Decreto 1042 de 2020 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1042 de 2020

Fecha de Expedición: 16 de julio de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEFENSORÍA DEL PUEBLO
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal de la Defensoría del Pueblo.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1042 DE 2020

 

(Julio 16)

 

Por el cual se modifica la planta de personal de la Defensoría del Pueblo.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 19 de la Ley 24 de 1992, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se requiere modificar la planta de personal de la Defensoría del Pueblo con el fin de fortalecer algunas de sus dependencias y proveer los empleos para la recientemente creada Defensoría Regional de Soacha, la cual atenderá los casos de vulneración de Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario en la población de los municipios de Soacha, Sibaté y Granada. 

 

Que la Defensoría del Pueblo presentó el estudio técnico para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable para modificar la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.Supresión de empleos. Suprimir de la planta de personal de la Defensoría del Pueblo los siguientes empleos:

 

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

PLANTA GLOBAL

Dos (2)

Profesional Especializado en Investigación

2040

17

Siete (7)

Técnico en Criminalística

3010

15

Uno (1)

Secretario

4030

8

Veintiuno (21)

Auxiliar de Servicios Generales 

4080

4

 

ARTÍCULO 2.Creación de empleos. Crear en la planta de personal de la Defensoría del Pueblo los siguientes empleos:

 

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

PLANTA GLOBAL

Uno (1)

Defensor Regional

60

-

Siete (7)

Profesional  Universitario

2050

15

Seis (6)

Profesional Universitario

2050

14

Seis (6)

Conductor

4060

6

Uno (1)

Ayudante de Oficina

4090

4

 

ARTÍCULO 3.- Distribución de cargos. El Defensor del Pueblo distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal previstos en el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura orgánica de la Entidad, las necesidades del servicio, los planes, proyectos y programas, para lo cual podrá, dentro de sus competencias, conformar grupos internos de trabajo, con carácter permanente o transitorio.

 

ARTÍCULO  4.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente al Decreto 188 de 1993, modificado por los decretos 2334 de 1993, 2610 de 1994, 757 de 1998, 2695 de 2005, 3565 de 2006, 4135 de 2007, 385 de 2009, 4629 de 2011, 1812 de 2013, 027 de 2014, 181 de 2018 y demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 Dado en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de julio de 2020

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

 

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,

 

MARGARITA LEONOR CABELLO BLANCO

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO