Concepto 024731 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 024731 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 22 de enero de 2021

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

REMUNERACIÓN
- Subtema: Prima de Alta Gestión

Los empleos de Auditor Delegado, Secretario General, Director de Oficina, Gerente Seccional y Director podrán percibir mensualmente una prima de alta gestión hasta por el veinte por ciento de la asignación básica mensual, conforme la resolución del Auditor General de la Republica en la que se establecen criterios de remuneración, con base en el desempeño global de la respectiva dependencia.

REMUNERACIÓN
- Subtema: Requisitos

Los empleos de Auditor Delegado, Secretario General, Director de Oficina, Gerente Seccional y Director podrán percibir mensualmente una prima de alta gestión hasta por el veinte por ciento de la asignación básica mensual, conforme la resolución del Auditor General de la Republica en la que se establecen criterios de remuneración, con base en el desempeño global de la respectiva dependencia.

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*20216000024731*

 

 Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20216000024731

 

Fecha: 22/01/2021 05:28:53 p.m.

 

Bogotá D.C

 

REFERENCIA: REMUNERACION-Prima de Alta gestión. Radicación No. 20219000005662 de fecha 05 de Enero de 2021.

 

En atención al escrito de la referencia, mediante el cual consulta si un funcionario que este nombrado en encargo del nivel directivo puede percibir la prima de alta gestión, me permito manifestarle lo siguiente:

 

El Decreto 305 de 2020, “Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Auditoría General de la República y se dictan otras disposiciones.”, establece:

 

“ARTÍCULO 4°. Prima de alta gestión. Los siguientes empleos podrán percibir mensualmente una prima de alta gestión hasta por el veinte por ciento (20%) de la asignación básica mensual, conforme a la resolución del Auditor General de la República, en la cual se establecerán los criterios de remuneración de la gestión, con base en el desempeño global de las respectivas dependencias, la cual no constituye factor salarial para ningún efecto legal: 

 

Auditor Delegado 

 

Secretario General 

 

Director de Oficina 

 

Gerente Seccional 

 

Director 

 

PARÁGRAFO. En aplicación de este artículo no se podrán exceder, en ningún caso, las apropiaciones presupuestales vigentes. “

 

De acuerdo con la norma transcrita, se infiere que los empleos de Auditor Delegado, Secretario General, Director de Oficina, Gerente Seccional y Director podrán percibir mensualmente una prima de alta gestión hasta por el veinte por ciento de la asignación básica mensual, conforme la resolución del Auditor General de la Republica en la que se establecen criterios de remuneración, con base en el desempeño global de la respectiva dependencia.

 

Por lo tanto, lo procedente es consultar el acto administrativo expedido por el auditor para determinar la procedencia de percibir prima de alta gestión cuando se está encargado.

 

Finalmente, me permito indicarle que, para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARMANDO LÓPEZ CORTES

 

Director Jurídico

 

Proyectó: Christian Ayala

 

Aprobó. Armando López Cortes.

 

11602.8.4