 

 

1.1.3 INDEMNIZACION POR VACACIONES 

 

1.1.4 PRIMA TECNICA 

 

1.1.5 OTROS GASTOS POR SERVICIOS PERSONALES 

 

1.2 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 

 

1.3 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA AL SECTOR PRIVADO 

 

1.4 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA AL SECTOR PÚBLICO 

 

2. GASTOS GENERALES 

 

2.1 ADQUISICION DE BIENES 

 

2.2 ADQUISICION DE SERVICIOS 

 

2.3 IMPUESTOS Y MULTAS 

 

3. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 

 

4. GASTOS DE COMERCIALIZACION Y PRODUCCION 

 

SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 

 

INVERSION 

 

CAPÍTULO VII

 

DEFINICIÓN DE LOS GASTOS

 

ARTÍCULO 41. Las apropiaciones incluidas en el presupuesto para la vigencia fiscal de 2004 se definen en la siguiente forma: 

 

A FUNCIONAMIENTO 

 

Son aquellos que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la constitución y la ley. 

 

1. GASTOS DE PERSONAL 

 

Corresponden a aquellos gastos que debe hacer el Estado como contraprestación de los servicios que recibe sea por una relación laboral o a través de contratos, los cuales se definen como sigue: 

 

1.1 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 

 

Comprende la remuneración por concepto de sueldos y demás factores salariales legalmente establecidos, de los servidores públicos vinculados a la planta de personal, tales como: 

 

1.1.1 SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA 

 

Pago de las remuneraciones a los servidores públicos que incluye la jornada ordinaria, nocturna, las jornadas mixtas, el trabajo ordinario en días dominicales y festivos y los incrementos por antigüedad. 

 

1.1.2 HORAS EXTRAS Y DIAS FESTIVOS 

 

Remuneración al trabajo realizado en horas adicionales a la jornada ordinaria diurna o nocturna, o en días dominicales y festivos. Su reconocimiento y pago están sujetos a las limitaciones establecidas en las disposiciones legales vigentes. 

 

1.1.3 INDEMNIZACION POR VACACIONES 

 

Compensación en dinero por vacaciones causadas y no disfrutadas que se paga al personal que se desvincula o a quienes, por necesidades del servicio, no pueden tomarlas en tiempo. La afectación de este rubro requiere resolución motivada suscrita por el Jefe del respectivo órgano. 

 

1.1.4 PRIMA TECNICA 

 

Reconocimiento económico a algunos servidores públicos que se pagará de acuerdo al cargo que desempeñe y una vez sea otorgada conforme a los requerimientos legales. 

 

1.1.5 OTROS GASTOS POR SERVICIOS PERSONALES 

 

Son aquellos gastos por servicios personales asociados a la nómina que no se encuentran bajo las denominaciones anteriores, igualmente, incluyen las remuneraciones especiales del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional, como lo son las bonificaciones por seguro de vida colectivo, dragoniante, policía militar y guardia presidencial, buena conducta, cuerpo profesional y por licenciamiento, partida alimentación soldados, partida especial de alimentación cobertura de fronteras, primas de instalación y de alojamiento en el exterior, y el auxilio de transporte establecido en la Ley 48 de 1993. 

 

Dentro de los gastos por este concepto se atienden también, entre otros, los siguientes: 

 

GASTOS DE REPRESENTACION 

 

Parte de la remuneración de ciertos servidores públicos que las disposiciones legales han previsto. 

 

BONIFICACION POR SERVICIOS PRESTADOS 

 

Pago por cada año continúo de servicios a que tienen derecho los empleados públicos y, según lo contratado, los trabajadores oficiales, equivalente a los porcentajes señalados por las normas legales vigentes sobre la materia, correspondientes a la asignación básica, incrementos por antigüedad y gastos de representación. 

 

SUBSIDIO DE ALIMENTACION 

 

Pago a los empleados públicos y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales de determinados niveles salariales para contribuir a su manutención en la cuantía y condiciones señaladas por la ley. Cuando el órgano suministre la alimentación a sus servidores no habrá lugar a este reconocimiento. 

 

AUXILIO DE TRANSPORTE 

 

Pago a los empleados públicos que por ley tienen derecho y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales, en la cuantía y condiciones establecidas para ello. Cuando el órgano suministre el transporte a sus servidores no habrá lugar a este reconocimiento. 

 

PRIMA DE SERVICIO 

 

Pago a que tienen derecho los empleados públicos y, según lo contratado, los trabajadores oficiales, en forma proporcional al tiempo laborado, siempre que hubiere servido en el órgano por lo menos un semestre. 

 

PRIMA DE VACACIONES 

 

Pago a que tienen derecho los empleados públicos y, según lo contratado, los trabajadores oficiales, en los términos del artículo 28 del Decreto 1045 de 1978. 

 

PRIMA DE NAVIDAD 

 

Pago a que tienen derecho los empleados públicos y, según lo contratado, los trabajadores oficiales, equivalente a un (1) mes de remuneración o liquidado proporcionalmente al tiempo laborado, que se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. 

 

Igualmente, los soldados profesionales tienen derecho a percibir esta prima equivalente al 50% del salario básico devengado en el mes de noviembre del respectivo año más la prima de antigüedad. 

 

PRIMAS EXTRAORDINARIAS 

 

Corresponde a los pagos por concepto de primas legalmente otorgadas que serán pagaderas únicamente en los términos, condiciones y por las veces que se establezcan en su creación. 

