Decreto 2247 de 2011 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2247 de 2011

Fecha de Expedición: 28 de junio de 2011

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se modifica la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
- Subtema: Planta de Personal

Se modifica la planta de personal de la PGN en cumplimiento a lo señalado en las Leyes 1424 de 2010 y 1448 de 2011.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2247 DE 2011

 

(Junio 28)

 

“Por el cual se modifica la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

 En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1424 de 2010, en concordancia con el parágrafo 2° del artículo 119 de la Ley 1448 de 2011, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1424 de 2010 se concedieron facultades extraordinarias para modificar la estructura y la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación.

 

Que al parágrafo 2° del artículo 119 de la Ley 1448 de 2011 prevé que el Gobierno Nacional en desarrollo de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 1424 de 2010 creará los empleos en la Procuraduría General de la Nación para cumplir con sus deberes constitucionales y legales, principalmente para atender e intervenir en los procesos de restitución de tierras ante los jueces y Tribunales Superiores de Distrito Judicial.

 

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1424 de 2010 y en el parágrafo 2° del artículo 119 de la Ley 1448 de 2011, se elaboró el estudio técnico en el cual se determinaron las necesidades que en materia de personal requiere la Procuraduría General de la Nación a efectos de garantizar a las víctimas del conflicto armado, el establecimiento de la verdad, la justicia y la reparación de daños que hayan sufrido por parte de grupos organizados al margen de la ley; así como la adecuada atención, orientación, seguimiento y apoyo que requieran en su gestión ante las entidades competentes encargadas de adelantar los respectivos trámites.

 

Que además del apoyo a las víctimas del conflicto armado, se requiere brindar por parte de la entidad la debida atención a las personas desmovilizadas no postuladas al proceso de justicia y paz; antiguamente pertenecientes a los grupos organizados al margen de la ley, e intervenir en los procesos de restitución de tierras.

 

Que el Gobierno Nacional, previa disponibilidad presupuestal, considera procedente modificar la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1°. Modifícase la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, creando los siguientes cargos de carácter permanente:

 

DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

 

N DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

10 (Diez)

Asesor

1AS

25

PLANTA FIJA DEL NIVEL CENTRAL

N DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

2 (Dos)

Procurador Delegado

OPD

EA

PLANTA GLOBALIZADA

N DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

50 (Cincuenta)

Procurador Judicial II

3PJ

EC

50 (Cincuenta)

Procurador Judicial I

3PJ

EG

35 (Treinta y cinco)

Asesor

1AS

19

50 (Cincuenta)

Sustanciador

4SU

11

25 (Veinticinco)

Sustanciador

4SU

9

 

PARÁGRAFO. La provisión de los cargos que se crean en este artículo, se realizará de acuerdo con la respectiva apropiación presupuestal.

 

ARTÍCULO  2°. El Procurador General de la Nación podrá distribuir mediante acto administrativo motivado, los empleos de la planta de personal globalizada creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto-ley 265 de 2000.

Publíquese y cúmplase.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de Junio de 2011.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA,

 

GERMÁN VARGAS LLERAS.

 

EL VICEMINISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

WILLIAM BRUCE MAC MASTER ROJAS.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48114. 28 de Junio de 2011.