Decreto 1608 de 2024
Fecha de Expedición: 27 de diciembre de 2024
Fecha de Entrada en Vigencia: 27 de diciembre de 2024
Medio de Publicación:
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
- Subtema: Prorroga.
Prorroga de la vigencia de los empleos temporales creados en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1608 DE 2024
DICIEMBRE 27
"Por el cual se prorroga la vigencia de los empleos temporales creados en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación a través del Decreto 1698 de 2023"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 prevé que los organismos y entidades pueden contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, los cuales están determinados por los hechos excepcionales establecidos en dicha norma.
Que el artículo 3 de la Ley 2056 de 2020, consagra que la Comisión Rectora, el Departamento Nacional de Planeación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de Minas y Energía, así como sus entidades adscritas y vinculadas que cumplan funciones en el ciclo de las regalías, entre otros, son órganos del Sistema General de Regalías.
Que el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020 establece que los órganos del Sistema General de Regalías, así como las entidades adscritas y vinculadas que cumplan funciones en el ciclo de las regalías podrán crear plantas de personal con empleos temporales de libre nombramiento y remoción para el cumplimiento de las funciones definidas en la Constitución y la ley, con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.
Que para efectos del cumplimiento de las funciones del Sistema General de Regalías el Departamento Nacional de Planeación (DNP) presentó el estudio y justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para la creación de la planta de empleos temporales.
Que mediante el Decreto 1698 de 2023 se crearon en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación un total de trescientos sesenta y siete (367) empleos temporales, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para prorrogar la planta de personal temporal del Departamento Nacional de Planeación mediante Radicado número 2-2024-059373 del 7 de noviembre de 2024
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto técnico favorable para prorrogar la planta de personal temporal mediante comunicado externo con Radicado número 20244000672651 del 26 de noviembre de 2024.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) mediante radicado número OF124-00244254 del 19 de diciembre de 2024, emitió previo concepto para prorrogar la planta temporal de personal del Departamento Nacional de Planeación.
Que la financiación de la planta temporal de personal para las vigencias 2025-2026 se realizará con recursos del Sistema General de Regalías.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO 1 . Prórroga. Prorrogar a partir del 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de los empleos temporales creados mediante Decreto 1698 del 18 de octubre de 2023 en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.
ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
DADO A LOS 27 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
(FDO) GUSTAVO PETRO URREGO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (E),
JAIRO ALONSO BAUTISTA
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN,
ALEXANDER LOPEZ MAYA
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (E),
PAULO ALBERTO MOLlNA BOLIVAR