Concepto 165581 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 04 de mayo de 2022
Fecha de Entrada en Vigencia: 04 de mayo de 2022
Medio de Publicación:
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Subtema: Pliegos de Peticiones
Le compete al Ministerio de Trabajo tomar las respectivas acciones para efectos de cumplir con el compromiso dentro de los términos referidos en el documento de acta final de la negociación colectiva del año 2015.
*20226000165581*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000165581
Fecha: 04/05/2022 04:05:10 p.m.
REFERENCIA: NEGOCIACIÓN COLECTIVA. RADICACIÓN: 20229000123612 Del 15 de marzo de 2022.
En atención a su comunicación de la referencia, mediante la nos solicita copia del documento de negociación colectiva del año 2015 y nos consulta sobre el compromiso adquirido por parte del Ministerio de Trabajo con ocasión a la capacitación de un grupo de 5 empleados de la oficina jurídica, en temas de negociación colectiva en la administración pública, para que sea este equipo el encargado de atender las consultas sobre la materia, me permito dar respuesta en los siguientes términos:
Sobre el particular, se permite indicar esta Dirección que, con relación a su consulta sobre el compromiso adquirido respecto a la capacitación de un grupo de empleados de la oficina jurídica en temas de negociación colectiva, en el documento de acta final, se evidencia que dentro de la petición titulada: Ministerio de Trabajo y Archivo Sindical: Dotación y Actualización, acordando lo siguiente:
“El Ministerio del Trabajo desarrollará un programa especial de fortalecimiento del archivo sindical con capacitación especial los funcionarios e implementación de aplicativos de sistemas modernos y eficientes que permitan garantizar la rapidez, eficacia y transparencia en los registros y depósitos que efectúan las organizaciones sindicales y los empleadores.
El Ministerio presentará los avances de dicho programa de fortalecimiento a una comisión negociadora sindical o en la subcomisión del Sector Público de la CNCPSL, en la primera quincena de junio de 2015.”
En este orden de ideas, le compete al Ministerio de Trabajo tomar las respectivas acciones para efectos de cumplir con el compromiso dentro de los términos referidos en el documento de acta final de la negociación colectiva del año 2015.
Por último, indicar que adjunto a esta comunicación se envía copia del “Acta Final de Acuerdo de la Negociación Colectiva Pliego de Solicitudes de las Organizaciones Sindicales de Empleados Públicos” del año 2015 para lo pertinente.
Para mayor información respecto de las normas de administración de los empleados del sector público; así como las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los mismos, me permito indicar que en el link /eva/es/gestor-normativo podrá encontrar conceptos relacionados con el tema, que han sido emitidos por esta Dirección Jurídica.
Lo anterior se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó. Ana María Naranjo
Revisó y Aprobó: Armando López Cortes
11602.8.4