Decreto 4888 de 2011 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4888 de 2011

Fecha de Expedición: 23 de diciembre de 2011

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA. - UAE.
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Instituto Nacional de Metrología IMN

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DECRETO 4888 DE 2011

 

(Diciembre 23)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Nacional de Metrología - INM y se dictan otras disposiciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Nacional de Metrología (INM), con el fin de modificar su planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública; 

 

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Las funciones propias del Instituto Nacional de Metrología, (INM), serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: 

 

Número de Cargos

Denominación del Cargo y Dependencia

Código

Grado

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

1 (Uno)

Director General de Unidad Administrativa Especial

0015

25

1 (Uno)

Asesor

1020

15

1 (Uno)

Asesor

1020

12

1 (Uno)

Secretario Bilingüe

4182

26

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Secretario General de Unidad Administrativa Especial

0037

22

3 (Tres)

Subdirector General de Unidad Administrativa Especial

0040

20

1 (Uno)

Jefe Oficina Asesora de Planeación

1045

14

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

18

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

16

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

13

2(Dos)

Profesional Especializado

2028

12

3 (Tres)

Profesional Universitario

2044

11

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

10

10 (Diez)

Profesional Universitario

2044

09

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

07

2 (Dos)

Profesional Universitario

2044

05

4 (Cuatro)

Profesional Universitario

2044

03

2 (Dos)

Profesional Universitario

2044

01

1 (Uno)

Técnico Operativo

3132

13

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

09

4 (Cuatro)

Técnico Administrativo

3124

07

1 (Uno)

Secretario

4178

08

3 (Tres)

Secretario Ejecutivo

4210

15

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

12

 

ARTÍCULO 2°. El Instituto Nacional de Metrología, mediante resolución, incorporará los empleados públicos que adelantan funciones de metrología científica e industrial en la Superintendencia de Industria y Comercio a la fecha de expedición del presente decreto y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Instituto. 

 

PARÁGRAFO. La incorporación de los empleados a la planta de personal de que trata el presente artículo se efectuará dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha de su publicación. 

 

ARTÍCULO 3°. La provisión de los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia. 

 

ARTÍCULO  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 4189 de 2011 y demás disposiciones que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 23 días del mes de diciembre de 2011.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

 

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

 

SERGIO DÍAZ-GRANADOS GUIDA.

 

EL SUBDIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

JORGE LUIS TRUJILLO ALFARO.