Decreto 266 de 1995 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 266 de 1995

Fecha de Expedición: 07 de febrero de 1995

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se crea la Secretaría de Apoyo a la Gestión Municipal en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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DECRETO 266 DE 1995

 

(Febrero 7)

 

“Por el cual se crea la Secretaría de Apoyo a la Gestión Municipal en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º Créase en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el cargo de Secretario de Apoyo a la Gestión Municipal. 

 

ARTÍCULO 2º El Secretario de Apoyo a la Gestión Municipal, que corresponde al cargo de Secretario Presidencia Código 140 Grado 41 de que trata el Decreto 1941 de 1994, cumplirá las siguientes funciones: 

 

a) Preparar estudios, análisis y documentos de apoyo sobre las materias referentes a la descentralización municipal, en coordinación con el Consejero para el Desarrollo Institucional; 

 

b) Realizar el seguimiento de las iniciativas presidenciales en materia de descentralización municipal; 

 

c) Elaborar programas tendientes a fortalecer la capacidad de gestión de los municipios; 

 

d) Preparar las propuestas que considere adecuadas para lograr la coordinación interinstitucional entre la Nación y los municipios; 

 

e) Proponer medidas tendientes a consolidar el proceso de descentralización de los municipios; 

 

f) Las demás que le asigne el Presidente de la República. 

 

ARTÍCULO 3º El Secretario de Apoyo a la Gestión Municipal cumplirá sus funciones bajo la supervisión del Vicepresidente de la República. 

 

ARTÍCULO 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de febrero de 1995.

 

ERNESTO SAMPER PIZANO

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

 

JUAN MANUEL TURBAY MARULANDA.

 

NOTA: Publicado en el diario oficial. N. 41706. 7 de febrero de 1995