Decreto 1023 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1023 de 2013

Fecha de Expedición: 21 de mayo de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia: 21 de mayo de 2013

Medio de Publicación: Diario Oficial 48797 de mayo 21 de 2013.

DECRETO SALARIAL
- Subtema: Rama Judicial

Por el cual se fija la escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial y se dictan otras disposiciones.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1023 DE 2013

 

(Mayo 21)

 Derogado por el art. 8, Decreto Nacional 193 de 2014

Por el cual se fija la escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial y se dictan otras disposiciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. A partir del 1° de enero de 2013, fijase la siguiente escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial:

 

Grado

Asignación básica

Grado

Asignación básica

01

595.032

11

2.382.087

02

707.393

12

2.528.764

03

856.293

13

2.693.201

04

1.005.706

14

2.992.199

05

1.276.229

15

2.992.248

06

1.412.980

16

3.479.210

07

1.737.891

17

3.533.984

08

1.893.711

18

3.812.721

09

1.893.714

19

3.823.965

10

2.234.257

20

3.865.190

 

ARTÍCULO 2. A partir del 1° de enero de 2013, la remuneración mensual del Director Ejecutivo de la Administración Judicial por concepto de asignación básica será la suma de un millón novecientos noventa y ocho mil ciento treinta y tres pesos ($1.998.133) m/cte., y por concepto de gastos de representación tres millones quinientos diez y ocho mil trescientos once pesos ($3.518.311) m/cte.

 

ARTÍCULO 3. A partir del 1° de enero de 2013, el cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de los empleos de Director Administrativo Grado 20 de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y los Jefes de Oficina Grado 20 de las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial tendrá el carácter de gastos de representación, únicamente para efectos fiscales.

 

ARTÍCULO 4. Las cesantías de los servidores públicos vinculados a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial podrán ser administradas por las sociedades cuya creación se autorizó en la Ley 50 de 1990 o por el Fondo Público que el Consejo Superior de la Judicatura señale. El Consejo Superior de la Judicatura establecerá las condiciones y requisitos para ello, en los cuales indicará que los recursos serán girados directamente a dichas Sociedades o Fondo.

 

ARTÍCULO 5. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10° de la Ley 4a de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

 

ARTÍCULO 6. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4a de 1992.

 

ARTÍCULO 7. El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.

 

ARTÍCULO 8. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 847 de 2012 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2013.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 21 días del mes de mayo de 2013

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,

 

RUTH STELLA CORREA PALACIO

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48797 de mayo 21 de 2013.