Sentencia C-604 de 2012 Corte Constitucional
Fecha de Expedición: 01 de agosto de 2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CONCILIACIONES, SENTENCIAS Y LAUDOS ARBITRALES
- Subtema: Liquidación
¿El nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo contempla en su artículo 192 un procedimiento expresamente dirigido al cumplimiento de las sentencias o conciliaciones por parte de las entidades públicas, el cual establece expresamente que las condenas impuestas a entidades públicas consistentes en el pago o devolución de una suma de dinero serán cumplidas en un plazo máximo de diez (10) meses. (¿) De esta manera la Ley 1437 de 2011 le otorga un plazo al Estado para el cumplimiento de las sentencias y conciliaciones para garantizar que pueda dar aplicación a las reglas del presupuesto y a los principios de legalidad y planeación, por lo cual sería completamente contradictorio que de un lado se establezcan estas reglas y de otro se apliquen al Estado los máximos intereses legales cuando se cumplen estos plazos. (¿) En consecuencia, la jurisprudencia de la Corte ha señalado que el Estado deberá pagar intereses moratorios por el incumplimiento de sus obligaciones y que pueden existir distintos regímenes de intereses tal como sucede con los intereses civiles y los intereses comerciales. (¿). De acuerdo a lo anteriormente señalado el Estado debe pagar intereses moratorios en caso de incumplimiento, los cuales deben en todo caso tener un componente indemnizatorio. La norma demandada establece que el Estado deberá pagar intereses moratorios a la tasa del DTF dentro de los 10 meses siguientes a la fecha en que esté en firme la providencia que establezca la condena o de la celebración del acuerdo conciliatorio. Por lo anterior, a continuación se determinará si la tasa del DTF puede reflejar un componente indemnizatorio y por ello puede constituir un interés moratorio. (¿) El respeto de los principios del presupuesto exige que no se pueda obligar a una entidad a cumplir inmediatamente con una sentencia o acuerdo conciliatorio, sin atender a los trámites y procedimientos internos para efectuar el pago, pues se correría el riesgo de que al hacerlo se tengan que desconocer las normas del presupuesto y de las actuaciones administrativas, reglas a las cuales no está sometido un particular a quien por tanto sí le es exigible que cumpla inmediatamente con un fallo o acuerdo.¿
CONCILIACIONES, SENTENCIAS Y LAUDOS ARBITRALES
- Subtema: Reconocimiento y Pago
¿Los intereses moratorios son aquellos que se pagan para el resarcimiento tarifado o indemnización de los perjuicios que padece el acreedor por no tener consigo el dinero en la oportunidad debida. La mora genera que se hagan correr en contra del deudor los daños y perjuicios llamados moratorios que representan el perjuicio causado al acreedor por el retraso en la ejecución de la obligación. (¿) Por lo anterior, en Colombia el interés moratorio tiene un contenido indemnizatorio distinto a la simple corrección monetaria, situación que no puede ser desconocida por el legislador al momento de determinar las tasas a las cuales lo vincula, por lo cual los intereses moratorios deberán contemplar un componente inflacionario o de corrección monetaria y uno indemnizatorio, el cual podrá variar teniendo en cuenta la existencia de diversos regímenes en cuanto a las tasas de interés, tal como sucede en relación con los intereses civiles y comerciales según se reconoció en la sentencia C - 364 de 2000. En la actualidad la DTF es ¿es el promedio ponderado de las tasas de interés efectivas de captación a 90 días (las tasas de los Certificados de Depósito a Término a 90 días) de los establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial y corporaciones de ahorro y vivienda¿ 32. De esta manera, la DTF permite reconocer la pérdida de poder adquisitivo del dinero, pero además contempla un valor adicional establecido por el mercado financiero, pues los Certificados de Depósito a Término superan siempre el valor de la inflación. La DTF es uno de los múltiples factores que anualmente utiliza el Banco de la República para la determinación de la inflación, junto a otros criterios como los agregados monetarios (base monetaria, medios de pago M1, M3 más bonos, crédito), las tasas de interés (DTF y la tasa de interés de colocación), los tipos de cambio (tasa de cambio), la oferta y la demanda (según el producto interno bruto, la industria, el consumo y la inversión), los salarios, el empleo, la utilización de la capacidad instalada y la situación fiscal (déficit)33, lo cual explica que la DTF ha sido históricamente superior en varios puntos a la inflación (¿).De esta manera, la DTF no solamente tiene un componente inflacionario que reconoce la pérdida del poder adquisitivo del dinero, sino que también incluye una tasa adicional que busca fomentar el ahorro en el mercado financiero.¿
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