Concepto 063711 de 2020 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 063711 de 2020 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 18 de febrero de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Reubicación

La entidad puede cambiar de sede de prestación del servicio, sin necesidad de tener en cuenta las situaciones particulares de cada uno de sus empleados, ya que dicho cambio obedece a razones de prestación del servicio.

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*20206000063711*

 

Al contestar por favor cite estos datos:

 

Radicado No.: 20206000063711

 

Fecha: 18/02/2020 04:06:31 p.m.

 

Bogotá D.C.

 

REF: EMPLEOS. – Cambio de Sede RAD. 20209000020792 del 16 de enero de 2020.

 

Me refiero a su comunicación, en la cual consulta la viabilidad de un cambio de sede de una empleada de carrera, me permito señalar lo siguiente:

 

Las entidades del Estado de acuerdo con sus estatutos cuentan con un domicilio y una sede desde la cual prestan sus servicios. Como usted lo refiere en su comunicación, la Empresa Social del Estado a la cual se encuentra vinculada opera en los municipios de Milán, Solano, Solita, Valparaíso y Florencia.

 

Así las cosas, la Empresa Social del Estado puede cambiar de sede, de acuerdo a las necesidades del servicio, o por cualquier otra razón que facilite el mismo.

 

De acuerdo con lo anterior, la entidad puede cambiar de sede de prestación del servicio, sin necesidad de tener en cuenta las situaciones particulares de cada uno de sus empleados, ya que dicho cambio obedece a razones de prestación del servicio.

 

Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

 

El anterior concepto se imparte en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARMANDO LÓPEZ CORTES

 

Director Jurídico

 

Elaboró: David Platin.

 

Revisó: José Fernando Ceballos

 

Aprobó: Armando López Cortés

 

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