Resolución 682 de 2019 Contraloría General de la República - Gestor Normativo - Función Pública

Resolución 682 de 2019 Contraloría General de la República

Fecha de Expedición: 08 de enero de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Contraloria General de la República

Se distribuyen los empleos creados por el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

RESOLUCIÓN 682 DE 2019

 

(Enero 08)

 

Por la cual se distribuyen los empleos de la planta global de duración temporal de empleos de la Contraloría General de la República creada para el fortalecimiento vigilancia y control del Sistema General de Regalías, se crean unos Grupos Internos de Trabajo, y se dictan otras disposiciones.

 

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA,

 

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 38 de la Ley 1492 del 27 de diciembre de 2018, en concordancia con lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000 y en el artículo 4° del Decreto-ley 271 de 2000, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 267 de la Constitución Política establece que “El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación”; 

 

Que el referido artículo 267 de la Constitución Política prevé, así mismo, que el control fiscal “(…) se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca la ley”, y que “La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales”; 

 

Que de conformidad con lo previsto en los numerales 1 y 5 del artículo 268 de la Carta Política, corresponde al Contralor General de la República “Prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas, los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse”; así como “Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma”; 

 

Que el artículo 152 de la Ley 1530 de 20121 establece que corresponde a la Contraloría General de la República, en desarrollo de sus funciones constitucionales, ejercer “(…) la vigilancia y el control fiscales sobre los recursos del Sistema General de Regalías”; 

 

Que el artículo 38 de la Ley 1492 del 27 de diciembre de 20182, con el propósito de fortalecer la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, creó en la Contraloría General de la República la siguiente planta global de duración temporal hasta el 31 de diciembre de 2020: 

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

15 

Contralores Delegados Intersectoriales 

04 

25 

Contralores Delegados Sectoriales 

04 

30 

Contralores Provinciales 

01 

40 

Asesores Despacho 

02 

 

Que el mencionado artículo 38 de la Ley 1942 de 2018, establece adicionalmente que “[L]os empleos creados se regirán por el sistema de clasificación, nivel, tipo de vinculación y régimen salarial y prestacional de los empleos de la planta permanente de la Contraloría General de la República”; 

 

Que el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 prevé, así mismo, que “[L]as funciones específicas de los empleos creados, serán fijadas por acto administrativo expedido por el Contralor General de la República” y que su provisión y distribución corresponde, igualmente, al Contralor General de la República; 

 

Que el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 dispuso, igualmente, que “[P]ara el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos de regalías, la Contraloría General de la República contará con la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías y con la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, en cada una de las cuales el Contralor General de la República destacará un Contralor Delegado de Regalías, encargado de las labores de coordinación y articulación de actividades de la Unidad”; 

 

Que el artículo 4° de la Ley 42 de 19933, define el control fiscal como una función pública en virtud de la cual se “(…) vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles”; 

 

Que de acuerdo con el referido artículo 4° de la Ley 42 de 1993 el control fiscal “(…) será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República (…) conforme a los procedimientos, sistemas, y principios que se establecen en (…)” dicha ley; 

 

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley 42 de 1993 “(…) se entiende por control posterior la vigilancia de las actividades, operaciones y procesos ejecutados por los sujetos de control y de los resultados obtenidos por los mismos (…) [y] Por control selectivo (…) la elección mediante un procedimiento técnico de una muestra representativa de recursos, cuentas, operaciones o actividades para obtener conclusiones sobre el universo respectivo en el desarrollo del control fiscal”; 

 

Que el artículo 1° de la Ley 610 de 20004 establece, por su parte, que “[E]l proceso de responsabilidad fiscal es el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las Contralorías con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de esta, causen por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado”; 

 

Que el artículo 40 de la mencionada Ley 610 de 2000 prevé que se dará apertura al proceso de responsabilidad fiscal por parte del funcionario competente “[C]uando de la indagación preliminar, de la queja, del dictamen o del ejercicio de cualquier acción de vigilancia o sistema de control, se encuentre establecida la existencia de un daño patrimonial al Estado e indicios serios sobre los posibles autores del mismo (…)”; 

