Decreto 791 de 2010 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 791 de 2010

Fecha de Expedición: 11 de marzo de 2010

Fecha de Entrada en Vigencia: 11 de marzo de 2010

Medio de Publicación: Diario Oficial 47.648 de marzo 11 de 2010

PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES
- Subtema: Control y Vigilancia

Designa delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Congresistas el 14 de marzo de 2010 en cada una de las entidades territoriales, para el normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 791 DE 2010

(Marzo 11)

Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones.

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 718 DEL 5 DE MARZO DE 2010,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 20 del Decreto número 671 del 3 de marzo de 2010, y

Ver el Decreto Nacional 830 de 2010Ver el Decreto Nacional 829 de 2010

CONSIDERANDO:

Que el artículo 20 del Decreto número 671 del 3 de marzo de 2010, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Congresistas el 14 de marzo.

DECRETA:

Artículo 1°. Delegar a los Viceministros del Interior, doctora Viviana Manrique Zuluaga y de Defensa para la Estrategia y Planeación, doctor Alejandro Arbeláez Arango, de conformidad con las competencias de sus Ministerios y las instrucciones de sus respectivos Ministros, la coordinación conjunta con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente de la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.

Artículo 2°. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 20 del Decreto 671 del 3 de marzo de 2010, desígnanse los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los departamentos que se citan a continuación:

DEPARTAMENTO

DELEGADO PRESIDENCIAL

 

BOGOTÁ, D. C.

GABRIEL DUQUE MILDENBERG

 Viceministro de Comercio Exterior

AMAZONAS

RICARDO DUARTE DUARTE

Viceministro de Desarrollo Empresarial Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

ANTIOQUIA

JUAN CAMILO SALAZAR RUEDA

 Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural

ARAUCA

JUAN CARLOS MONROY

 Director Nacional de Derechos de Autor

ATLÁNTICO

EDISON PÉREZ BEDOYA

Director del IPSE

BOLÍVAR

LUIS FELIPE HENAO CARDONA

 Viceministro de Vivienda Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

BOYACÁ

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ

Viceministra de Minas y Energía

CALDAS

RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN

Director del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales

CAQUETÁ

CARLOS JORGE RODRÍGUEZ

Viceministro Técnico Ministerio de la Protección Social

CASANARE

MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO

Viceministra de Cultura

CAUCA

CLAUDIA MORA PINEDA

Viceministra de Ambiente Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

CESAR

NATALIA SALAZAR FERRO

Viceministra Técnica Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CÓRDOBA

ISABEL SEGOVIA OSPINA

Viceministra de Educación Básica y Media Ministerio de Educación Nacional

CHOCÓ

GABRIEL BURGOS MANTILLA

Viceministro de Educación Superior Ministerio de Educación Nacional

CUNDINAMARCA

ADRIANA MEJÍA HERNÁNDEZ

Viceministra de Asuntos Multilaterales Ministerio de Relaciones Exteriores

GUAVIARE

MIGUEL CAMILO RUIZ BLANCO

Viceministro de Relaciones Exteriores Ministerio de Relaciones Exteriores

GUAINÍA

RICARDO ECHEVERRI LÓPEZ

Viceministro de Relaciones Laborales Ministerio de la Protección Social

HUILA

CARLOS IGNACIO CUERVO VALENCIA

Viceministro de Salud y Bienestar Ministerio de la Protección Social

LA GUAJIRA

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–

MAGDALENA

MIGUEL CEBALLOS AREVALO

Viceministro de Justicia

META

ESTEBAN PIEDRAHÍTA URIBE

Director Nacional de Planeación

NARIÑO

JUAN FRANCISCO MIRANDA MIRANDA

Director Departamento Administrativo Ciencia, Tecnología e Innovación

NORTE DE SANTANDER

HÉCTOR MALDONADO GÓMEZ

Director Departamento Nacional de Estadística

PUTUMAYO

JORGE MARIO EASTMAN

Viceministro para las Políticas y Asuntos Internacionales Ministerio de Defensa Nacional

QUINDÍO

FERNANDO TAPIAS STAELIN

Grupo Social y Empresarial de la Defensa

RISARALDA

ROSEMBERG PABÓN PABÓN

Director Administrativo Nacional de la Economía Solidaria

SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA SANTA CATALINA

MARTHA LUCÍA VILLEGAS BOTERO

Directora Instituto Colombiano de Crédito Educativo de Estudios Técnicos en el Exterior- ICETEX

SANTANDER

ÓSCAR RUEDA GARCÍA

Viceministro de Turismo Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

SUCRE

MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA

Directora de la Imprenta Nacional de Colombia

TOLIMA

LUIS FERNANDO CAICEDO LINCE

Director Instituto Colombiano Agropecuario- ICA

VALLE

ORLANDO GARCÍA-HERREROS SALCEDO

Superintendente de Notariado y Registro

VAUPÉS

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

Directora Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

VICHADA

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

Directora Departamento Administrativo de la Función Pública

Artículo 3°. Los delegados designados mediante Decreto 522 del 17 de febrero de 2010 deberán rendir informe de las gestiones realizadas y estar en permanente contacto con los delegados presidenciales que por este decreto se designan.

Artículo 4°. Los gastos que ocasionen el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.

Artículo 5°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. C. a los 11 de marzo de 2010.

FABIO VALENCIA COSSIO

El Ministro del Interior y de Justicia,

Fabio Valencia Cossio.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.648 de marzo 11 de 2010.