 

BONIFICACION ESPECIAL DE RECREACION 

 

Pago a los empleados públicos y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales, equivalente a dos (2) días de la asignación básica mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo período vacacional. 

 

SUELDOS COMISIONES AL EXTERIOR 

 

Consiste en la remuneración a que tienen derecho los funcionarios del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional cuando están en comisiones diplomáticas, administrativas, de estudios, de tratamiento médico o especiales al exterior, en forma permanente o transitoria. 

 

No podrán imputarse a este rubro los viáticos, primas y bonificaciones creadas por la ley, los cuales se atenderán con cargo a los rubros correspondientes. Tampoco podrán atenderse las comisiones al exterior con cargo al rubro de sueldos de personal de nómina. 

 

1.2 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 

 

Son gastos destinados a atender la contratación de personas jurídicas y naturales para que presten servicios calificados o profesionales, cuando no puedan ser desarrollados con personal de planta. Así mismo, incluye la remuneración del personal que se vincule en forma ocasional, para desarrollar actividades netamente temporales o para suplir a los servido res públicos en caso de licencias o vacaciones, dicha remuneración cubrirá las prestaciones sociales a que tenga derecho, así como las contribuciones a que haya lugar, tales como: 

 

JORNALES 

 

Salario estipulado por días y pagadero por períodos no mayores de una semana, por el desempeño de actividades netamente transitorias que no pueden ser desarrolladas con personal de planta. Por este rubro se pagarán las prestaciones sociales y las transferencias si legalmente tienen derecho a ellas, previo certificado de disponibilidad presupuestal, expedido por el jefe de presupuesto del órgano o quien haga sus veces. 

 

PERSONAL SUPERNUMERARIO 

 

Remuneración al personal ocasional que la ley autorice vincular para suplir a los empleados públicos en caso de licencias o vacaciones, o para desarrollar actividades netamente transitorias que no puedan atenderse con personal de planta. Por este rubro se pagarán las prestaciones sociales y las transferencias a que legalmente tengan derecho los supernumerarios. 

 

HONORARIOS 

 

Por este rubro se deberán cubrir conforme a los reglamentos, los estipendios a los servicios profesionales, prestados en forma transitoria y esporádica, por personas naturales o jurídicas, para desarrollar actividades relacionadas con la atención de los negocios o el cumplimiento de las funciones a cargo del órgano contratante, cuando las mismas no puedan cumplirse con personal de planta. Por este rubro se podrán pagar los honorarios de los miembros de las Juntas Directivas. 

 

HONORARIOS TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO 

 

Por este rubro se deberán cubrir, conforme a los reglamentos, los estipendios a los servicios profesionales, prestados en forma transitoria y esporádica, por los árbitros designados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para dirimir los conflictos laborales, una vez agotada la etapa de arreglo directo en la negociación colectiva. 

 

REMUNERACION SERVICIOS TECNICOS 

 

Pago por servicios calificados a personas naturales o jurídicas que se prestan en forma continua para asuntos propios del órgano, los cuales no pueden ser atendidos con personal de planta o que se requieran conocimientos especializados y están sujetos al régimen contractual vigente. 

 

HORAS CATEDRA 

 

Se pagarán por este rubro, los profesores de cátedra u ocasionales que laboren en instituciones de educación superior a que se refieren los artículos 73 y 74 de la Ley 30 del 28 de diciembre de 1992. 

 

1.3 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA AL SECTOR PRIVADO 

 

Corresponde a las contribuciones legales que debe hacer el órgano como empleador, que tienen como base la nómina del personal de planta, destinadas a entidades del sector privado, tales como, Cajas de Compensación Familiar, Fondos Administradores de Cesantías y Pensiones, Empresas Promotoras de Salud privadas, así como, las administradoras privadas de aportes que se destinan para accidentes de trabajo y enfermedad profesional. 

 

1.4 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA AL SECTOR PUBLICO 

 

Corresponde a las contribuciones legales que debe hacer el órgano como empleador, que tienen como base la nómina del personal de planta, destinadas a entidades del sector público, tales como, SENA, ICBF, ESAP, Fondo Nacional de Ahorro, Fondos Administradores de Cesantías y Pensiones, Empresas Promotoras de Salud públicas, así como, las administradoras públicas de aportes que se destinan para accidentes de trabajo y enfermedad profesional. 

 

2. GASTOS GENERALES 

 

Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios necesarios para que el órgano cumpla con las funciones asignadas por la constitución y la ley; y con el pago de los impuestos y multas a que estén sometidos legalmente. 

 

2.1 ADQUISICION DE BIENES 

 

Corresponde a la compra de bienes muebles destinados a apoyar el desarrollo de las funciones del órgano, tales como: 

 

COMPRA DE EQUIPO 

 

Adquisición de bienes tangibles de consumo duradero que deben inventariarse. 

 

Las adquisiciones se harán con sujeción al plan de compras. 

 

Por este rubro se debe incluir el software. 

 

MATERIALES Y SUMINISTROS 

 

Adquisición de bienes tangibles e intangibles de consumo final o fungibles que no se deban inventariar por las diferentes dependencias y no sean objeto de devolución. 

 

Las anteriores adquisiciones se harán con sujeción al plan de compras. 

 

Por este rubro se deben incluir, diskettes, llantas, repuestos y accesorios. 

 

GASTOS IMPREVISTOS 

 

Erogaciones excepcionales de carácter eventual o fortuito de inaplazable e imprescindible realización para el funcionamiento de los órganos. 

