Decreto 791 de 2010
Fecha de Expedición: 11 de marzo de 2010
Fecha de Entrada en Vigencia: 11 de marzo de 2010
Medio de Publicación: Diario Oficial 47.648 de marzo 11 de 2010
PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES
- Subtema: Control y Vigilancia
Designa delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Congresistas el 14 de marzo de 2010 en cada una de las entidades territoriales, para el normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 791 DE 2010
(Marzo 11)
Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones.
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 718 DEL 5 DE MARZO DE 2010,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 20 del Decreto número 671 del 3 de marzo de 2010, y
Ver el Decreto Nacional 830 de 2010, Ver el Decreto Nacional 829 de 2010CONSIDERANDO:
Que el artículo 20 del Decreto número 671 del 3 de marzo de 2010, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Congresistas el 14 de marzo.
DECRETA:
Artículo 1°. Delegar a los Viceministros del Interior, doctora Viviana Manrique Zuluaga y de Defensa para la Estrategia y Planeación, doctor Alejandro Arbeláez Arango, de conformidad con las competencias de sus Ministerios y las instrucciones de sus respectivos Ministros, la coordinación conjunta con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente de la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.
Artículo 2°. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 20 del Decreto 671 del 3 de marzo de 2010, desígnanse los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los departamentos que se citan a continuación:
DEPARTAMENTO |
DELEGADO PRESIDENCIAL |
|
BOGOTÁ, D. C. |
GABRIEL DUQUE MILDENBERG |
Viceministro de Comercio Exterior |
AMAZONAS |
RICARDO DUARTE DUARTE |
Viceministro de Desarrollo Empresarial Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
ANTIOQUIA |
JUAN CAMILO SALAZAR RUEDA |
Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural |
ARAUCA |
JUAN CARLOS MONROY |
Director Nacional de Derechos de Autor |
ATLÁNTICO |
EDISON PÉREZ BEDOYA |
Director del IPSE |
BOLÍVAR |
LUIS FELIPE HENAO CARDONA |
Viceministro de Vivienda Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial |
BOYACÁ |
SILVANA GIAIMO CHÁVEZ |
Viceministra de Minas y Energía |
CALDAS |
RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN |
Director del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales |
CAQUETÁ |
CARLOS JORGE RODRÍGUEZ |
Viceministro Técnico Ministerio de la Protección Social |
CASANARE |
MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO |
Viceministra de Cultura |
CAUCA |
CLAUDIA MORA PINEDA |
Viceministra de Ambiente Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial |
CESAR |
NATALIA SALAZAR FERRO |
Viceministra Técnica Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
CÓRDOBA |
ISABEL SEGOVIA OSPINA |
Viceministra de Educación Básica y Media Ministerio de Educación Nacional |
CHOCÓ |
GABRIEL BURGOS MANTILLA |
Viceministro de Educación Superior Ministerio de Educación Nacional |
CUNDINAMARCA |
ADRIANA MEJÍA HERNÁNDEZ |
Viceministra de Asuntos Multilaterales Ministerio de Relaciones Exteriores |
GUAVIARE |
MIGUEL CAMILO RUIZ BLANCO |
Viceministro de Relaciones Exteriores Ministerio de Relaciones Exteriores |
GUAINÍA |
RICARDO ECHEVERRI LÓPEZ |
Viceministro de Relaciones Laborales Ministerio de la Protección Social |
HUILA |
CARLOS IGNACIO CUERVO VALENCIA |
Viceministro de Salud y Bienestar Ministerio de la Protección Social |
LA GUAJIRA |
DARÍO MONTOYA MEJÍA |
Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA– |
MAGDALENA |
MIGUEL CEBALLOS AREVALO |
Viceministro de Justicia |
META |
ESTEBAN PIEDRAHÍTA URIBE |
Director Nacional de Planeación |
NARIÑO |
JUAN FRANCISCO MIRANDA MIRANDA |
Director Departamento Administrativo Ciencia, Tecnología e Innovación |
NORTE DE SANTANDER |
HÉCTOR MALDONADO GÓMEZ |
Director Departamento Nacional de Estadística |
PUTUMAYO |
JORGE MARIO EASTMAN |
Viceministro para las Políticas y Asuntos Internacionales Ministerio de Defensa Nacional |
QUINDÍO |
FERNANDO TAPIAS STAELIN |
Grupo Social y Empresarial de la Defensa |
RISARALDA |
ROSEMBERG PABÓN PABÓN |
Director Administrativo Nacional de la Economía Solidaria |
SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA SANTA CATALINA |
MARTHA LUCÍA VILLEGAS BOTERO |
Directora Instituto Colombiano de Crédito Educativo de Estudios Técnicos en el Exterior- ICETEX |
SANTANDER |
ÓSCAR RUEDA GARCÍA |
Viceministro de Turismo Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
SUCRE |
MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA |
Directora de la Imprenta Nacional de Colombia |
TOLIMA |
LUIS FERNANDO CAICEDO LINCE |
Director Instituto Colombiano Agropecuario- ICA |
VALLE |
ORLANDO GARCÍA-HERREROS SALCEDO |
Superintendente de Notariado y Registro |
VAUPÉS |
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ |
Directora Instituto Colombiano de Bienestar Familiar |
VICHADA |
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR |
Directora Departamento Administrativo de la Función Pública |
Artículo 3°.
Los delegados designados mediante Decreto 522 del 17 de febrero de 2010 deberán rendir informe de las gestiones realizadas y estar en permanente contacto con los delegados presidenciales que por este decreto se designan.Artículo 4°. Los gastos que ocasionen el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.
Artículo 5°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C. a los 11 de marzo de 2010.
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.648 de marzo 11 de 2010.