Directiva 5 de 2014 Presidencia de la Republica
Fecha de Expedición: 24 de noviembre de 2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
ENTIDADES PUBLICAS
- Subtema: Suministro de Información
Directrices para el manejo de imagen, mensajes y publicidad por parte de las entidades públicas del Orden Nacional.
ENTIDADES PUBLICAS
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DIRECTIVA PRESIDENCIAL No. 05
(Noviembre 24)
PARA: Ministerios, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Directores de Unidades Administrativas, Gerentes y Presidente de Entidades Descentralizadas del Orden Nacional.
DE: Presidente de la República.
ASUNTO: Directrices para el manejo de imagen, mensajes y publicidad por parte de las entidades públicas del Orden Nacional.
FECHA: 24 de noviembre de 2014
Las entidades a las cuales va dirigida la presente Directiva tendrán una imagen unificada, para lo cual deberán seguir el Manual de Imagen expedido por el Ministro Consejero para las Comunicaciones de la Presidencia de la República, anexo a la presente, mediante el cual se imparten instrucciones de identidad visual y uso de la imagen.
Con el propósito de garantizar la debida coordinación en el manejo de la publicidad en el Gobierno Nacional, la optimización en la utilización de los recursos públicos y la uniformidad de criterios frente al manejo de la imagen de las instituciones que integran la Administración Pública Nacional, a partir de la fecha las autoridades responsables de ordenar los gastos de publicidad en las entidades destinatarias de la presente directiva, deberán enviar previamente al Ministro Consejero de Comunicaciones las campañas publicitarias que se pretenden adelantar, con sus respectivos planes de medios y demás material objeto de publicación o emisión en medios masivos de comunicación.
Una vez recibida la información, el Ministro Consejero de Comunicaciones deberá, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo, dar a conocer sus comentarios sobre el ajuste de la propuesta a las políticas en materia de comunicaciones trazadas por el Gobierno.
Cada una de las entidades deberá informar antes del día 14 de noviembre de 2014 al Ministro Consejero de Comunicaciones el nombre de la persona encargada de los asuntos de comunicaciones y publicidad en la entidad y el monto asignado a publicidad para la vigencia de 2015, el cual deberá estar acorde con el Plan de Austeridad.
Se reitera la importancia que tiene el manejo coordinado y unificado de la estrategia nacional de comunicaciones y prensa del presente Gobierno para tener un nuevo país, en paz, con equidad y mejor educado.