 

No podrán imputarse a este rubro gastos suntuarios o correspondientes a conceptos de adquisición de bienes ya definidos, erogaciones periódicas o permanentes, ni utilizarse para completar partidas insuficientes. 

 

La afectación de este rubro requiere resolución motivada, suscrita por el jefe del respectivo órgano, previa aprobación y registro de la división de presupuesto o la dependencia que haga sus veces. 

 

OTROS GASTOS GENERALES POR ADQUISICION DE BIENES 

 

Corresponden a aquellos gastos generales que no pueden ser clasificados dentro de las definiciones anteriores, autorizados por norma legal vigente, tales como: 

 

SOSTENIMIENTO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS 

 

Erogaciones por concepto de papelería y útiles de escritorio, elementos de aseo y demás gastos afines, que resulten necesarios para el funcionamiento de las embajadas y consulados. 

 

SOSTENIMIENTO DE SEMOVIENTES 

 

Gastos destinados a alimentación, compra de medicamentos, arneses, herraje, atalaje y compra de animales. 

 

GASTOS RESERVADOS 

 

Erogaciones destinadas al cubrimiento de actividades de inteligencia e investigación para la conservación y el restablecimiento del Orden Público y la represión del delito. También podrán atenderse gastos tendientes a la represión del contrabando. 

 

Las operaciones de inteligencia incluyen los gastos de operación y funcionamiento de redes de inteligencia, que son aquellas erogaciones que estando definidas en otros conceptos del gasto, no pueden ser efectuadas a través de los canales administrativos normales en razón a la necesidad que tienen estas dependencias de operar en secreto, así como los gastos de operación de los departamentos y direcciones de inteligencia del Comando General, Comandos de Fuerza, Dirección General de la Policía Nacional y Departamento Administrativo de Seguridad. 

 

Comprende la compra de bienes muebles, de bienes tangibles de consumo duradero que deben inventariarse y la adquisición de bienes tangibles e intangibles de consumo final o fungibles que no se deben inventariar y que no son objeto de devolución destinados a apoyar las acciones de Gastos Reservados, definidas en las distintas leyes que autorizan a las entidades públicas a ejecutar esta clase de gastos. 

 

Con cargo a dicho rubro presupuestal también podrán adelantarse para operaciones de inteligencia y de contrainteligencia, las compras de equipo técnico de sonido y video, armamento y equipo criptográfico, equipo técnico de seguridad militar, equipo de seguridad de comunicaciones, equipo técnico de sistemas, compra de material técnico para inteligencia. 

 

CAPACITACION, BIENESTAR SOCIAL Y ESTÍMULOS 

 

Erogaciones que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación, bienestar social y estímulos que autoricen las normas legales vigentes. 

 

La Unidad de Salud del Ministerio de Defensa Nacional, podrá pagar con cargo a este rubro los gastos de esta naturaleza al personal militar del área asistencial -médicos, odontólogos, bacteriólogos, enfermeros, auxiliares de enfermería y psicólogos- que están al servicio del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares. 

 

2.2 ADQUISICION DE SERVICIOS 

 

Comprende la contratación y el pago a personas jurídicas y naturales por la prestación de un servicio que complementa el desarrollo de las funciones del órgano y permiten mantener y proteger los bienes que son de su propiedad o están a su cargo, así como los pagos por concepto de tasas a que estén sujetos los órganos, tales como: 

 

MANTENIMIENTO 

 

Los gastos tendientes a la conservación y reparación de bienes muebles e inmuebles. Incluye el costo de los contratos por servicios de vigilancia y aseo. 

 

SERVICIOS PUBLICOS 

 

Erogaciones por concepto de servicios públicos domiciliarios, en especial los de acueducto, alcantarillado, recolección de basuras, energía, gas natural, telefonía pública conmutada, y los de telefonía móvil, sistemas troncalizados, telefonía satelital, servicios al valor agregado. Estas incluyen su instalación y traslado. 

 

ARRENDAMIENTOS 

 

Alquiler de bienes muebles e inmuebles para el adecuado funcionamiento de los órganos. 

 

VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE 

 

Por este rubro se le reconoce a los empleados públicos y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales del respectivo órgano, los gastos de alojamiento, alimentación y transporte, cuando previa resolución, deban desempeñar funciones en lugar diferente a su sede habitual de trabajo. 

 

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y la Dirección Nacional de Estupefacientes podrán pagar con cargo a este rubro los gastos de esta naturaleza al Personal Militar, de Policía, de Seguridad y del INPEC a su servicio. 

 

Este rubro también incluye los gastos de traslado de los empleados públicos y sus familias cuando estén autorizados para ello y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales. 

 

De igual forma la Unidad de Salud del Ministerio de Defensa Nacional, podrá pagar con cargo a este rubro los gastos de esta naturaleza al personal Militar del área asistencial- médicos, odontólogos, bacteriólogos, enfermeros, auxiliares de enfermería y psicólogos- que están al servicio del Subsistema de Salud de las Fuerzas militares. 

 

No se podrán imputar a este rubro los gastos correspondientes a la movilización dentro del perímetro urbano de cada ciudad, ni viáticos y gastos de viaje a contratistas, salvo que se estipule así en el respectivo contrato. 

 

Los viáticos solo podrán computarse como factor salarial para la liquidación de cesantías y pensiones cuando se cumplan las condiciones señaladas en el literal i) del artículo 45 del Decreto ley 1045 de 1978. 

