Circular Conjunta 100-11 de 2020 Ministerio de Trabajo - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Conjunta 100-11 de 2020 Ministerio de Trabajo

Fecha de Expedición: 31 de mayo de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ACUERDOS COLECTIVOS
- Subtema: Negociación de Contenido Particular

Inicio a partir del mes de junio de 2020 de la negociación singular o de contenido particular de los pliegos de peticiones presentados por las organizaciones sindicales del sector público, en el marco del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, haciendo uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones TIC.

ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA
- Subtema: COVID-19

Inicio a partir del mes de junio de 2020 de la negociación singular o de contenido particular de los pliegos de peticiones presentados por las organizaciones sindicales del sector público, en el marco del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, haciendo uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones TIC.

NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Subtema: Negociación Colectiva

Inicio a partir del mes de junio de 2020 de la negociación singular o de contenido particular de los pliegos de peticiones presentados por las organizaciones sindicales del sector público, en el marco del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, haciendo uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones TIC.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

CIRCULAR CONJUNTA No. 100-11

 

(Mayo 31)

 

PARA: SECRETARIOS GENERALES O QUIENES HAGAN SUS VECES EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL, RAMA JUDICIAL, RAMA LEGISLATIVA, ÓRGANOS AUTÓNOMOS, ORGANISMOS DE CONTROL Y ORGANIZACIÓN ELECTORAL

 

DE: MINISTRO DEL TRABAJO Y DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

ASUNTO: INICIO A PARTIR DEL MES DE JUNIO DE 2020 DE LA NEGOCIACIÓN SINGULAR O DE CONTENIDO PARTICULAR DE LOS PLIEGOS DE PETICIONES PRESENTADOS POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES DEL SECTOR PÚBLICO, EN EL MARCO DEL DECRETO 1072 DE 2015, ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR TRABAJO, HACIENDO USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS TELECOMUNICACIONES -TIC-.

 

FECHA: 31 DE MAYO DE 2020

 

En virtud de la declaratoria de la Emergencia Sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 por causa del COVID-19, enfermedad declarada por la Organización Mundial de la Salud como una pandemia y con el fin de cumplir las medidas decretadas por el Gobierno nacional para proteger la salud de todos los habitantes, entre ellas la del distanciamiento físico, se solicitó a las entidades, mediante circulares conjuntas 100-05-2020 del 16 de marzo de 2020, 100-06-2020 del 27 de abril de 2020 y 100-07- 2020 del 2 de mayo de 2020, postergaran la instalación de las mesas singulares o de contenido particular, para negociar el pliego presentado en el mes de febrero por las organizaciones sindicales del sector público, en el marco del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo.

 

En la actualidad el país avanza hacia un aislamiento obligatorio preventivo inteligente, con el cual se procura de manera conjunta preservar la vida, la salud en conexidad con la vida y la vida productiva del país y de sus habitantes. Por ello, el Señor Presidente de la República, en la Directiva 03 del pasado 22 de mayo, señala que los servidores públicos y los contratistas del Estado estamos llamados a liderar y avanzar de forma diligente, comprometida, responsable y consecuente con la situación que se ha derivado por causa de la pandemia por el nuevo coronavirus COVID-19, en la prestación de los servicios a cargo de las entidades públicas, con sujeción a los protocolos generales de bioseguridad adoptados por el Ministerio de Salud y Protección Social1 y priorizando el Trabajo en Casa2 , por el tiempo que dure la emergencia sanitaria, la cual fue prorrogada por el Ministerio de Salud y Protección Social hasta el 31 de agosto de 2020.3

 

En este sentido y con el fin de garantizar el derecho constitucional de los trabajadores del sector público de negociar sus condiciones laborales, preservar la vida y dar cumplimiento a los protocolos de bioseguridad, se hace un llamado a las entidades a instalar o dar continuidad a la mesa singular o de contenido particular por la entidad, a partir del mes de junio de 2020, haciendo uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones -TIC.

 

Para el desarrollo de las sesiones virtuales, se sugiere que las entidades definan con las organizaciones sindicales presentes en cada entidad, entre otros aspectos, los siguientes:

 

1. La herramienta de comunicación a utilizar teniendo en cuenta los parámetros tecnológicos y requerimientos de conexión.

 

2. El mecanismo que van a utilizar para la citación a las sesiones, así como la agenda de la sesión.

 

3. Tiempo máximo de la sesión y de las intervenciones, en procura de alcanzar el objetivo definido para las mismas.

 

4. Definir los contenidos a tratar y el listado de participantes en cada sesión, en aras de una mejor utilización del tiempo.

 

5. Definir las fechas de las sesiones.

 

6. Levantar actas de cada sesión y de los acuerdos a que lleguen.

 

Las entidades adelantarán la negociación en el marco de las competencias constitucionales, legales y en los términos y etapas señaladas en el Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, por el cual se reglamenta la Ley 411 de 1997, que aprueba el Convenio 151 de la OIT.

 

Cordialmente,

 

ÁNGEL CUSTODIO CABRERA BAÉZ

 

MINISTRO DEL TRABAJO

 

DIRECTOR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

 

1 Resolución 666 del 24 de abril de 2020

 

2 Decreto legislativo 491 de marzo 28 de 2020

 

3 Resolución 844 del 26 de mayo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.