Concepto 390741 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 28 de octubre de 2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
LICENCIA DE ESTUDIO
- Subtema: Incapacidad
No se prevé ninguna protección especial de los derechos de carrera de los empleados pertenecientes a este Sistema Especial de Carrera Administrativa, en caso de ser nombrados y posesionados en período de prueba en un empleo perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa.
*20216000390741*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000390741
Fecha: 28/10/2021 10:54:55 a.m.
Bogotá D.C.,
REF.: EMPLEOS. Nombramiento en período de prueba de empleado de carrera del Sistema Especial de Carrera de una Contraloría Municipal en un empleo del Sistema General de Carrera de alcaldía. RAD.: 20219000681222 del 26-10-2021.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual en su condición de empleada de carrera de la Contraloría Municipal de Armenia, consulta si puede conservar los derechos de carrera administrativa en esta entidad, mientras transcurre el periodo de prueba en la otra entidad (Alcaldía de Envigado), o si debe renunciar; y en caso de poder conservar los derechos de carrera administrativa, quiere saber el proceso en cada una de las entidades y bajo qué figura administrativa se puede realizar.
Sobre el tema se precisa lo siguiente:
La Carrera Administrativa de las Contralorías Territoriales es de carácter especial, se rige por el Decreto Ley 409 del 16 de marzo de 2020 “Por el cual se crea el régimen de carrera especial de los servidores de las Contralorías Territoriales”; mientras que los empleados públicos de carrera administrativa de las alcaldías municipales se rigen por el Sistema General de Carrera Administrativa consagrado en la Ley 909 de 2004.
Ahora bien, revisadas las disposiciones del Decreto Ley 409 de 2020, se pudo constatar que no prevé ninguna protección especial de los derechos de carrera de los empleados pertenecientes a este Sistema Especial de Carrera Administrativa, en caso de ser nombrados y posesionados en período de prueba en un empleo perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa; razón por la cual, en criterio de esta Dirección Jurídica, si en su condición de empleada de Carrera de la Contraloría Municipal de Armenia es nombrada en período de prueba en un empleo de carrera de una alcaldía municipal, para efectos de tomar posesión en período de prueba en este ultimo cargo, será necesario la previa renuncia y aceptación del cargo que desempeña en dicha Contraloría.
Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página webwww.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del CPACA. Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Elaboró: Pedro P. Hernández Vergara
Revisó: Harold I. Herreño Suarez
Aprobó: Armando López Cortes
11602.8.4