Acto Legislativo 01 de 2015 Congreso de la República - Gestor Normativo - Función Pública

Acto Legislativo 01 de 2015 Congreso de la República

Fecha de Expedición: 25 de junio de 2015

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
- Subtema: Reforma

Por el cual se reforma el artículo 221 de la Constitución Política de Colombia que regla las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, en cuanto a juez natural, integración de tribunales y estatuto aplicable para su juzgamiento.

ACTO LEGISLATIVO 1 DE 2015

(Junio 25)

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por el cual se reforma el artículo 221 de la Constitución Política de Colombia.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. El artículo 221 de la Constitución Política quedará así:

De las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro.

En la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de los miembros de la Fuerza Pública, en relación con un conflicto armado o un enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional Humanitario, se aplicarán las normas y principios de este. Los jueces y fiscales de la justicia ordinaria y de la Justicia Penal Militar o Policial que conozcan de las conductas de los miembros de la Fuerza Pública deberán tener formación y conocimiento adecuado del Derecho Internacional Humanitario.

La Justicia Penal Militar o policial será independiente del mando de la Fuerza Pública.

ARTÍCULO 2°. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación.

JOSÉ DAVID NAME CARDOZO.

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA,

GREGORIO ELJACH PACHECO.

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA,

FABIO RAÚL AMÍN SALEME.

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES,

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO.

EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES,

Bogotá D.C., 12 de junio de 2015

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

NOTA: PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL NO. 49554 DE JUNIO 25 DE 2015.