Decreto 310 de 2017 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 310 de 2017

Fecha de Expedición: 24 de febrero de 2017

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES
- Subtema: Planta de Personal

Por el cual se modifica la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES -.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 310 DE 2017

 

(Febrero 24)

 

Por el cual se modifica la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES -, Empresa Industrial y Comercial del Estado

 

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES en su sesión del 29 de junio de 2016, como consta en Acta 97 decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal de la Empresa.

 

Que para efectos de modificar la planta de personal, la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES presentó el correspondiente estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

 

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó concepto de viabilidad presupuestal

 

Que por lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1: La planta de personal de empleados públicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, será la que se establece a continuación:

 

Número de Cargos

Denominación de Empleo

Grado

Uno (1)

Presidente

03

Uno (1)

Jefe de Oficina de Control Interno

02

Uno (1)

Director de Cartera

01

 

 

PARAGRAFO: La incorporación de los empleados públicos a los cargos de que trata el presente artículo se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2: Fijase en dos mil cuatrocientos noventa y uno (2.491) el número de trabajadores oficiales, al servicio de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES.

 

PARAGRAFO: Los costos de noventa y siete (97) cargos de trabajadores oficiales asignados a la Gestión de BEPS, serán cubiertos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 604 de 2013.

 

ARTÍCULO  3: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 4938 de 2011 y 2728 de 2013 y demás normas que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de febrero del año 2017.

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

 

LA MINISTRA DE TRABAJO

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.50.157 de 24 de febrero de 2017.