Decreto 234 de 2012
Fecha de Expedición: 01 de febrero de 2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Subtema: Clasificación de empleos
El Sistema de Nomenclatura y Clasificación de los empleos de las entidades que integran el Sector Defensa.
NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN
- Subtema: Ministerio de Defensa Nacional
se modifica el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades que integran el sector defensa.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 234 DE 2012
(Febrero 01)
Por el cual se modifica el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de los empleos de las entidades que integran el Sector Defensa
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 de 1992,
Decreta:
ARTÍCULO 1°. CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas en este decreto son aplicables a los empleos de la planta de personal no uniformado de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 2° NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN DE EMPLEOS. Crease la siguiente nomenclatura y clasificación de los empleos de la planta de personal no uniformado de la Policía Nacional, así:
DENOMINACIÓN |
CODIGO |
GRADO |
NIVEL PROFESIONAL | ||
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
1 |
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
2 |
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
3 |
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
4 |
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
5 |
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
6 |
Profesional de Identificación y Registro |
I-3 |
7 |
NIVEL TÉCNICO | ||
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
1 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
2 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
3 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
4 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
5 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
6 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
7 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
8 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
9 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
10 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
11 |
Técnico de Identificación y Registro |
I-2 |
12 |
NIVEL ASISTENCIAL | ||
Auxiliar de Identificación y Registro |
I-1 |
1 |
Auxiliar de Identificación y Registro |
I-1 |
2 |
Auxiliar de Identificación y Registro |
I-1 |
3 |
Auxiliar de Identificación y Registro |
I-1 |
4 |
Auxiliar de Identificación y Registro |
I-1 |
5 |
ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y se adiciona al Decreto 092 de 2007.
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 1 días del mes de febrero del año 2012
JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
JUAN CARLOS PINZÓN BUENO
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. 48.330 de enero 02 de 2012.