Concepto 15321 de 2020 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 15 de enero de 2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
EMPALME
- Subtema: Alcaldias
El proceso de empalme, la intervención de las corporaciones públicas como el concejo municipal y la asamblea departamental pueden solicitar información sobre el proceso de empalme, que debe ser de carácter público, y proponer recomendaciones. Con relación al alcalde saliente y su equipo de trabajo, entre ellos, los secretarios de despacho, son los responsables de entregar la administración y los balances de su gestión.
*20206000015321*
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Radicado No.: 20206000015321
Fecha: 15/01/2020 03:41:04 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Inhabilidad de alcalde, concejal, diputado y secretarios territoriales para participar en la comisión de empalme del alcalde entrante. Radicado: 2019-206-041032-2 del 17 de diciembre de 2019
En atención a la comunicación de la referencia, remitida a este Departamento Administrativo por la Presidencia de la República respecto a la integración de la comisión de empalme del alcalde entrante por parte de un alcalde, concejal, diputado o secretarios territoriales, de acuerdo con la guía de «cierre exitoso de gobiernos territoriales» en la que participó este Departamento Administrativo se trataron diversos temas entre los cuales se refirieron a la comisión de empalme así como, a quienes deben participar en la misma. Al respecto, la mencionada guía, determinó lo siguiente:
«El gobernante saliente y sus equipos de trabajo: Es el responsable de entregar la administración y los balances de su gestión. Igualmente, los servidores públicos son soporte de la memoria institucional y responsables de organizar y entregar la información a cargo de su competencia.
¿Quiénes participan?
El gobernante electo: Como responsable de guiar los destinos de la alcaldía o gobernación durante los próximos cuatro años y de orientar el desarrollo del territorio conforme al mandato ciudadano, recibe y utiliza la información del gobierno saliente para identificar logros, aciertos y oportunidades de mejora.
El jefe de la Oficina de Control Interno: Este servidor se mantiene luego del cierre de periodo y tiene una mirada independiente, por lo que se convierte en un elemento clave del equipo; por eso su papel es garantizar que el proceso de empalme se lleve a cabo. Conoce la gestión del gobierno saliente y puede asesorar y alertar, a partir de la experiencia, las acciones de la nueva administración.
Los Organismos de Control: Cumplir con la competencia establecida en las leyes sobre inspección, vigilancia y control, que garantice y contribuya con procesos de empalme transparentes. En este sentido son llamados para hacer parte del proceso, las gerencias territoriales de la Contraloría General de la República, las Contralorías territoriales, la Procuraduría, así como las Personerías municipales.
Los Consejos Territoriales de Planeación: En el marco de su función de seguimiento a las metas del plan de desarrollo, harán revisión y validación de la información presentada, identificarán y presentarán recomendaciones frente a los programas y proyectos estratégicos que deben tener continuidad en la nueva administración.
La Ciudadanía y sus organizaciones: Conocer la información de empalme que socialice la administración, analizar la coherencia de esta frente a anteriores ejercicios de rendición de cuentas que se hayan efectuado y proponer a la nueva administración temas que considere prioritarios.
Las Corporaciones públicas: Podrán solicitar información correspondiente del proceso de empalme (informe de gestión) que tiene un carácter público y proponer recomendaciones con base en el análisis de los documentos.
Delegados de los Núcleos, en Municipios incluidos en el Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET: Conocer y articular los compromisos establecidos en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET, dando cumplimiento a lo señalado en el Decreto 893 de 2017. En los empalmes de los 16 departamentos involucrados se propone la participación de al menos dos representantes de los pobladores que participaron en la aprobación del Plan de Acción para la Transformación Regional - PATR que son los instrumentos de planeación de las 16 subregiones PDET».
De acuerdo a lo anterior, en el proceso de empalme, la intervención de las corporaciones públicas como el concejo municipal y la asamblea departamental pueden solicitar información sobre el proceso de empalme, que debe ser de carácter público, y proponer recomendaciones. Con relación al alcalde saliente y su equipo de trabajo, entre ellos, los secretarios de despacho, son los responsables de entregar la administración y los balances de su gestión.
Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web www.funcionpublica.gov.co/eva en el link «Gestor Normativo» donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.
El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ARMANDO LOPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyectó: Angélica Guzmán Cañón
11602.8.4