Decreto 2647 de 1998
Fecha de Expedición: 29 de diciembre de 1998
Fecha de Entrada en Vigencia: 29 de diciembre de 1998
Medio de Publicación: Diario Oficial 43464 del 30 de diciembre de 1998
SERVIDORES PUBLICOS
- Subtema: Compensatorios
Se reconocerá y pagara en dinero los días compensatorios, en forma proporcional en favor de cada empleado hasta el 30 de Diciembre de 1998, art. 1
SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES
- Subtema: Compensatorios
Se reconocerá y pagara en dinero los días compensatorios, en forma proporcional en favor de cada empleado hasta el 30 de Diciembre de 1998, art. 1.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 2647 DE 1998
(Diciembre 29)
“Por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades legales y en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Se podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, en forma proporcional a lo que se ha causado en favor de cada empleado público, si existe disponibilidad presupuestal, sin que se afecten los recursos para el pago de las horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia. Ver art. 1 Decreto Nacional 2777 de 2000, Ver el Decreto Nacional 3546 de 2005
ARTÍCULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de diciembre de 1998.
ANDRÉS PASTRANA ARANGO
EL VICEMINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
JUAN MARIO LASERNA JARAMILLO.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
MAURICIO ZULUAGA RUIZ.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial ** de *** ** de 1998.