Decreto 127 de 2009
Fecha de Expedición: 19 de enero de 2009
Fecha de Entrada en Vigencia: 20 de enero de 2009
Medio de Publicación: Diario Oficial 47238 de enero 20 de 2009
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Contrato de Prestación de Servicios
Se adiciona el artículo 53 del Decreto 2474 de 2008
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 127 DE 2009
(enero 19)
Derogado por el art. 9.2, Decreto Nacional 734 de 2012
por el cual se adiciona el artículo 53 del Decreto 2474 de 2008.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 1150 de 2007 y de la Ley 80 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónese el artículo 53 del Decreto 2474 de 2008 con el siguiente numeral:
19. La prestación de servicios por parte de personas naturales que se requieran para atender labores predominantemente materiales o de apoyo a la gestión del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2°. Adiciónese el parágrafo 1° del artículo 53 del Decreto 2474 de 2008, con un tercer inciso:
"Los servicios a que se refiere el numeral 19 del presente artículo, se contratarán de conformidad con el procedimiento señalado en el manual de contratación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República". Los efectos del Artículo 2° fueron suspendidos provisionalmente por el Consejo de Estado mediante
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao.
La Directora del Departamento Nacional de Planeación,
Carolina Rentería Rodríguez.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.238 de enero 20 de 2009.