Concepto 192791 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 25 de mayo de 2022
Fecha de Entrada en Vigencia: 25 de mayo de 2022
Medio de Publicación:
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Requisitos
En la norma que aplica para el sistema general de carrera, no se establece como requisito para el nombramiento y ejercicio de un empleo público estar vacunado contra el COVID-19.
*20226000192791*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000192791
Fecha: 25/05/2022 02:44:47 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA. EMPLEO. Requisitos para la posesión. RADICACION. 20222060212242 de fecha 20 de mayo de 2022.
En atención a la comunicación de la referencia, por medio de la cual consulta si es obligatorio vacunarse como requisito para posesionarse en un empleo público del régimen general (Gobernación o Alcaldía municipal), me permito manifestar lo siguiente:
Para las entidades de la Rama Ejecutiva del poder público, el Decreto 1083 de 20151, establece:
“ARTÍCULO 2.2.5.1.4 Requisitos para el nombramiento y ejercer el empleo. Para ejercer un empleo de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, se requiere:
- Reunir los requisitos y competencias que la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales exijan para el desempeño del cargo.
- No encontrarse inhabilitado para desempeñar empleos públicos de conformidad con la Constitución y la ley.
- No estar gozando de pensión o tener edad de retiro forzoso, con excepción de los casos señalados en la ley.
- No encontrarse en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.
- Tener definida la situación militar, en los casos a que haya lugar.
- Tener certificado médico de aptitud física y mental y practicarse el examen médico de ingreso, ordenado por la entidad empleadora.
- Ser nombrado y tomar posesión.”
De lo anterior y para dar respuesta a su consulta, esta Dirección Jurídica concluye que en la norma que aplica para el sistema general de carrera, no se establece como requisito para el nombramiento y ejercicio de un empleo público estar vacunado contra el COVID-19. No obstante, el Gobierno Nacional ha realizado campañas y recomendaciones dirigidas a toda la población para que se vacunen como medida de protección y disminución del riesgo frente a la posibilidad de contagiarse del virus de COVID-19 y como medida de salud pública, en todo caso la entidad en beneficio no solo de quien se posesiona sino de todos los servidores públicos puede exigir que la persona cuente con el esquema completo de vacunación, pues si no lo hace se pone en riego a quien se le presta el servicio público y la prestación del mismo, la exigencia se puede hacer con base en el manual de seguridad y salud ocupacional.
Me permito indicarle que para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó: Sonia Estefanía Caballero Sua
Revisó: Harold Israel Herreño Suarez
Aprobó: Armando López Cortés
11602.8.4
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.