Decreto 1577 de 1996
Fecha de Expedición: 30 de agosto de 1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. - FINDETER
- Subtema: Estructura Orgánica
Por medio del cual se autoriza una nueva operación a la Sociedad Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -FINDETER -, para descontar créditos en moneda extranjera otorgados a las entidades territoriales para adelantar procesos de reestructuración administrativa
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(Agosto 30)
Derogado por el Artículo 12.2.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010.
“Por el cual se autoriza una nueva operación a la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el literal a) del numeral 1º del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, e informada previamente la Junta Directiva del Banco de la República,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Con el fin de promover el desarrollo regional y urbano, en adelante la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, podrá descontar créditos en moneda extranjera otorgados a las entidades territoriales, con cargo a recursos de crédito externo que cuenten con la garantía de la Nación, para adelantar procesos de reestructuración administrativa y saneamiento fiscal realizados de conformidad con los planes de desempeño que para ese efecto acuerde la entidad territorial beneficiaria, con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Findeter.
ARTÍCULO 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deja sin efecto las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de agosto de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 42871. 5 de septiembre de 1996.