 

Las entidades públicas a las cuales el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, o la Policía Nacional presten servicios de protección y seguridad personal a sus funcionarios, podrán cubrir con cargo al rubro de viáticos y gastos de viaje de sus respectivos presupuestos, los gastos causados por los funcionarios que hayan sido designados por aquel para tal fin. 

 

IMPRESOS Y PUBLICACIONES 

 

Por este rubro se pueden ordenar y pagar los gastos por edición de formas, escritos, publicaciones, revistas y libros, trabajos tipográficos, sellos, autenticaciones, suscripciones, adquisición de revistas y libros, pago de avisos y videos de televisión. 

 

COMUNICACIONES Y TRANSPORTE 

 

Se cubre por este concepto aquellos gastos tales como los de mensajería, correos, correo electrónico, beeper, telégrafos, alquiler de líneas, embalaje y acarreo de los elementos. Igualmente incluye el transporte colectivo de los funcionarios del órgano. 

 

Por este rubro se podrán imputar los gastos de transporte, en el perímetro urbano o intermunicipal de los inspectores de trabajo, con sujeción a las Leyes 23 de 1967 y 47 de 1975; así como de los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando el desplazamiento deba realizarse a puertos, aeropuertos, almacenes generales de depósito, depósitos habilitados o zonas francas, para las funciones de comercialización, representación externa, investigación disciplinaria, operativa, cobranza, fiscalización, devolución y liquidación de los tributos administrados por la entidad. De la misma manera se podrán imputar los gastos de transporte de los funcionarios que adelanten funciones operativas para llegar a bordo de los barcos de arribo en el proceso de recuperación de documentos e inspección de mercancías. 

 

GASTOS JUDICIALES 

 

Comprende los gastos que los órganos deben realizar para atender la defensa del interés del Estado en los procesos judiciales que cursan en su contra diferentes a los honorarios de los abogados defensores. 

 

Por este rubro se atenderán gastos, tales como: fotocopias de los expedientes, cauciones, traslado de testigos, transporte para efectuar peritazgos, costos de los tribunales de arbitramento distintos a los honorarios de los árbitros y demás costos judiciales relacionados con los procesos 

 

SEGUROS 

 

Corresponde al costo previsto en los contratos o pólizas para amparar los bienes, muebles e inmuebles, de propiedad de la Nación o de los Establecimientos Públicos Nacionales. La administración deberá adoptar las medidas que estime necesarias para garantizar que en caso de siniestro se reconozca la indemnización pertinente. 

 

Este incluye las pólizas que amparan los riesgos profesionales, a empleados de manejo, ordenadores y cuentadantes, cuyo valor debe ser proporcional a la responsabilidad de su manejo. 

 

GASTOS DE OPERACION ADUANERA 

 

Corresponde a aquellos gastos que, de acuerdo con los artículos 106 y 107 de la Ley 6º de 1992 y artículos 529 y 530 del Decreto 2685 de diciembre 28 de 1999, "Estatuto Aduanero", deba realizar la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por concepto de transporte, cargue, descargue, empaque, inventarios y demás gastos necesarios para el traslado de las mercancías del lugar de aprehensión hasta el sitio donde estas deban ser depositadas. 

 

También se atenderán por este rubro los gastos ocasionados por avalúos, análisis de mercancías, peritazgos, bodegajes y gastos orientados al alistamiento, preparación, divulgación, comisión por venta de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, y otros gastos realizados con ocasión de la comercialización o disposición de las mismas, por medio de la destrucción o donación. 

 

GASTOS IMPREVISTOS 

 

Erogaciones excepcionales de carácter eventual o fortuito de inaplazable e imprescindible realización para el funcionamiento de los órganos. 

 

No podrán imputarse a este rubro gastos suntuarios o correspondientes a conceptos de adquisición de servicios ya definidos, erogaciones periódicas o permanentes, ni utilizarse para completar partidas insuficientes. 

 

La afectación de este rubro requiere resolución motivada, suscrita por el jefe del respectivo órgano, previa aprobación y registro de la división de presupuesto o la dependencia que haga sus veces. 

 

OTROS GASTOS GENERALES POR ADQUISICION DE SERVICIOS 

 

Corresponden a aquellos gastos generales que no pueden ser clasificados dentro de las definiciones anteriores, autorizados por norma legal vigente, como los gastos funerarios, los servicios médicos, hospitalarios y servicios portuarios y aeroportuarios de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, así como los siguientes: 

 

TRANSPORTE DE PRESOS 

 

Erogaciones por concepto de remisión y el traslado de los presos y guardianes encargados de su custodia y, excepcionalmente, de reclusos que recobren su libertad. 

 

SOSTENIMIENTO DE EMBAJADAS Y CONSULADOS 

 

Erogaciones por concepto de agua, luz, teléfono, calefacción, gas, remoción de nieve, cafetería y jardinería, servicio de vigilancia, fotocopias, reparaciones locativas, mantenimiento de máquinas y demás gastos afines, que resulten necesarios para el funcionamiento de las embajadas y consulados. 

 

GASTOS RESERVADOS 

 

Erogaciones destinadas al cubrimiento de actividades de inteligencia e investigación para la conservación y el restablecimiento del Orden Público y la represión del delito, incluye operaciones y funcionamiento de redes de inteligencia, pagos por información, de analistas y material técnico. 

 

Las operaciones de inteligencia incluyen el alquiler de vehículos, inmuebles, servicios de hoteles y restaurantes, pago de pasajes aéreos y terrestres, pago de peajes, teléfonos privados, pago de propinas especiales y material técnico necesarios para desarrollarlas. 

