Decreto 4336 de 2004 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4336 de 2004

Fecha de Expedición: 22 de diciembre de 2004

Fecha de Entrada en Vigencia: 23 de diciembre de 2004

Medio de Publicación: Diario Oficial 45771 de diciembre 23 de 2004

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 4336 DE 2004

(Diciembre 22)

por el cual se adiciona el artículo 11 del Decreto 115 de 1996 que establece las normas sobre la elaboración, conformación y ejecución de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, dedicadas a actividades no financieras.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 9° y 43 de la Ley 179 de 1994,

DECRETA:

 Artículo 1°. El artículo 11 del Decreto 115 de 1996 se adicionará con el siguiente inciso:

Los procesos de selección amparados con vigencias futuras excepcionales que no se adjudiquen en la vigencia fiscal en que se autorizaron, requerirán una nueva autorización, antes de su perfeccionamiento, sin que sea necesario reiniciar el proceso de selección.

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 45771 de diciembre 23 de 2004.