 

Que el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011 dispuso una serie de mecanismos para fortalecer la lucha contra la corrupción dentro de los cuales se contempló la creación de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción en la estructura de la Contraloría General de la República con el objeto de “(…) adelantar auditorías especiales o investigaciones relacionadas con hechos de impacto nacional que exijan la intervención inmediata de la entidad por el riesgo inminente de pérdida o afectación indebida del patrimonio público o para establecer la ocurrencia de hechos constitutivos de responsabilidad fiscal y recaudar y asegurar las pruebas para el adelantamiento de los procesos correspondientes (…)”; y para desarrollar dichas funciones ordenó la creación de once (11) cargos de Contralor Delegado Intersectorial; 

 

Que otra de las medidas de fortalecimiento de la lucha contra la corrupción contempladas en el referido artículo 128 de la Ley 1474 de 2011, es el establecimiento de Gerencias Departamentales Colegiadas en el nivel desconcentrado de la estructura orgánica de la Contraloría General de la República, encargadas de la vigilancia y el control fiscal a la ejecución de recursos de la nación en el nivel territorial de acuerdo con las reglas allí previstas; 

 

Que el parágrafo 1° del mencionado artículo 128 de la Ley 1474 de 2011 establece que “[P]ara los efectos previstos en este artículo, los servidores públicos de la Contraloría General de la República que tengan la calidad o ejerzan la función de contralores delegados, contralores provinciales, directores, supervisores, coordinadores, asesores, profesionales o tecnólogos podrán hacer parte de los grupos o equipos de auditoría”; 

 

Que la Contraloría General de la República mediante Resolución 6397 de 20115 reguló el funcionamiento interno de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción estableciendo su competencia, funciones y otras disposiciones de carácter procedimental; 

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2° de la mencionada Resolución 6397 de 20116 corresponde al Contralor General de la República determinar de oficio “(…) los hechos de impacto nacional que exijan la intervención inmediata de que trata el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011, y ordenar[á] su asignación al conocimiento de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción”; 

 

Que mediante Resolución Orgánica 6541 de 20127 la Contraloría General de la República reguló la conformación y funcionamiento de las Gerencias Departamentales Colegidas, precisando que a ellas corresponde conocer “(…) los asuntos que sometan a su consideración cada uno de los Directivos Colegiados en el trámite del control fiscal micro; la recepción y trámite de quejas y denuncias ciudadanas; la ejecución del control fiscal posterior excepcional; la indagación preliminar fiscal; el proceso de responsabilidad fiscal, del proceso de jurisdicción coactiva y el Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal”; 

 

Que la Contraloría General de la República expidió la Resolución Orgánica 6680 de 2012, “Por la cual se adoptan herramientas y actuaciones especiales de control fiscal con miras a maximizar su eficiencia, oportunidad y efectividad, así como la evaluación de la información estratégica resultante del ejercicio de la vigilancia fiscal”; 

 

Que el artículo 25 de la mencionada Resolución Orgánica 6680 de 2012 definió una actuación especial de fiscalización como una “(…) acción de control fiscal breve y sumaria, en la que el funcionario o los funcionarios designados abordan una investigación sobre hechos relativos a entidades sujetos de control o los recursos públicos respecto de los cuales tenga competencia la Contraloría General de la República y que lleguen a su conocimiento por cualquier medio de información o denuncia ciudadana, la cual podrá adquirir connotación fiscal por su afectación al interés general, la moralidad administrativa y el patrimonio público”; 

 

Que la Resolución 5500 de 20038 definió la competencia para conocer, tramitar y decidir la indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal, que corresponde adelantar a la Contraloría General de la República en las dependencias que allí se señalan; 

 

Que el artículo 27 del Decreto-ley 267 de 20009 establece que “[E]l Contralor General de la República, mediante acto administrativo, podrá delegar funciones generales o específicas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, así como las atribuidas a la Contraloría General de la República por las que deba responder, con excepción de los casos de que trata el artículo 29 del presente decreto. Esta delegación podrá hacerse en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría General de la República”; 

 

Que el artículo 4° del Decreto-ley 271 de 200010 faculta al Contralor General de la República para crear y organizar Grupos Internos de Trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas, programas y proyectos de la Entidad; 

 

Que, en el contexto normativo descrito, para el adecuado y oportuno ejercicio de la función de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías y el efectivo desarrollo de los procesos de responsabilidad fiscal que de ello se deriven, se requiere distribuir los empleos de la planta temporal de la Contraloría General de la República entre las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías, y de Responsabilidad Fiscal de Regalías, y las Gerencias Departamentales; así como definir las funciones específicas de los empleos de la planta temporal que las integran; y conformar dentro de estas unos Grupos Internos de Trabajo y establecer sus actividades y responsabilidades; 

 

En mérito de lo expuesto, 

 

RESUELVE:

 

CAPÍTULO I

 

OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

 

ARTÍCULO  1°. Objeto. El objeto de la presente resolución es distribuir los empleos de la Planta Temporal de Empleos de la Contraloría General de la República creada en el artículo 38 de la Ley 1942 del 27 de diciembre 2018, entre la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías, la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías y las Gerencias Departamentales y precisar algunas de sus funciones, actividades y procedimientos; conformar dentro de estas Grupos Internos de Trabajo y establecer sus respectivas responsabilidades. 

 

(Modificado por el Art. 1 de la Resolución 691 de 2019)

 

ARTÍCULO  2°. Campo de aplicación. La presente resolución aplica a todas las dependencias, empleos, servidores y procesos de la Contraloría General de la República, en especial a aquellos empleos creados mediante el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 y los procesos administrativos y misionales relacionados con la vigilancia y control de los recursos del Sistema General de Regalías y los correspondientes procesos de responsabilidad fiscal en la materia. 

 

(Modificado por el Art. 2 de la Resolución 691 de 2019)

 

CAPÍTULO II

 

DISTRIBUCION GENERAL DE LA PLANTA TEMPORAL DE EMPLEOS DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPU´BLICA

 

ARTÍCULO  3°. Distribución de los empleos de la Planta Global Temporal. La planta global temporal de empleos de la Contraloría General de la República, creada para el fortalecimiento y control fiscal del Sistema General de Regalías, se distribuye de la siguiente manera: 

 

(Modificado por el Art. 3 de la Resolución 691 de 2019)

 

1. Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías

 

Nivel Central

 

CANTIDAD

DENOMINACIÓN

GRADO

25 

Contralores Delegados Sectoriales 

04 

23 

Asesores Despacho 

02 

 

2. Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías

 

Nivel Central

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

15 

Contralores Delegados Intersectoriales 

04 

17 

Asesores Despacho 

02 

 

3. Gerencias Departamentales Colegiadas

 

Nivel Desconcentrado

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

30 

Contralores Provinciales 

01 

 

Los Contralores Provinciales se distribuirán entre las Gerencias Departamentales Colegiadas de la siguiente manera: 

 

