Concepto 212491 de 2023 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 212491 de 2023 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 31 de mayo de 2023

Fecha de Entrada en Vigencia: 31 de mayo de 2023

Medio de Publicación:

VIGENCIA NORMATIVA
- Subtema: Ámbito de aplicación.

"El Decreto 1083 de 2015 es aplicable tanto a los empleados del nivel territorial como a los empleados del nivel nacional que pertenezcan a la rama ejecutiva del poder público; El Decreto 1083 de 2015 es un decreto compilatorio, no deroga o modifica a ninguna norma de rango superior; no ha derogado el Decreto Ley 785 de 20052 , es un Decreto con fuerza Ley, en ese sentido, su rango normativo es superior al del Decreto 1083 de 2015 y no puede derogar una ley en sentido material; la expedición del manual específico de funciones y de competencias laborales, se realizará en atención a las dos normas, que reglamentan de manera complementaria y armónica la materia."

 

*20236000212491*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20236000212491

 

Fecha: 31/05/2023 04:11:21 p.m.

 

Bogotá D.C.

 

REFERENCIA: Vigencia normativa. Ámbito de aplicación y vigencia de los Decretos 1083 de 2015, 785 de 2005, 1072 de 2015 y 160 de 2014. RAD: 20239000251632 del 28 de abril de 2023.

 

Acuso recibo de la comunicación de la referencia, a través de la cual consulta sobre el ámbito de aplicación y vigencia de los Decretos 1083 de 2015, 1072 de 2015 y 160 de 2014 y Decreto Ley 785 de 2005; al respecto, en respuesta a sus interrogantes me permito señalar:

 

  1. ¿El Decreto 1083 de 2015 es aplicable integralmente a las entidades territoriales o solo es exclusivo para el orden nacional?

 

El Decreto 1083 de 20151, en relación con su objeto y ámbito de aplicación, señala:1

 

ARTÍCULO 2.1.1.1 Objeto. El presente decreto compila en un sólo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de competencia del sector de la función pública, incluidos los atinentes a las siguientes materias: empleo público; funciones, competencias y requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y territorial; administración de personal, situaciones administrativas; capacitación; sistema de estímulos; retiro del servicio; reformas de las plantas de empleos; gerencia pública; comisiones de personal; Sistema de Información y Gestión del Empleo Público - SIGEP; sistemas específicos de carrera de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, de las Superintendencias y de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, AEROCIVIL; Sistema de Control Interno; Modelo Integrado de Planeación y Gestión; Sistema de Gestión de Calidad; Trámites; Premio Nacional de Alta Gerencia y Banco de Éxitos; régimen de los servidores de las sociedades de economía mixta en las cuales el aporte de la Nación, entidades territoriales y entidades descentralizadas, sea igual o superior al noventa por ciento (90%) del capital social, estándares mínimos para elección de personeros municipales; designación de los directores o gerentes regionales o seccionales o quienes hagan sus veces en los establecimientos públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional; designación del comisionado de la Comisión Nacional del Servicio Civil; normas relativas al trabajador oficiales; y cesantías para los Congresistas.

 

ARTÍCULO 2.1.1.2 Ámbito de Aplicación: Las disposiciones contenidas en el presente decreto son aplicables a las entidades de la Rama Ejecutiva del poder público, de acuerdo con la determinación específica que se haga en cada Título de la Parte 2.”

 

(subrayado fuera de texto)

 

De lo anterior se colige que el Decreto 1083 de 2015 es aplicable tanto a los empleados del nivel territorial como a los empleados del nivel nacional que pertenezcan a la rama ejecutiva del poder público.

 

  1. ¿El Decreto Ley 785 de 2005 está vigente o fue derogado por el Decreto 1083 de 2015?

 

El Decreto Ley 785 se encuentra vigente.

 

El Decreto 1083 de 2015 es un decreto compilatorio, no deroga o modifica a ninguna norma de rango superior; no ha derogado el Decreto Ley 785 de 20052, es un Decreto con 2 fuerza Ley, en ese sentido, su rango normativo es superior al del Decreto 1083 de 2015 y no puede derogar una ley en sentido material.

 

  1. ¿Una entidad puede expedir el manual de funciones y competencias laborales aplicando el Decreto 1083 de 2015 y desconociendo el Decreto Ley 785 de 2005?

 

Para la expedición del manual de funciones una entidad pública debe tener en cuenta el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015.

 

En consecuencia, la expedición del manual específico de funciones y de competencias laborales, se realizará en atención a las dos normas, que reglamentan de manera complementaria y armónica la materia.

 

  1. ¿El Decreto 1072 de 2015 deroga el Decreto 160 de 2014?

 

El Decreto 1072 de 2015, es el decreto único reglamentario del Sector Trabajo en el que se compilan varias normas referentes a la reglamentación de ese sector, dentro de las que se encuentra el Decreto 160 de 20143, sin que se afecte su vigencia.

 

Para más información respecto de las normas de administración de los empleados del sector público; así como las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los mismos, me permito indicar que en el link http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/gestornormativo podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARMANDO LÓPEZ CORTÉS

 

Director Jurídico

 

Proyectó: Nataly Pulido

 

Revisó: Maia Borja

 

11602.8.4

 

NOTAS DE PIE DE PAGINA

 

1 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

 

2 Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004.

 

3 Por el cual se reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.