Decreto 1576 de 2023 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1576 de 2023

Fecha de Expedición: 25 de septiembre de 2023

Fecha de Entrada en Vigencia: 25 de septiembre de 2023

Medio de Publicación:

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
- Subtema: Planta Temporal

Prorroga la vigencia de la planta de empleos temporales del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA creada mediante el Decreto 553 de 2017

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1576 DE 2023

(Septiembre 25)

Por el cual se prorroga la vigencia de la planta de empleos temporales del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA creada mediante el Decreto 553 de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales , y en particular las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 establece en sus numerales 1 y 2 que las entidades públicas podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, de acuerdo con sus necesidades, empleos de carácter temporal o transitorio. La justificación para su creación debe contener la motivación técnica para cada caso, así como la apropiación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales.

 

Que mediante el Decreto 553 de 2017 se crearon en la planta de personal del SENA, ochocientos (800) empleos temporales de los niveles Profesional e Instructor, los cuales han sido prorrogados por medio de los Decretos 2147 de 2017, 1217 y 2357 de 2019, 1660 de 2021 y 1545 de 2022, este último que prorrogó su vigencia hasta el 30 de septiembre de 2023.

 

Que el Consejo Directivo Nacional del SENA en sesión No. 1605 del 31 de julio de 2023, que consta en el Acta de esa fecha, aprobó someter a consideración del Gobierno Nacional la prórroga de los 800 empleos temporales de la planta de personal del SENA, hasta el 30 de septiembre de 2024

 

Que la financiación de los empleos temporales cuya vigencia se prorroga en la planta de personal del SENA hasta el 30 de septiembre de 2024, se realizará con recursos de inversión y de acuerdo con lo establecido por el parágrafo 2 del artículo 2.2. 1.4. 1 del Decreto 1083 de 2015.

 

Que la Directora de Programación de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable para la prórroga de los ochocientos (800) empleos temporales del SENA hasta el 30 de septiembre de 2024, por medio de comunicación radicada número 20234320548271 del 31 de agosto de 2023 .

 

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable para la prórroga de los ochocientos (800) empleos temporales del SENA hasta el 30 de septiembre de 2024, por medio de comunicación radicada número 2-2023-047475 del 5 de septiembre de 2023 .

 

Que el SENA presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico señalado en los artículos 21 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.1. 1.1. del Decreto 1083 de 2015, para la prórroga de los ochocientos (800) empleos temporales de su planta de personal hasta el 30 de septiembre de 2024 , obteniendo el respectivo concepto favorable por medio de comunicación radicada número 20234000433701 del 8 de septiembre de 2023.

 

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República emitió concepto favorable en los términos del artículo 2 del Decreto 444 de 2023 para la prórroga de la vigencia de los empleos temporales del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA por medio de comunicación radicada OFl23-00167847 del 8 de septiembre de 2023.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Prórroga. Se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2024, la vigencia de los ochocientos (800) empleos temporales creados mediante el Decreto 553 de 2017 en la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

 

PARÁGRAFO. La vigencia de cada cargo de la planta temporal irá hasta la fecha en la cual se provea de manera permanente o transitoria el empleo que asume esas funciones en la planta permanente creada por el Decreto 1233 del 25 de julio de 2023 para la atención de los programas Agrosena, Sennova o Bilingüismo, sin exceder el 30 de septiembre de 2024. En todo caso, no podrá destinarse apropiación presupuestal para proveer cargos con la misma función en las plantas temporal y permanente, respectivamente.

 

ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 1545 del 4 de agosto de 2022.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de Septiembre de 2023

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

LA MINISTRA DEL TRABAJO,

GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOS

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA,

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA