Circular Conjunta 001 de 2023 Vicepresidente de la República - Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 31 de marzo de 2023
Fecha de Entrada en Vigencia: 31 de marzo de 2023
Medio de Publicación:
MUJERES
- Subtema: Medidas de Protección
Medidas para la prevención y atención a las violencias contra las mujeres y discriminación racial en el ámbito laboral del sector público; y para fortalecer e impulsar la participación efectiva de las mujeres en las diferentes instancias de la administración pública.
MUJERES
- Subtema: Prevención y Atención a las Violencias Contra las Mujeres
Medidas para la prevención y atención a las violencias contra las mujeres y discriminación racial en el ámbito laboral del sector público; y para fortalecer e impulsar la participación efectiva de las mujeres en las diferentes instancias de la administración pública.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
CIRCULAR CONJUNTA 001-2023
PARA: MINISTROS Y MINISTRAS, DIRECTORES Y DIRECTORAS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ÓRGANOS, ORGANISMOS Y ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL.
DE: VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
ASUNTO: MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LAS VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES Y DISCRIMINACIÓN RACIAL EN EL ÁMBITO LABORAL DEL SECTOR PÚBLICO; Y PARA FORTALECER E IMPULSAR LA PARTICIPACIÓN EFECTIVA DE LAS MUJERES EN LAS DIFERENTES INSTANCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
FECHA: MARZO 31 DE 2023.
En aplicación de los Artículos 1, 9, 12 y 16 del Decreto 1874 de 2022 y en atención a la Directiva Presidencial 001 del 8 de marzo de 2023, "Protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad, y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual del sector público; y la participación efectiva de la mujer en las diferentes instancias de la administración pública", se insta a las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, a tomar acciones concretas para promover la igualdad y equidad de género al interior de las mismas, avanzar en la erradicación de todas las formas de violencias contra las mujeres y basadas en género como también todos los tipos de discriminación, y a derribar las barreras estructurales que enfrentan las mujeres para ingresar y desarrollarse en el empleo público.
Así mismo, se reconoce que las desigualdades son el resultado de la asignación inequitativa de roles, y la persistencia de normas culturales, sociales e institucionales que refuerzan los patrones socioculturales discriminatorios de género, raza, discapacidad, entre otros. Por esta razón, es necesario incluir la perspectiva de género, diferencial e interseccional en las acciones formativas y de transformación cultural del sector público, así como, promover la concientización de las servidoras y los servidores públicos con relación a los derechos de las mujeres, la prevención y atención de todas las formas de violencia contra las mismas en toda su diversidad y basadas en género, y/u otro tipo de discriminación.
De acuerdo con lo anterior, se dan los siguientes lineamientos a los órganos, organismos y entidades públicas destinatarias de la presente circular:
- A partir de la expedición de esta circular todas las servidoras y los servidores públicos de las entidades tendrán que participar, como parte del proceso de inducción y reinducción, en el curso virtual "Prevención y atención a las violencias contra las mujeres y discriminación racial en el ámbito del trabajo de la Función Pública" a través de la plataforma SIRECEC administrada por la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP,
- Crear, mediante un acto administrativo, una Mesa Consultiva o un Comité Sectorial de Mujer y Género, como una instancia para formular, implementar y hacer seguimiento a las estrategias, planes, programas o proyectos en materia de la política pública de equidad de género para las mujeres (Conpes 4080 de 2022);
- Incluir, en las sesiones ordinarias del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, los asuntos de la agenda de género y no discriminación, que permitan establecer herramientas prácticas para coordinar, desde estas instancias, la incorporación del enfoque de género en las acciones estratégicas y misionales de las entidades, y tomar acciones concretas para erradicar los estereotipos, violencias y discriminaciones de los que trata esta circular;
- Adelantar estrategias comunicacionales y acciones afirmativas que propendan por la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública, tales como teletrabajo, horarios flexibles, salas de lactancia e incorporación de lenguaje inclusivo.
- Implementar acciones para procurar que el porcentaje de participación de las mujeres alcance no menos del 50% en los cargos de nivel directivo de la entidad;
- Promover la participación de las mujeres en su diversidad en los procesos de diseño, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas en cabeza de los diferentes sectores del Estado para fortalecer la institucionalidad en favor de la transversalización del enfoque de género;
- Tomar acciones para promover la transformación cultural en cada entidad, a partir de procesos de formación y pedagogía que permitan establecer relaciones libres de violencias de género y avanzar en la erradicación del machismo, la homofobia, la transfobia, el racismo y la xenofobia.
Se insta a las demás ramas del poder público, a los entes autónomos, los organismos de control y vigilancia y a las entidades territoriales a adoptar los lineamientos definidos en la presente circular, en aplicación del principio de colaboración armónica previsto en el artículo 113 de la Constitución Política.
Finalmente, a través de esta circular, se extiende la invitación para seguir abriendo espacios e incentivando la participación de las mujeres en las diferentes instancias de la administración pública, reconociéndolas en su diversidad étnica y cultural, orientación sexual e identidades de género, ciclo vital, discapacidad y nivel de ingresos.
Cordialmente,
FRANCIA ELENA MÁRQUEZ MINA
Vicepresidenta de la República
CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director Departamento Administrativo de la Función Pública