Concepto 106101 de 2023 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 14 de marzo de 2023
Fecha de Entrada en Vigencia: 14 de marzo de 2023
Medio de Publicación:
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Funciones
Se puede afirmar que es función del Director del Área Metropolitana, entre otros, establecer los procedimientos administrativos internos para el buen funcionamiento de la entidad, así como reglamentar los acuerdos metropolitanos cuando se faculte para ello.
*20236000106101*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20236000106101
Fecha: 14/03/2023 09:01:05 a.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA. EMPLEO. Funciones. Competencias del Director del Área Metropolitana. RADICACIÓN. 20239000093392 de fecha 10 de febrero de 2023.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si dentro de las competencias del Director/a del Área Metropolitana se encuentra la facultad para modificar los procedimientos de elección del representante de las entidades sin ánimo de lucro, me permito manifestar lo siguiente:
La Ley 1625 de 20131, con relación a las funciones del Director del Área Metropolitana, señala:
“ARTÍCULO 25. Funciones del Director del Área. El Director del Área Metropolitana cumplirá las siguientes funciones: 1. Reglamentar los acuerdos metropolitanos cuando se faculte para ello.
(...)
8. Establecer los manuales administrativos de procedimiento interno y los controles necesarios para el buen funcionamiento de la entidad.
(...)”
Conforme a lo anterior se puede afirmar que es función del Director del Área Metropolitana, entre otros, establecer los procedimientos administrativos internos para el buen funcionamiento de la entidad, así como reglamentar los acuerdos metropolitanos cuando se faculte para ello.
En consecuencia y para dar respuesta a su consulta, esta Dirección Jurídica considera que dentro de las competencias del Director/a del Área Metropolitana se encuentra la facultad para modificar los procedimientos de elección de los representantes ante las Juntas Metropolitanas conforme a las disposiciones de la Ley 1625 de 2013.
Me permito indicarle que, para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó: Sonia Estefanía Caballero Sua
Revisó: Maia Valeria Borja Guerrero
Aprobó: Armando López Cortés
11602.8.4
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1 Por la cual se deroga la Ley Orgánica 128 de 1994 y se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas.