Concepto 249291 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 12 de julio de 2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Provisión
En el evento de que un empleado público de la DIAN, con derechos de carrera, sea nombrado en la misma entidad o en otra de la administración pública, en periodo de prueba, tendrá derecho que se le otorgue comisión con el fin de preservar los derechos de carrera.
*20226000249291*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000249291
Fecha: 12/07/2022 02:24:29 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: EMPLEOS - Provisión. Radicado No. 20229000314522 de fecha 08 de junio 2022.
En atención a la comunicación de la referencia remitida por usted, en la que consulta: “(...) los funcionarios en carrera administrativa pertenecientes al sistema especifico de carrera de la DIAN, tiene derecho a solicitar vacancia temporal para ser nombrados en periodo de prueba en cualquier entidad del estado, en caso de ganar un concurso de méritos? (...)”
Es importante indicarle que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.
Por tanto, este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares.
No obstante, a manera de orientación, se le indicará la normativa aplicable a su inquietud con el objeto que el consultante adopte las decisiones respectivas sobre el tema.
El Decreto 1144 de 2019 “Por el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se expiden normas relacionadas con la administración y gestión del talento humano de la DIAN”, dispone:
ARTÍCULO 96. Comisión para que el empleado público cumpla período de prueba. Cuando un empleado público de la DIAN con derechos de carrera sea nombrado en la misma Entidad o en otra entidad de la administración pública, en período de prueba por haber sido seleccionado en un concurso, tendrá derecho a que el jefe del organismo le otorgue, mediante acto administrativo motivado, la comisión, con el fin de preservarle los derechos de carrera.
En el acto administrativo por el cual se concede la comisión, se indicará el término de duración de la misma. Si el servidor obtiene una calificación satisfactoria del período de prueba, deberá comunicarlo y se declarará la vacancia del cargo. En caso contrario, regresará al empleo que venía desempeñando.
Mientras el servidor se encuentre en comisión para cumplir el período de prueba, el cargo del cual es titular podrá ser provisto mediante encargo o nombramiento provisional.”
Teniendo en cuenta la precitada norma y en aras de dar respuesta a su interrogante, en el evento de que un empleado público de la DIAN, con derechos de carrera, sea nombrado en la misma entidad o en otra de la administración pública, en periodo de prueba, tendrá derecho que se le otorgue comisión con el fin de preservarle los derechos de carrera.
En caso de que el servidor obtenga una calificación satisfactoria del período de prueba deberá comunicarlo y se declarará la vacancia del cargo. En caso contrario, regresará al empleo que venía desempeñando.
No obstante, no es procedente a otras ramas del poder público, pues a ellas no les aplica la Ley 909.
En caso de requerir información adicional respecto de las normas de administración de los empleados del sector público y demás temas competencia de este Departamento Administrativo puede ingresar a la página web de la entidad, al enlace /eva/es/gestor-normativo, en el que podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARMANDO LÓPEZ CORTÉS
Director Jurídico
Proyectó: Rosamelia Piñeres Romero
Revisó: Maia Borja Guerrero
Aprobó: Armando López
11602.8.4