Acto Legislativo 3 de 2007 Congreso de la República
Fecha de Expedición: 10 de julio de 2007
Fecha de Entrada en Vigencia: 28 de octubre de 2007
Medio de Publicación: Diario Oficial 46685 de julio 10 de 2007
CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
- Subtema: Conformación
Modifica el inciso 1 del artículo 323 de la Constitución Política de 1991, indicando que el Concejo Distrital, se compondrá de 45 concejales.
ACTO LEGISLATIVO 03 DE 2007
(julio 10)
por medio del cual se modifica el artículo 323 de la Constitución Política.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°.
El inciso 1° del artículo 323 de la Constitución Política quedará así:
Artículo 323.
El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales.
Artículo 2°.
Vigencia y derogatoria. Lo dispuesto en el presente Acto Legislativo, regirá a partir de las elecciones que se celebren en el año 2007, y deroga las normas que le sean contrarias.
La Presidenta del honorable Senado de la República,
Dilian Francisca Toro Torres.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Alfredo Ape Cuello Baute.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rivera.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46685 de julio 10 de 2007.