Concepto 026651 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 25 de enero de 2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CONCEJAL HIJO DE PERSONERA MUNICIPAL
- Subtema: Incumplimiento de Normas de Tipo Disciplinario
Respecto de las inhabilidades e incompatibilidades que se impongan a servidores públicos por algún incumplimiento de normas de tipo disciplinario, se informa que las mismas no implican, en principio, la imposibilidad de salir del país. Al respecto se informa que las restricciones a la movilidad de los ciudadanos únicamente se impondrán por procesos de inasistencia alimentaria o por órdenes emitidas por los jueces de la república en algunas investigaciones relacionadas con delitos específicos y en las condenas respectivas.
CONCEJAL HIJO DE PERSONERA MUNICIPAL
- Subtema: Libre Movilidad
Respecto de las inhabilidades e incompatibilidades que se impongan a servidores públicos por algún incumplimiento de normas de tipo disciplinario, se informa que las mismas no implican, en principio, la imposibilidad de salir del país. Al respecto se informa que las restricciones a la movilidad de los ciudadanos únicamente se impondrán por procesos de inasistencia alimentaria o por órdenes emitidas por los jueces de la república en algunas investigaciones relacionadas con delitos específicos y en las condenas respectivas.
CONCEJAL HIJO DE PERSONERA MUNICIPAL
- Subtema: Servidor Público
Respecto de las inhabilidades e incompatibilidades que se impongan a servidores públicos por algún incumplimiento de normas de tipo disciplinario, se informa que las mismas no implican, en principio, la imposibilidad de salir del país. Al respecto se informa que las restricciones a la movilidad de los ciudadanos únicamente se impondrán por procesos de inasistencia alimentaria o por órdenes emitidas por los jueces de la república en algunas investigaciones relacionadas con delitos específicos y en las condenas respectivas.
CONCEJAL HIJO DE PERSONERA MUNICIPAL
*20216000026651*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000026651
Fecha: 25/01/2021 04:57:20 p.m.
Bogotá
REF. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. ¿Resulta viable salir del país si faltan tres años para cumplir la inhabilidad impuesta? Radicado 20202060608322 del 18 de diciembre de 2020.
En atención a su comunicación de la referencia, remitida a esta dirección jurídica por la Procuraduría General de la Nación en la cual consulta sobre la viabilidad de salir de país si faltan tres años para cumplir la inhabilidad impuesta, me permito manifestarle lo siguiente:
Respecto de las inhabilidades e incompatibilidades que se impongan a servidores públicos por algún incumplimiento de normas de tipo disciplinario, le informo que las mismas no implican, en principio, la imposibilidad de salir del país. Al respecto le informo que las restricciones a la movilidad de los ciudadanos únicamente se impondrán por procesos de inasistencia alimentaria o por órdenes emitidas por los jueces de la república en algunas investigaciones relacionadas con delitos específicos y en las condenas respectivas.
Así las cosas, si su inhabilidad es producto de un proceso disciplinario, la misma no implica la imposibilidad para salir del país. En todo caso le recomendamos dirigirse directamente al texto del fallo mediante el cual se impuso la inhabilidad, de manera que se descarte la restricción en la movilidad.
Por último, me permito indicarle que, para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link Gestor Normativo donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Maia Borja/JFCA
11602.8.