 

Se incluyen los gastos de operación y funcionamiento de redes de inteligencia, que son aquellas erogaciones que estando definidas en otros conceptos del gasto, no pueden ser efectuadas a través de los canales administrativos normales en razón a la necesidad que tienen estas dependencias de operar en secreto, así como los gastos de operación de los departamentos y direcciones de inteligencia del Comando General, Comandos de Fuerza, Dirección General de la Policía Nacional y Departamento Administrativo de Seguridad. 

 

También podrán atenderse gastos de informantes y operativos de inteligencia, tendientes a la represión del contrabando. 

 

APOYO A OPERACIONES MILITARES Y POLICIALES 

 

Son erogaciones destinadas a fortalecer el desarrollo de un operativo o plan militar, policial o de policía judicial específico, que para su eficaz cumplimiento requiere la realización de gastos ocasionales de carácter inaplazable, cuya imprescindibilidad debe ser declarada por el Ministro de Defensa Nacional, el Comandante General de las Fuerzas Militares, el Director de la Policía o Fiscal General de la Nación, según el caso. 

 

DEFENSA HACIENDA PÚBLICA 

 

Por este rubro se atenderán los costos correspondientes a peritazgos, costos judiciales, transporte para efectuar peritazgos y diligencias judiciales, fotocopias de expedientes necesarias en los procesos e investigaciones, publicaciones acerca de remates programados y deudores morosos emplazados y demás erogaciones a que se refiere el artículo 53 de la Ley 6º de 1992 y el artículo 696-1 del Estatuto Tributario. 

 

CAPACITACION, BIENESTAR SOCIAL Y ESTIMULOS 

 

Erogaciones que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación, bienestar social y estímulos que autoricen las normas legales vigentes. 

 

La Unidad de Salud del Ministerio de Defensa Nacional, podrá pagar con cargo a este rubro los gastos de esta naturaleza al personal militar del área asistencial -médicos, odontólogos, bacteriólogos, enfermeros, auxiliares de enfermería y psicólogos- que están al servicio del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares. 

 

2.3 IMPUESTOS Y MULTAS 

 

Comprende el impuesto sobre la renta y demás tributos, multas y contribuciones a que estén sujetos los órganos. 

 

3. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 

 

Son recursos que transfieren los órganos a entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas, con fundamento en un mandato legal. De igual forma, involucra las apropiaciones destinadas a la previsión y seguridad social, cuando el órgano asume directamente la atención de la misma. 

 

4. GASTOS DE COMERCIALIZACION Y PRODUCCION 

 

Corresponde a aquellos gastos que realizan los órganos para adquirir bienes, servicios e insumos que participan directamente en el proceso de producción o comercialización. 

 

SERVICIO DE LA DEUDA 

 

Los gastos por concepto del servicio de la deuda pública tanto interna como externa tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al pago de capital, los intereses, las comisiones, y los imprevistos originados en operaciones de crédito público que incluyen los gastos necesarios para la consecución de los créditos externos, realizadas conforme a la ley. 

 

Los rendimientos que devenguen los títulos de Tesorería clase A y B se atenderán con cargo al Presupuesto Nacional. 

 

C- INVERSION 

 

Son aquellas erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a los de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a extinguirse con su empleo. Asimismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. 

 

La característica fundamental de este gasto debe ser que su asignación permita acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social. 

 

Las inversiones que estén financiadas con recursos del crédito externo, para poder ejecutarse, deberán tener el recurso incorporado en el Presupuesto, tener aprobación de la Dirección General de Crédito Público y someterse a los procedimientos de contratación administrativa. 

 

ARTÍCULO 42. Para el cálculo de los aportes que los funcionarios del servicio exterior deban hacer por concepto de previsión social, excepto por los servicios médicos, se tomará como base de liquidación el sueldo básico, del cargo equivalente en planta interna según la nomenclatura del Departamento Administrativo de la Función Pública, al igual que para el pago de la cuota patronal, de conformidad con los artículos 76 del Decreto-ley 2016 de 1968 y 12 del Decreto 10 de 1992. Los aportes por concepto de servicios médicos de los servidores públicos que deban cumplir sus funciones en el exterior, se efectuarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 1111 de 1995. 

 

ARTÍCULO 43. Los conceptos de gastos no definidos anteriormente que figuren en este presupuesto, solo podrán afectarse para los fines propios correspondientes a su denominación conforme al respectivo órgano con fundamento en norma legal. 

 

CAPÍTULO VIII

 

DISPOSICIONES VARIAS

 

ARTÍCULO 44. El servidor público que reciba una orden de embargo sobre los recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación, incluidas las transferencias que hace la Nación a las Entidades Territoriales, está obligado a efectuar los trámites correspondientes para que se solicite por quien corresponda la constancia sobre la naturaleza de estos recursos a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el fin de llevar a cabo el desembargo, para lo cual el solicitante deberá indicar el tipo de proceso, las partes involucradas, el despacho judicial que profirió las medidas cautelares, y el origen de los recursos que fueron embargados. 

 

ARTÍCULO 45. Las sentencias, conciliaciones y cesantías parciales, serán incorporadas al presupuesto de acuerdo con la disponibilidad de recursos, de conformidad con el artículo 39 del Estatuto Orgánico del Presupuesto. 

 

ARTÍCULO 46. Los órganos a que se refiere el artículo 6º del presente decreto cancelarán los fallos de tutela con cargo al rubro que corresponda a la naturaleza del negocio fallado. Para cancelarlas, en primera instancia se deberán efectuar los traslados presupuestales requeridos, con cargo a los saldos de apropiación disponibles durante la vigencia fiscal en curso. 

