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 Sentencia C-52 de 2012 Corte Constitucional - Gestor Normativo - Función Pública

Sentencia C-52 de 2012 Corte Constitucional

Fecha de Expedición: 08 de febrero de 2012

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROCESO DE PAZ
- Subtema: Acuerdo Sobre las Víctimas del Conflicto

Corte Constitucional declara EXEQUIBLES, las expresiones "en primer grado de consanguinidad, primero civil" y "cuando a esta (sic) se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida", ambas contenidas en el inciso 2° del artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, "Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones", en el entendido que también son víctimas aquellas personas que hubieren sufrido un daño, en los términos del inciso primero de dicho artículo.

PROCESO DE PAZ


La sentencia actualizada se encuentra disponible en la entidad que la origina

Puede verificar esta información en la página de la Relatoría de la Corte Constitucional haciendo clic en el enlace a continuación:

Sentencia C-52 de 2012 Corte Constitucional