Decreto 4166 de 2007 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4166 de 2007

Fecha de Expedición: 29 de octubre de 2007

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

INDUSTRIA MILITAR - INDUMIL.
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos dela Industria Militar “Indumil” y se dictan otras disposiciones.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

Gloria Jimenez DECRETO 4166 DE 2007 Gloria Jimenez 2 3 2015-12-17T13:48:00Z 2015-12-17T13:48:00Z 2 515 2833 esportsc 23 6 3342 14.00 Clean Clean false 21 false false false ES-CO X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin:0cm; mso-para-margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:10.0pt; font-family:"Calibri","sans-serif";}

DECRETO 4166 DE 2007

 

(Octubre 29)

 

“Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos dela Industria Militar “Indumil” y se dictan otras disposiciones.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007 ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización "TO" expedida para cada entidad o dependencia;

 

Que mediante Resolución número 089 del 3 de abril de 2007, modificada por la Resolución número 146 del 8 de mayo de 2007, fue expedida la Tabla de Organización "TO" de la Planta de Personal de la Industria Militar "Indumil" a que se refiere el artículo 20 del Decreto-ley 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;

 

Que la Junta Directiva de la Industria Militar "Indumil", decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal que se establece en el presente decreto, como consta en el Acta número 560A de fecha 11 de abril de 2007,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. La planta de personal de Empleados Públicos de la Industria Militar “Indumil”, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, será la siguiente:

 

PLANTA GLOBAL

 

N DE CARGOS

 

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

1 (uno)

 

GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA VINCULADA DEL SECTOR DEFENSA

1-2

21

4 (cuatro)

 

SUBGERENTE DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA VINCULADA DEL SECTOR DEFENSA

1-2-1

18

3 (tres)

 

DIRECTOR DEL SECTOR DEFENSA

1-3

11

1 (uno)

 

AUDITOR INTERNO DEL SECTOR DEFENSA

1-2-1

13

 

ARTÍCULO 2º. El Gerente de la Industria Militar "Indumil", mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO 3º. Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de la Industria Militar "Indumil", serán incorporados en los cargos de los que trata el artículo 1º, en un término máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación.

 

ARTÍCULO 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 200 del 7 de febrero de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2007.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERON.

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. No. 46797. 30 de Octubre de 2007. Pág. 5.