Concepto 149241 de 2023 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 149241 de 2023 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 17 de abril de 2023

Fecha de Entrada en Vigencia: 17 de abril de 2023

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Posesión

"Los miembros del INPEC cuentan con un régimen especial por las funciones que cumple y para su adecuada prestación del servicio, la norma por la cual se rige en relación a los plazos para posesionarse en un empleo público es el artículo 13 del Decreto 407 de 1994."

*20236000149241*

Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20236000149241

Fecha: 17/04/2023 06:05:53 p.m.

Bogotá D.C.

 

Referencia: EMPLEOS. Norma aplicable plazos posesión INPEC. Radicado. 20239000165762 de fecha 15 de marzo 2023.

En atención a la comunicación de la referencia, remitida a esta dependencia el 15 de marzo de 2023, mediante la cual consulta en relación con la norma aplicable en materia de plazos para la posesión en el empleo en el INPEC, me permito dar respuesta a la misma de la siguiente manera:

Es importante señalar que a este Departamento Administrativo de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 20161, le compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por la cual no es de nuestra competencia intervenir y/o definir situaciones particulares de las entidades, su estructura o funcionamiento.

En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.

 

Por tanto, este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares.

No obstante, a manera de información general respecto de la situación planteada por usted, procedemos a pronunciarnos respecto de su interrogante con relación a:

“¿Cuál es la norma aplicable en materia de plazos para la posesión en el empleo, una vez se haya aceptado el nombramiento: Decreto 407 de 1994 articulo 13 o el Decreto 648 de 2017 articulo 2.2.5.1.7?”

FUNDAMENTOS DEL CONCEPTO

Sobre la posesión para ejercer un empleo en el Instituto Nacional y Carcelario, INPEC el artículo 13 del Decreto 407 de 19942 establece:

“(...) ARTÍCULO 13. POSESION. Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de aceptación de un empleo, la persona designada deberá tomar posesión. Este término podrá prorrogarse si el designado no reside en el lugar del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, pero en todo caso la prórroga no podrá exceder de treinta (30) días y deberá constar por escrito.

Para tomar posesión deberán presentarse los siguientes documentos:

  1. Cédula de ciudadanía para los mayores de edad y tarjeta de identidad o cédula de extranjería para los demás.
  2. Los que acrediten las calidades exigidas para el desempeño del cargo.
  3. Certificado judicial y de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación. 4. Documentos que acredite tener definida la situación militar en los casos que haya lugar.
  4. Certificado médico de aptitud física y mental expedida por la Caja Nacional de Previsión o por organismo asistencial a cuyo cargo esté la seguridad social de los empleados del Instituto.
  5. Documento que acredite la constitución de fianza cuando sea el caso debidamente aprobado. (...)”

RESPUESTA A LA PREGUNTA OBJETO DE LA SOLICITUD DE CONCEPTO

De conformidad con lo anterior y para efectos de dar respuesta a su interrogante esta Dirección Jurídica se permite manifestarle, que teniendo en cuenta que los miembros del INPEC cuentan con un régimen especial por las funciones que cumple y para su adecuada prestación del servicio, la norma por la cual se rige en relación a los plazos para posesionarse en un empleo público es el artículo 13 del Decreto 407 de 1994.

NATURALEZA DEL CONCEPTO

Este concepto lo emitimos en los términos y con los alcances dados por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo Ley 1437 de 2011.

Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva, en el botón web Gestor Normativo puede consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

Cordialmente,

ARMANDO LOPEZ CORTES

Director Jurídico

Proyectó: Carolina Rivera

Revisó: Maia Borja

Aprobó: Armando López Cortés

11602.8.4

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública.

2 Por el cual se establece el régimen de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.