 

Los Establecimientos públicos deberán atender las providencias que se profieran en su contra, en primer lugar con recursos propios. 

 

Con cargo a las apropiaciones del rubro sentencias y conciliaciones se podrán cancelar todos los gastos originados en los Tribunales de Arbitramento. 

 

ARTÍCULO 47. En virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, las Universidades Estatales pagarán las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992. 

 

ARTÍCULO 48. Las obligaciones por concepto de servicios médico-asistenciales, servicios públicos domiciliarios, gastos de operación aduanera, comunicaciones, transporte y contribuciones inherentes a la nómina, causados en el último trimestre de 2003, se podrán pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal de 2004. 

 

La prima de vacaciones, la indemnización a las mismas, las cesantías, las pensiones y los impuestos, podrán ser cancelados con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de su causación. 

 

ARTÍCULO 49. Autorízase a la Nación y sus entidades descentralizadas para efectuar cruces de cuentas entre sí o con entidades territoriales y sus descentralizadas, sobre las obligaciones que recíprocamente tengan causadas. Para estos efectos se requerirá acuerdo previo entre las partes. Estas operaciones deberán reflejarse en el presupuesto, conservando, únicamente, la destinación para la cual fueron programadas las apropiaciones respectivas. 

 

En el caso de las obligaciones de origen legal que tenga la Nación y sus entidades descentralizadas para con otros órganos públicos, se deberán tener en cuenta, para efectos de estas compensaciones, las transferencias y aportes, a cualquier título, que las primeras hayan efectuado a las últimas en cualquier vigencia fiscal. Si quedare algún saldo en contra de la Nación esta podrá sufragarlo a través de títulos de deuda pública, sin que implique operación presupuestal alguna. 

 

Cuando se combinen las calidades de acreedor y deudor en una misma persona, como consecuencia de un proceso de liquidación o privatización de órganos nacionales de derecho público, se compensarán las cuentas automáticamente, sin operación presupuestal alguna. 

 

ARTÍCULO 50. La Nación podrá emitir bonos en condiciones de mercado u otros títulos de deuda pública para pagar las obligaciones financieras a su cargo, causadas o acumuladas a diciembre 31 de 1993, por concepto de pasivo por pensiones y cesantías de las personas beneficiarias del extinto Fondo del Pasivo Prestacional del sector salud, y para sanear los pasivos correspondientes a las cesantías de las Universidades Estatales, a que se refiere el artículo 88 de la Ley 30 de 1992 del personal administrativo y docentes no acogidos al nuevo régimen salarial. Igualmente, se podrán emitir los bonos pensionales de que trata la Ley 100 de 1993. La emisión de los bonos o títulos de que trata este artículo, no implica operación presupuestal alguna y solo deberán presupuestarse para efectos de su redención. El mismo procedimiento se aplicará a los bonos que se expidan en cumplimiento del artículo 29 de la Ley 344 de 1996. 

 

ARTÍCULO 51. El presupuesto inicial correspondiente a la vigencia fiscal de 2004 contiene la reducción ordenada en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y en la Ley 344 de 1996. En consecuencia para dicho año se cumple con lo establecido en el mencionado Estatuto. 

 

ARTÍCULO 52. El porcentaje de la cesión del Impuesto a las Ventas asignado a las Cajas Departamentales de Previsión y al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, con destino al pago de las cesantías definitivas y pensiones del personal docente nacionalizado, continuará pagándose tomando como base los convenios suscritos en virtud de lo dispuesto en la Ley 91 de 1989. 

 

ARTÍCULO 53. La Nación podrá aportar a la Administración Postal Nacional los recursos necesarios, para garantizar el servicio de franquicia postal previsto por la ley, a los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, así como el servicio de telegrafía prestado por esta de manera directa, o a través de otras empresas, a la Rama Judicial. 

 

Para el servicio de telegrafía, las entidades partícipes expedirán los respectivos paz y salvos con fundamento en el reconocimiento de la deuda que por este concepto realice cada uno de los órganos deudores y procederán a realizar los respectivos ajustes contables, sin operación presupuestal alguna. 

 

ARTÍCULO 54. La Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea y el Departamento Administrativo de Seguridad deberán cubrir con cargo a sus respectivos presupuestos los gastos del personal vinculado a dichos órganos y que conforman los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal "Gaula" a que se refiere la Ley 282 de 1996. 

 

ARTÍCULO 55. Para la vigencia fiscal de 2004 la Nación podrá asignar recursos para el programa de auxilios para los ancianos indigentes de que tratan el artículo 257 y el inciso primero del artículo 258 de la Ley 100 de 1993. 

 

ARTÍCULO 56. Los aportes patronales al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar podrán recaudarse a través de las Cajas de Compensación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y/o a través del Sistema Financiero. 

 

ARTÍCULO 57. Los órganos de que trata el artículo 6º del presente decreto deberán remitir al Departamento Nacional de Planeación, antes del 30 de marzo de 2004, el presupuesto de inversión debidamente regionalizado. 

 

Cuando se realicen modificaciones al Presupuesto que afecten la regionalización, los diferentes órganos deberán remitir esta información al Departamento Nacional de Planeación, dentro del mes siguiente al perfeccionamiento de dicha operación. 

 

En general, todos los gastos de inversión de los órganos a que se refiere el artículo 6º del presente decreto requiere del previo visto bueno del Departamento Nacional de Planeación, DNP. 

 

ARTÍCULO 58. Todos los programas y proyectos en carreteras y aeropuertos que no estén a cargo de la Nación y que estén financiados con recursos del Fondo de Inversiones para la Paz, FIP, podrán ser ejecutados por el Instituto Nacional de Vías, la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, UAEAC, o mediante convenios con las entidades territoriales, según el caso. 

 

ARTÍCULO 59. En desarrollo del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 18 del Decreto 1140 de 1999 y para garantizar su saneamiento financiero, el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE, o quien haga sus veces, podrá capitalizar, previa consulta con los representantes legales de las entidades territoriales accionistas, en las Empresas de Servicios Públicos de Energía los activos de su propiedad que posee en el sistema interconectado y no interconectado Nacional. Una vez capitalizados estos activos, el Instituto podrá entregar a la Nación las acciones en dación de pago. Todas estas transacciones no requerirán operación presupuestal alguna. 

 

La Nación - Ministerio de Minas y Energía podrá financiar en la vigencia fiscal de 2004, hasta por la suma de veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000), los subsidios para pagos por menores tarifas eléctricas correspondientes a las zonas no interconectadas, con los recursos de que trata el artículo 82 de la Ley 633 de 2000. 

 

ARTÍCULO 60. La Agencia Nacional de Hidrocarburos en desarrollo de lo previsto en el Decreto 1760 de 2003, reflejará en su presupuesto las regalías de que trata el artículo 5º de dicho decreto. 

 

ARTÍCULO 61. La ejecución de los recursos que deban ser girados al Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales con cargo al Presupuesto General de la Nación, se realizará por medio de resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ordenando el giro de los recursos. Si no fuere posible realizar el giro de los recursos a las administradoras del Fondo, bastará para el mismo efecto, que por dicha resolución se disponga la administración de los mismos por parte de la Dirección del Tesoro Nacional a través de una cuenta especial, mientras los recursos puedan ser efectivamente entregados. 

 

Los recursos serán girados con la periodicidad que disponga el Gobierno Nacional. En el evento en que los recursos no se hayan distribuido en su totalidad entre las entidades territoriales, los no distribuidos se podrán girar a una cuenta del Fondo, administrada de la misma manera que los demás recursos del Fondo, como recursos por abonar a las cuentas correspondientes de las entidades territoriales. 

 

Para efectos de realizar la verificación de las condiciones a las que hace referencia el parágrafo 3º del artículo 2º de la Ley 549 de 1999, el Gobierno determinará las condiciones sustanciales que deben acreditarse, los documentos que deben remitirse para el efecto, y el procedimiento con que la misma se realizará. Mientras se producen las verificaciones, se girarán los recursos en la forma prevista en el inciso anterior. Cuando se establezca que la realidad no corresponde con lo que se acreditó, se podrán descontar los recursos correspondientes, para efectos de ser redistribuidos, sin que dicha nueva distribución constituya un nuevo acto de ejecución presupuestal. 

 

ARTÍCULO 62. Los proyectos viales de las redes secundaria o terciaria y urbana, y los aeropuertos que no estén a cargo de la Nación y que hayan sido seleccionados y priorizados en los distintos departamentos durante las Audiencias Públicas celebradas en cumplimiento del artículo 6º de la Ley 812 de 2003 podrán ser ejecutados directamente por las entidades especializadas del sector transporte, o mediante convenios con las entidades territoriales. La responsabilidad de la Nación se limitará a la ejecución de los proyectos, y dichas redes seguirán a cargo de las entidades territoriales; en ningún caso podrá modificar el mantenimiento que actualmente la Nación adelanta en vías secundarias o terciarias. 

 

ARTÍCULO 63. El Gobierno Nacional podrá, prioritariamente, adicionar el gasto de vivienda de interés social, si durante la vigencia fiscal de 2004 se presentan las siguientes condiciones: a) que el monto de las utilidades de 2003 que el Banco de la República debe transferir a la Nación, sea superior al estimado en la presente ley, y b) que el resultado del balance cuasi-fiscal del Banco de la República en 2004 sea superior al previsto en el balance del sector público consolidado que se estima al cierre de 2004. Para tales efectos, el Gobierno Nacional presentará un proyecto de ley para adicionar dichos recursos. 

 

ARTÍCULO 64. Los recursos destinados a subsidios de vivienda de interés social urbanos y rurales, se adjudicarán siempre a través de convocatorias públicas, conforme lo establece la Ley 546 de 1999. 

 

ARTÍCULO 65. El Gobierno Nacional, conforme al compromiso adquirido con el Distrito Capital de Bogotá, D. C., para la financiación de la Avenida Longitudinal de Occidente, expedirá las vigencias futuras correspondientes que permitan la continuidad de la obra. 

 

ARTÍCULO 66. Los jefes de los órganos o sus delegados territoriales que conforman el Presupuesto General de la Nación, atenderán en forma prioritaria el pago de los servicios públicos y los impuestos territoriales. El incumplimiento de la presente disposición es causal de mala conducta. 

 

ARTÍCULO 67. El cumplimiento del artículo 80 de la Ley 812 de 1993, y en caso de no ser posible el cruce de cuentas, el Gobierno Nacional a través de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional suscribirán con las respectivas entidades territoriales los correspondientes acuerdos de pago para el saneamiento de las deudas que estás últimas tienen con los docentes y administrativos por concepto de salarios y prestaciones que se financiaban con los recursos del situado fiscal y que estuvieren vigentes a 31 de diciembre de 2001, los cuales se atenderán con cargo al servicio de la deuda. 

