Decreto 1667 de 2016
Fecha de Expedición: 21 de octubre de 2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES. - CAPRECOM. (EN LIQUIDACIÓN)
- Subtema: Planta de Personal
Por medio del cual se suprimen algunos cargos de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom EICE en Liquidación
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1667 DE 2016
(Octubre 21)
Por medio del cual se suprimen algunos cargos de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom EICE en Liquidación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y en particular de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto 2519 de 2015 se suprimió y ordenó la liquidación de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES- CAPRECOM EICE.
Que el artículo 25 del mencionado decreto, dispuso:
“...Ia supresión de cargos como consecuencia del procesos de liquidación de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES, CAPRECOM EICE, dará lugar a la terminación del vínculo legal y reglamentario o contractual, según el caso, de los servidores públicos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
El liquidador, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que asuma sus funciones, elaborará un programa de supresión de cargos, determinando el personal que por naturaleza de las funciones desarrolladas debe acompañar el proceso de liquidación...”
Que el apoderado general de la Fiduciaria la Previsora S.A en su carácter de liquidador de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES-CAPRECOM EICE en Liquidación, mediante comunicación 201651000000931 de 9 de febrero de 2016, remitió al Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP el programa de supresión de cargos que señala la citada disposición, el cual fue reformulado a través de documento 20160000018801, radicado ante el DAFP el 25 de mayo de 2016
Que mediante Resolución L-000558 de 2016, el apoderado general ofreció el Plan Único de Retiro Consensuado de que trata el artículo 26 del Decreto 2519 de 2015, obteniendo la aceptación de 447 trabajadores oficiales cuyo vínculo laboral terminó por acta de conciliación individual suscrita ante el Ministerio del Trabajo.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, en respuesta radicada el 7 de junio de 2016, encontró ajustada técnicamente la propuesta de supresión de cargos, por lo cual emitió concepto favorable.
Que conforme con lo anterior se hace necesario, suprimir de la planta de cargos de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES, CAPRECOM EICE en Liquidación, ciento setenta y ocho (178) empleos públicos y setecientos noventa (790) cargos de trabajadores oficiales.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Suprímense de la planta de personal de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES - CAPRECOM EICE en Liquidación, los siguientes empleos públicos de libre nombramiento y remoción:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
DENOMINACIÓN |
CÓDIGO |
GRADO |
No. CARGOS |
C102 |
Secretario General de Entidad Descentralizada |
0037 |
18 |
Uno |
C103 |
Subdirector General de Entidad Descentralizada |
0040 |
18 |
Seis |
C301 |
Director Regional |
0042 |
17 |
Treinta y dos |
C202 |
Jefe División |
2040 |
25 |
Veintidós |
C303 |
Jefe División |
2040 |
23 |
Setenta |
C201 |
Jefe de Oficina |
2045 |
26 |
Cinco |
C302 |
Jefe Oficina |
2045 |
19 |
Cuarenta y dos |
TOTAL |
178 |
ARTÍCULO 2º.. Suprímense de la planta de personal de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES - CAPRECOM EICE en Liquidación, los siguientes cargos de trabajadores oficiales:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO |
CARGO |
NO. CARGOS | |
C203 |
Jefe Departamento |
33 |
Treinta y tres |
C304 |
Jefe de Servicios |
26 |
Veintiséis |
C305 |
Jefe Departamento Regional |
67 |
Sesenta y siete |
C306 |
Coordinador Zonal |
09 |
Nueve |
C401 |
Profesional en Salud Especializado |
49 |
Cuarenta y nueve |
C402 |
Profesional en Salud II |
78 |
Setenta y ocho |
C403 |
Profesional en Salud I |
05 |
Cinco |
C404 |
Profesional Asistencial Especializado |
09 |
Nueve |
C405 |
Profesional Asistencial II |
20 |
Veinte |
C406 |
Profesional Asistencial I |
13 |
Trece |
C407 |
Profesional Universitario Especializado II |
23 |
Veintitrés |
C408 |
Profesional Universitario Especializado I |
19 |
Diecinueve |
C409 |
Profesional Universitario II |
27 |
Veintisiete |
C410 |
Profesional Universitario I |
38 |
Treinta y ocho |
C501 |
Tecnólogo II |
36 |
Treinta y seis |
C502 |
Tecnólogo I |
32 |
Treinta y dos |
C503 |
Técnico |
78 |
Setenta y ocho |
C504 |
Técnico Auxiliar II |
12 |
Doce |
C505 |
Técnico Auxiliar I |
94 |
Noventa y cuatro |
C601 |
Secretaria Ejecutiva II |
07 |
Siete |
C602 |
Secretaria Ejecutiva I |
08 |
Ocho |
C603 |
Secretaria III |
24 |
Veinticuatro |
C604 |
Secretaria II |
40 |
Cuarenta |
C605 |
Secretaria I |
10 |
Diez |
C701 |
Conductor Mecánico II |
09 |
Nueve |
C702 |
Conductor Mecánico I |
04 |
Cuatro |
C703 |
Auxiliar Operativo |
16 |
Dieciséis |
C704 |
Auxiliar de Servicios Generales II |
03 |
Tres |
C705 |
Auxiliar de Servicios Generales |
01 |
Uno |
TOTAL |
790 |
ARTÍCULO 3º. Los cargos ocupados por servidores públicos que gozan de fuero sindical establecidos en los artículos 1 y 2 del presente decreto, quedarán suprimidos a partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento del fuero sindical o del vencimiento del término de dicho fuero de acuerdo con la ley y los estatutos.
PARÁGRAFO. Los anteriores cargos se mantendrán temporalmente vigentes en la planta de personal, hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo o hasta la terminación del proceso de liquidación, fecha en la cual se entenderá suprimido el cargo.
ARTÍCULO 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y modifica el Acuerdo 013 de 1997, el Decreto 611 de 1997 y el Acuerdo 019 de 1998.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C. a los 21 días de octubre de 2016
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
LILIANA CABALLERO DURÁN
NOTA: Publicado en el Diario Oficial ***** de octubre ** de 2016