Decreto 4064 de 2011 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4064 de 2011

Fecha de Expedición: 31 de octubre de 2011

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DEL TRABAJO
- Subtema: Salario

Se establecen equivalencias de empleos y se dictan otras disposiciones en materia salarial y prestacional.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 4064 DE 2011

 

(OCTUBRE 31)

 

Por el cual se establecen equivalencias de empleos y se dictan otras disposiciones en materia salarial y prestacional.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

 

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en desarrollo de las facultades extraordinarias otorgadas por la ley 1444 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Migración Colombia, la cual asumió las funciones trasladadas de migración y extranjería que cumplía el Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- en supresión.

 

Que en desarrollo de las facultades constitucionales y legales el Gobierno Nacional adoptó la planta de personal de Migración Colombia y señaló que en los empleos que se creen para el desarrollo de las funciones de esta entidad, deberán ser incorporados los servidores del DAS que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la entidad.

 

Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad DAS en los cargos creados en la planta de personal de Migración Colombia se hace necesario establecer las siguientes equivalencias, entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad DAS y la fijada en el sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional, aplicable a Migración Colombia y determinar aspectos salariales y prestacionales aplicables a los empleados de Migración Colombia que sean incorporados.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1°. Establécense las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- y la nomenclatura y clasificación de empleos públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional, aplicable a Migración Colombia., así:

 

SITUACIÓN ANTEIOR - DAS -

SITUACIÓN NUEVA - MIGRACIÓN COLOMBIA -

DENOMINACIÓN DEL CARGO

NIVEL

GRADO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

Profesional administrativo

302

14

Profesional universitario

2044

8

Profesional administrativo

302

15

Profesional universitario

2044

10

Profesional administrativo

302

16

Profesional universitario

2044

10

Profesional administrativo

302

17

Profesional universitario

2044

12

Profesional especializado

301

18

Profesional especializado

2028

12

Profesional especializado

301

19

Profesional especializado

2028

15

Profesional especializado

301

22

Profesional especializado

2028

18

 

NIVEL TECNICO:

 

SITUACIÓN ANTERIOR - DAS -

SITUACIÓN NUEVA - MIGRACIÓN COLOMBIA -

DENOMINACIÓN DEL CARGO

NIVEL

GRADO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

Detective

208

6

Oficial de migración

3010

11

Detective

208

7

Oficial de migración

3010

13

Detective profesional

207

9

Oficial de migración

3010

15

Detective profesional

207

10

Oficial de migración

3010

16

Detective profesional

207

11

Oficial de migración

3010

17

Detective especializado

206

13

Oficial de migración

3010

18

Detective especializado

206

14

Oficial de migración

3010

18

Detective especializado

206

16

Oficial de migración

3010

18

Oficial técnico de inteligencia

204

9

Oficial de migración

3010

15

Oficial técnico de inteligencia

204

11

Oficial de migración

3010

17

Oficial técnico de inteligencia

204

13

Oficial de migración

3010

18

Oficial de inteligencia

203

15

Oficial de migración

3010

18

Oficial de inteligencia

203

17

Oficial de migración

3010

18

Criminalistico

211

6

Oficial de migración

3010

11

Criminalistico

211

7

Oficial de migración

3010

13

Criminalistico técnico

210

9

Oficial de migración

3010

15

Criminalistico técnico

210

10

Oficial de migración

3010

16

Criminalistico técnico

210

11

Oficial de migración

3010

17

Criminalistico Profesional

209

13

Oficial de migración

3010

18

Criminalistico Profesional

209

15

Oficial de migración

3010

18

Profesional operativo

202

14

Profesional de migración

2020

8

Profesional operativo

202

16

Profesional de migración

2020

10

Profesional operativo

202

17

Profesional de migración

2020

12

Profesional operativo

202

18

Profesional de migración

2020

12

Profesional operativo

202

19

Profesional de migración

2020

15

Profesional operativo

202

22

Profesional de migración

2020

18

Agente secreto

212

7

Agente de migración

3015

11

Agente secreto

212

10

Agente de migración

3015

14

Técnico

305

5

Técnico administrativo

3124

11

Técnico

305

6

Técnico administrativo

3124

11

Técnico administrativo

315

7

Técnico administrativo

3124

13

Técnico administrativo

315

11

Técnico administrativo

3124

16

Técnico administrativo

315

13

Técnico administrativo

3124

17

Interprete

322

12

Técnico administrativo

3124

17

Pagador

312

11

Técnico administrativo

3124

16

Almacenista

314

11

Técnico administrativo

3124

16

 

NIVEL ASISTENCIAL:

 

SITUACIÓN ANTERIOR - DAS -

SITUACIÓN NUEVA - MIGRACIÓN COLOMBIA -

DENOMINACIÓN DEL CARGO

NIVEL

GRADO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

Auxiliar administrativo

324

3

Auxiliar administrativo

4044

12

Auxiliar administrativo

324

4

Auxiliar administrativo

4044

15

Auxiliar administrativo

324

6

Auxiliar administrativo

4044

18

Agente escolta

205

5

Conductor Mecánico

4103

16

Secretario

309

4

Secretario ejecutivo

4210

15

Secretario

309

5

Secretario ejecutivo

4210

16

Secretario

309

5

Secretario ejecutivo

4210

18

Secretario Ejecutivo

308

8

Secretario ejecutivo

4210

21

Secretario Ejecutivo

308

10

Secretario ejecutivo

4210

23

Conductor

317

5

Conductor Mecánico

4103

16

Conductor

317

6

Conductor Mecánico

4103

18

Guardián

214

4

Agente de seguridad

4050

15

Guardián

214

5

Agente de seguridad

4050

16

Guardián

214

6

Agente de seguridad

4050

18

 

ARTÍCULO  2°. Los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS-a quienes se les suprima el empleo como consecuencia de la Supresión del Departamento y cuya incorporación se ordena en los empleos creados en la plata de personal de Migración Colombia, serán incorporados con estricta sujeción a las equivalencias establecidas en el artículo primero del presente decreto, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su posesión del cargo del cual eran titulares.

 

La aplicación de estas equivalencias no conlleva la pérdida de los derechos de carrera para quien los acredite, ni afecta los procesos de selección en curso.

 

PARÁGRAFO. De conformidad con lo señalado en el decreto de supresión del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, para todos los efectos legales y de la aplicación de las equivalencias establecidas en el artículo anterior, la asignación básica de los empleos en los cuales sean incorporados los servidores del DAS comprenderá la asignación básica y la prima de riesgo correspondientes al cargo del cual el empleado incorporado sea titular en el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD DAS a la vigencia del presente decreto. En consecuencia, a partir de la incorporación, la prima de riesgo se entiende integrada y reconocida en la asignación básica del nuevo cargo.

 

Los servidores que sean incorporados en un empleo al cual corresponde una asignación básica inferior al valor de la asignación básica y la prima de riesgo que vienen percibiendo, la diferencia se reconocerá con una bonificaci6n mensual individual por compensación que se entiende integrada a la asignación básica y por lo tanto constituye factor salarial para todos los efectos legales.

 

ARTICULO  3º. Los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS- incorporados en Migración Colombia, conservarán los beneficios salariales y prestacionales que venían percibiendo, con excepción de la prima de riesgo que quedo incorporada a la asignación básica y a la bonificación especial por compensación, hasta su retiro de la entidad.

 

ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de octubre del año 2011

 

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO,

 

ELIZABETH RODRIGUEZ TAYLOR

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

Nota: Publicado en el Diario Oficial No. 48.239 de octubre 31 de 2011.