Decreto 2624 de 2022 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2624 de 2022

Fecha de Expedición: 29 de diciembre de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Planta Transitoria

Prorroga la planta transitoria del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2624 DE 2022

(Diciembre 29)

Por el cual se prorroga la planta transitoria del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere, el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1271 de 2017, se creó una planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, para dar cumplimiento a las funciones de dicha dependencia, con una vigencia a 31 de diciembre de 2018.

Que mediante Decreto 2447 de 2018, se prorrogó la planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, hasta el 31 de diciembre de 2019.

Que mediante Decreto 2079 de 2019, se prorrogó la planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que mediante Decreto 1407 de 2020, se prorrogó la planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que mediante Decreto 1466 de 2021, se prorrogó la planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Que la Ley 2272 de 2022, define la Política de Paz de Estado, crea el Servicio Social para la Paz y se dictan otras disposiciones, además señala que los planes de desarrollo serán un mecanismo para definir las políticas, programas y proyectos, dirigidos al cumplimiento de los acuerdos de paz pactados y el logro de la paz, lo cual requiere de una institucionalidad articulada en lo nacional y territorial y bajo el liderazgo estratégico del Gabinete de Paz.

Que el Decreto 893 de 2017, crea los Programas de Desarrollo con enfoque Territorial (PDET) como instrumento de planificación y de gestión para implementar de manera prioritaria los planes sectoriales y programas en el marco de la Reforma Rural Integral y las medidas pertinentes establecidas por el Acuerdo Final.

El Gobierno del Cambio tiene como propósito alcanzar la Justicia ambiental, justicia económica y justicia social, para tener una Colombia en Paz Total, la cual se logra con el trabajo y el compromiso de las personas. En consecuencia, resulta indispensable contar con talento humano cualificado, calificado y con vocación de servicio que apoye a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, razón por la cual es necesaria la renovación de la planta transitoria.

Que la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, en concordancia con el Decreto 1784 de 2019, tiene a su cargo diferentes retos como liderar acciones que permitan cumplir el Plan Marco de Implementación de manera articulada con las demás entidades responsables de los diferentes indicadores, para recuperar la confianza y reiterar el compromiso del Gobierno con el cumplimiento de lo pactado entre el Gobierno nacional y la entonces guerrilla de las FARC-EP.

Que el Fondo de Programas Especiales para la Paz tiene por objeto la financiación de programas de paz encaminados a fomentar la reincorporación a la vida civil de grupos alzados en armas.

Que la fuente de financiamiento de la planta transitoria a que se refiere el presente decreto, corresponde a recursos del presupuesto de funcionamiento del Fondo de Programas Especiales para la Paz, para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió concepto favorable.

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio, para la prórroga de la planta transitoria de duración hasta el 31 de diciembre de 2023, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento.

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Prórroga. Prorrogar en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la siguiente planta transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2023, así:

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

Uno (1)

Asesor Presidencial ll

2231

Uno (1)

Asesor

2210

13

Uno (1)

Asesor

2210

09

Uno (1)

Asesor

2210

06

Uno (1)

Asesor

2210

05

Tres (3)

Asesor

2210

03

Tres (3)

Asesor

2210

01

Uno (1)

Profesional

3320

07

Uno (1)

Secretario de Despacho

5550

ARTÍCULO 2. Funciones. Los empleos de la planta transitoria del presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos.

ARTÍCULO 3. Vigencias y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1466 de 2021.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 29 días de diciembre de 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

(FDO.) GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA,

OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA,

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA