Decreto 713 de 1999 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 713 de 1999

Fecha de Expedición: 24 de abril de 1999

Fecha de Entrada en Vigencia: 04 de mayo de 1999

Medio de Publicación: Diario Oficial 43570 de mayo 4 de 1999

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Reorganización

Se modifica la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, creación del Área de Información y Sistemas, art. 1 y 2. Vigencia, art. 3.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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DECRETO 713 DE 1999

(Abril 24)

"Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 54 de la Ley 489 del 30 de diciembre de 1998,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Suprímese en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la Secretaría de Información y Sistemas, creada mediante Decreto 1860 de 1991.

ARTÍCULO 2°. Créase en la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Área de Información y Sistemas, la cual dependerá del Despacho del Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. El Área de Información y Sistemas cumplirá las siguientes funciones:

- Proponer planes, programas y proyectos para el manejo, análisis y desarrollo informático del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, orientar su ejecución y controlar y evaluar el cumplimiento de los mismos.

.-. Propiciar el desarrollo de sistemas que faciliten la adopción de decisiones por parte de la Dirección Administrativa.

-. Prestar apoyo en materia de sistemas a las diferentes dependencias de la Presidencia de la República.

-. Las demás que le sean asignadas y que estén acorde con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1680 de 1991.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de abril de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

JUAN HERNÁNDEZ CELIS.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

MAURICIO ZULUAGA RUIZ.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 43.570 de Mayo 4 de 1999.