Decreto 077 de 2022 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 077 de 2022

Fecha de Expedición: 21 de enero de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia: 17 de febrero de 2022

Medio de Publicación:

CAJA PROMOTORA DE VIVIENDA MILITAR Y DE POLICÍA.
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 077 DE 2022

(Enero 21)

Por medio del cual se modifica la planta de personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía en desarrollo del Plan Estratégico Institucional, ha implementado nuevos productos, orientados a fortalecer la atención de los afiliados mediante la prestación de un servicio eficiente, entre ellos el otorgamiento de crédito hipotecario con destino a la consecución de vivienda, proceso que requiere del fortalecimiento de las competencias de sus funcionarios y la ampliación de las capacidades organizacionales; lo que conlleva al ajuste de algunas funciones en sus dependencias y la ampliación de la planta de personal para responder a las nuevas exigencias financieras, administrativas y operativas.

Que la modificación de la planta de personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, cumple con lo dispuesto en el numeral 1.1 de la Directiva Presidencial 09 del 9 de noviembre de 2018, que dispone que: "las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad."

Que mediante las actas números 13 del 27 de noviembre de 2020 y 12 del 29 de octubre de 2021, la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal y las funciones de las dependencias.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el marco de las competencias señaladas en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y en el artículo 2.2.12.1 del Decreto 1083 de 2015 Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, emitió concepto técnico favorable al estudio técnico presentado por el Ministerio de Defensa, como entidad cabeza del sector.

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta no hacen parte del Presupuesto General de la Nación, por lo cual para la modificación de la estructura y planta del personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, no se requiere viabilidad presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que el 8 de noviembre de 2021 el Subgerente Financiero de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, expidió certificación con respecto al proyecto de reestructuración que adelanta la entidad, consistente en la modificación de las funciones de sus dependencias y la ampliación de la planta de personal, indicando que es a costo cero y se da cumplimiento a las directivas que en materia de austeridad ha expedido el Gobierno Nacional.

Que, en mérito de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Número de trabajadores oficiales. El número de trabajadores oficiales al servicio de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía será hasta de trescientos sesenta y siete (367) cargos.

ARTÍCULO 2. Distribución de los empleos. El Gerente General de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el presente Decreto y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, programas y necesidades de la entidad, en un término no superior a noventa (90) días.

ARTÍCULO 3. Incorporación de los funcionarios. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se establece en el presente Decreto se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.

ARTÍCULO 4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1901 de 2013.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá. D. C., a los 21 días del mes de enero de 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

NERIO JOSE ALVIS BARRANCO