Circular 36 de 2007 Comisión Nacional del Servicio Civil
Fecha de Expedición: 31 de julio de 2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
- Subtema: Sistema de Evaluación del Desempeño Laboral
Ejercicio Pedagógico Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral STEDL 1000:2006
CIRCULAR CNSC 36 DE 2007
(Julio 31)
DE: Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC-.
PARA: Entidades a las cuales aplica el Sistema General de Carrera.
ASUNTO: Ejercicio Pedagógico Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral STEDL 1000:2006
FECHA: 31 de julio de 2007.
En cumplimiento de las funciones asignadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 007 del 5 de diciembre de 2006 "Por el cual se señalan los criterios legales y se establecen las directrices de la CNSC para la evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera o en período de prueba".
Posteriormente, publicó el Acuerdo 009 del 31 de enero de 2007 mediante el cual se adicionó el acuerdo No. 07 de 2006, y dispuso:
"ARTÍCULO 1º: Adiciónese al Capítulo IX del Acuerdo No. 07 del 05 de diciembre de 2006, un artículo transitorio con el siguiente contenido:
ARTÍCULO TRANSITORIO: A partir del 1° de febrero de 2007 las entidades podrán dar aplicación al Sistema de Evaluación de Desempeño Laboral contenido en el Acuerdo 07 de 2006 emanado de la Comisión Nacional del Servicio Civil o transitoriamente dar aplicación al instructivo anexo al presente Acuerdo durante el período de Evaluación comprendido entre 1 de febrero 2007 y el 31 de enero de 2008.
En caso de acoger el mecanismo transitorio las entidades deberán tener en cuenta:
- Las Metas Institucionales y Plan de Acción para la vigencia 2007.
- Al fijar los compromisos o concertar objetivos se deben establecer, de manera clara, los elementos para la medición objetiva, cuantificable y verificable de su cumplimiento.
- En la evaluación deberá participar un funcionario de libre nombramiento y remoción."
Teniendo en cuenta que fue derogado el Acuerdo 55 de 1999, por el cual se adoptaba el anterior instrumento de evaluación del desempeño laboral, se establecieron tres alternativas posibles para el período de evaluación anual comprendido entre el 1 de febrero de 2007 al 31 de enero de 2008 y son las siguientes:
1. Adopción e implementación del sistema propio desarrollado conforme a los criterios y directrices de la CNSC y previa aprobación por parte de esta entidad, con los Instrumentos que correspondan.
2. Adopción, previo ajuste y modificaciones, del Sistema tipo diseñado por la CNSC y contenido en el Acuerdo 007 de 2006, junto con los Instrumentos STEDL 1000:2006
3. Desarrollo del proceso con la aplicación transitoria de los Formularios a que hace referencia el Acuerdo 009 de 2007.
Para las entidades que optaron por la tercera alternativa, de conformidad con lo señalado en el Acuerdo 009 de 2007, se dispuso lo siguiente:
"PARÁGRAFO 1º: Las entidades que opten por la aplicación transitoria del instrumento a que hace referencia el presente Acuerdo, para efectos pedagógicos deberán aplicar para el segundo semestre de 2007 de manera simultánea, el sistema tipo aprobado mediante el Acuerdo No. 07 de 2006 entre el 1° de agosto 2007 y el 31 de enero de 2008, sin que sus resultados produzcan ningún efecto. La Comisión Nacional del Servicio Civil en ejercicio de la función de vigilancia controlará el cumplimiento de esta disposición."
Para el ejercicio pedagógico a desarrollar en el segundo semestre del 2007, el cual en ningún caso suspende el proceso de la evaluación anual del período 2007-2008, las entidades deben tener en cuenta las actividades, los tiempos previstos y seguir las siguientes instrucciones:
1. Selección de participantes para el ejercicio pedagógico, preparación y capacitación previa:
Tiempo para realización:
Hasta el 31 de agosto de 2007.
Dado el carácter de ejercicio pedagógico de la aplicación, la entidad debe definir un grupo de trabajo para su desarrollo, no siendo necesario involucrar a todas las áreas y dependencias.
Las entidades deben disponer de la información básica sobre su organización, planes, programas y metas, y manuales de funciones, requerida para aplicar el ejercicio.
Se deben realizar jornadas de capacitación respecto a los insumos requeridos para la implementación del sistema tipo, los conceptos a aplicar y la información a registrar en el instrumento en sus diferentes etapas.
Las entidades deben tener en cuenta el nuevo instrumento del Sistema Tipo diseñado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, el cual se presenta anexo a esta Circular.
2. Aplicación del ejercicio.
Tiempo para realización:
Del 3 de septiembre al 7 de noviembre de 2007.
3. Consolidación de resultados del ejercicio y remisión del informe a la CNSC.
Tiempo para realización:
Entre el 8 y el 21 de noviembre de 2007.
Las entidades deben remitir a la CNSC, a través del e-mail: evaluaciondeldes@cnsc.gov.co, un informe con la siguiente información producto del ejercicio pedagógico:
- Descripción general de la conformación del equipo seleccionado con el cual se desarrolló el ejercicio (dependencia y área funcional, cargos desempeñados y nombres completos de los evaluados).
- Metodología aplicada en el ejercicio.
- Observaciones, sugerencias y comentarios que surjan en relación con la aplicación del sistema tipo y el instrumento modificado.
- Propuestas de ajuste al Sistema Tipo.
La Comisión Nacional del Servicio Civil hará los ajustes al Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral y al Instrumento para su aplicación y los dará a conocer antes del viernes 21 de diciembre de 2007, tiempo a partir del cual se hará la divulgación respectiva para su implementación en el período a evaluar a partir del 1 de febrero de 2008 (excepción hecha de las entidades a las cuales se haya aprobado sistema propio de EDL).
Por último, las entidades que tienen Sistema Específico de Carrera, continuarán evaluando el desempeño laboral de los empleados de carera con fundamento en su legislación especial, mientras obtienen la aprobación de su sistema propio de Evaluación por la CNSC.
Cordialmente,
LUZ PATRICIA TRUJILLO MARÍN
PRESIDENTA
NOTA: Publicado en el Diario Oficial ** de *** ** de 2007.