Decreto 715 de 2009 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 715 de 2009

Fecha de Expedición: 06 de marzo de 2009

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DECRETO SALARIAL
- Subtema: Ministerio de Hacienda y Credito Público

Por el cual se fija la remuneración mensual para unos empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

SISTEMA SALARIAL
- Subtema: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN

Por el cual se fija la remuneración mensual para unos empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

 

DECRETO 715 DE 2009

 

(Marzo 6)

 

 Derogado por Decreto Nacional 1380 de 2010

Por el cual se fija la remuneración mensual para unos empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. A partir del 1° de enero de 2009, fíjase la asignación básica mensual de los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que no optaron por el régimen señalado en los Decretos 618 de 2006 y 4050 de 2008, así:

 

DENOMINACION DEL EMPLEO

ASIGNACION BASICA

Profesional en Ingresos Públicos I Nivel 30 Grado 19

1.762.972

Auxiliar II Nivel 11 Grado 05

880.084

 

PARÁGRAFO. Los funcionarios que ocupen los empleos a que se refiere este decreto, continuarán percibiendo los beneficios salariales y prestacionales que se les vienen reconociendo.

 

ARTÍCULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 649 de 2008 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2009.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de marzo del año 2009

 

JUAN PABLO ZÁRATE PERDOMO

 

EL VICEMINISTRO TÉCNICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ENCARGARDO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

ELIZABETH RODRIGUEZ TAYLOR

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.47.283 de 6 de marzo de 2009