 

ARTÍCULO 68. Los excedentes del Sistema General de Participaciones para Educación, se destinarán en su totalidad para programas de Mejoramiento de la Calidad de la Educación, en los términos del artículo 88 del Plan Nacional de Desarrollo. 

 

ARTÍCULO 69. En el Presupuesto asignado al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, modifícase la leyenda de la partida contenida en el literal c), programa 111, subprograma 1101, subproyecto 1, así: ANALISIS, DISEÑO Y CONSTRUCCION DISTRITO DE ADECUACION DE TIERRAS ARIARI, META, TRIANGULO DEL SUR DEPARTAMENTO DEL TOLIMA. PREVIO CONCEPTO D.N.P. 

 

ARTÍCULO 70. El Incoder o la entidad nacional competente, deberá incluir en el contrato para el desarrollo del proyecto Distrito de Riego de Ranchería, mediante los procedimientos legales correspondientes, los recursos que por la venta de las acciones de Carbocol deben ser invertidos en el Departamento de La Guajira, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 226 de 1995, y los recursos que ha entregado y se ha obligado a entregar el Departamento de La Guajira, en virtud del convenio interadministrativo celebrado por el INAT cedido al Incoder, para la financiación del mencionado proyecto. 

 

Se autoriza a la Nación, para que, previa la celebración de conciliación prejudicial, a través de la autoridad competente, apruebe las vigencias futuras necesarias para garantizar la ejecución del proyecto Distrito de Riego de Ranchería, incluyendo los recursos a que se refiere el presente artículo, todo lo cual no implica legalizar hechos cumplidos. 

 

ARTÍCULO  71. Deroga el Artículo 14 de la Ley 368 de 1997. Con el fin de continuar con la política del Programa de Renovación de la Administración Pública.

 

ARTÍCULO 72. Las entidades estatales podrán constituir mediante patrimonio autónomo los fondos a que se refiere el artículo 107 de la Ley 42 de 1993. Los recursos que se coloquen en dichos fondos ampararán los bienes del Estado cuando los estudios técnicos indiquen que es más conveniente la cobertura de los riesgos con reservas públicas que con seguros comerciales. 

 

Cuando los estudios técnicos permitan establecer que determinados bienes no son asegurables o que su aseguramiento implica costos de tal naturaleza que la relación costo beneficios del aseguramiento es negativa, o que los recursos para autoprotección mediante fondos de aseguramiento son de tal magnitud que no es posible o conveniente su uso para tal fin, se podrá asumir el riesgo frente a estos bienes y no asegurarlos ni ampararlos con fondos de aseguramiento. 

 

Esta disposición será aplicable a las empresas industriales y comerciales del Estado y a las sociedades de economía mixta asimiladas a estas. 

 

ARTÍCULO 73. Corregir el nombre de la Sección presupuestal 3604 - Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria, Capresub, agregando el texto "En Liquidación", de conformidad con lo establecido en el Decreto 2398 del 25 de agosto de 2003. 

 

ARTÍCULO 74. El Gobierno Nacional adelantará las gestiones conducentes para garantizar la financiación de los programas de renovación de cédulas y de realizar el censo nacional de población. 

 

ARTÍCULO 75. Los proyectos de mantenimiento vial financiados con recursos provenientes de la sobretasa del ACPM y gasolina, y los proyectos de mantenimiento de vías troncales se ejecutarán previo concepto DNP. 

 

ARTÍCULO 76. Modifícase el artículo 80 de la Ley 633 de 2000, el cual quedará así: "De conformidad con los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución Política, la Nación asignará un monto suficiente de recursos destinados a cubrir el valor correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del costo de la energía eléctrica, debidamente comprobado por las electrificadoras de cada región, de los usuarios de los distritos de riego y de los distritos de riego administrados por el Estado o por las Asociaciones de usuarios debidamente reconocidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 

 

PARÁGRAFO 1º. Para el caso de los usuarios de los distritos de riego cuya facturación sea individual, este beneficio se otorgará sólo para aquellos que no posean más de cincuenta (50) hectáreas. 

 

PARÁGRAFO 2º. Para efectos de la clasificación de los usuarios del servicio de energía, según la Ley 142 de 1994, la utilización de la energía eléctrica para riego dirigido a la producción agropecuaria se clasificará dentro de la clase especial, la cual no pagará contribución. Además con el objeto de comercializar la energía eléctrica, los usuarios en los distritos de riego y los distritos de riego, se clasificarán como usuarios no regulados." 

 

ARTÍCULO 77. El Gobierno Nacional durante la vigencia fiscal de 2004 presentará al Congreso de la República una adición al presupuesto del Ministerio de Agricultura de un mínimo del 50% de las utilidades del año 2003 del Banco Agrario S.A., para programas y proyectos de inversión del sector agropecuario y rural. 

 

ARTÍCULO 78. Los recursos con destino a las entidades públicas que tengan la obligación de atender, la infancia y la adolescencia en los ámbitos de la educación, salud, nutrición, la seguridad social para las madres cabeza de familia, el desplazamiento forzado serán orientados con especial prioridad a la atención de la infancia y la adolescencia indígena y afrodecendientes según lo ordena el compromiso constitucional con la diversidad, la justicia y la solidaridad. 

 

ARTÍCULO 79. El presente Decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto para la vigencia fiscal de 2004. 

 

ARTÍCULO 80. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2004. 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 26 días del mes de diciembre de 2003.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 45416. 30 de diciembre de 2003.