DEPARTAMENTO 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

Amazonas 

Contralor Provincial 

Antioquia 

Contralor Provincial 

Arauca 

Contralor Provincial 

Atlántico 

Contralor Provincial 

Bolívar 

Contralor Provincial 

Boyacá 

Contralor Provincial 

Caldas 

Contralor Provincial 

Caquetá 

Contralor Provincial 

Casanare 

Contralor Provincial 

Cauca 

Contralor Provincial 

Cesar 

Contralor Provincial 

Chocó 

Contralor Provincial 

Córdoba 

Contralor Provincial 

Cundinamarca 

Contralor Provincial 

Guaviare 

Contralor Provincial 

Huila 

Contralor Provincial 

La Guajira 

Contralor Provincial 

Magdalena 

Contralor Provincial 

Meta 

Contralor Provincial 

Nariño 

Contralor Provincial 

Norte de Santander 

Contralor Provincial 

Putumayo 

Contralor Provincial 

Quindío 

Contralor Provincial 

Risaralda 

Contralor Provincial 

Santander 

Contralor Provincial 

Sucre 

Contralor Provincial 

Tolima 

Contralor Provincial 

Valle del Cauca 

Contralor Provincial 

 

PARÁGRAFO. Todos los empleos de la Planta Global Temporal, provistos o no, podrán ser reubicados o redistribuidos por el Contralor General de la República entre las diferentes unidades, gerencias y demás dependencias que ejercen vigilancia y control de los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con las necesidades del servicio, sin perjuicio de la ubicación geográfica que se haya asignado inicialmente. 

 

CAPÍTULO III

 

FUNCIONES GENERALES DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y AUDITORÍA DE REGALÍAS Y LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD FISCAL DE REGALÍAS

 

ARTÍCULO 4°. Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías. De conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione, en concordancia con lo previsto en las Leyes 42 de 1993 y 610 de 2000, corresponde a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías adelantar las acciones de vigilancia y aplicar los sistemas de control fiscal definidos por el Contralor General de la República a los recursos del Sistema General de Regalías, en la forma y condiciones previstas en la normativa vigente y aplicable; así como adelantar las indagaciones preliminares de carácter fiscal que deban iniciarse a partir de los resultados de la aplicación de las respectivas acciones de vigilancia y sistemas de control fiscal. 

 

La Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías cumplirá sus funciones en coordinación con las Contralorías Delegadas Sectoriales, las Contralorías Delegadas Generales y las Gerencias Departamentales Colegiadas, de conformidad con sus funciones y competencias. 

 

Igualmente, deberá dirigir y coordinar con la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, la realización de audiencias públicas y demás mecanismos de participación, con el objeto de lograr mayor oportunidad y eficacia en el control y vigilancia a la gestión pública de los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

Los procesos y procedimientos en materia de vigilancia y control fiscal se regirán por las disposiciones establecidas en la presente resolución, las funciones específicas de los empleos de la planta temporal de regalías, y la normatividad vigente que rige en la Entidad. 

 

ARTÍCULO 5°. Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías. De conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione, en concordancia con lo previsto en las Leyes 42 de 1993 y 610 de 2000, corresponde a la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías adelantar los procesos de responsabilidad fiscal en relación con los hechos determinados de impacto nacional por el Contralor General de la República, que deban iniciarse a partir de los resultados de la aplicación de las acciones de vigilancia y sistemas de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

De estos procesos conocerá en segunda instancia el Despacho del Contralor General de la República en los términos del artículo 4° de la Resolución Orgánica 5500 de 2003 o aquella que la modifique o sustituya. 

 

Los procesos y procedimientos a seguir en materia de responsabilidad fiscal se regirán por las disposiciones establecidas en la presente resolución, las funciones específicas de los empleos de la planta temporal de regalías, y la normatividad vigente que rige en la Entidad. 

 

CAPÍTULO IV

 

GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO DE LA PLANTA TEMPORAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

 

ARTÍCULO 6°. Conformación de Grupos Internos de Trabajo. Créanse los siguientes grupos internos de trabajo en la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías, los cuales estarán conformados por los empleos de la planta temporal de personal de la Contraloría General de la República que se indican a continuación: 

 

1. Grupo Interno de Trabajo de Estudios Sectoriales de Regalías, el cual estará conformado por los siguientes empleos de la planta temporal de personal: 

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

Contralor Delegado Sectorial 

04 

Asesores de Despacho 

02 

 

2. Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías, el cual estará conformado por los siguientes empleos de la planta temporal de personal: 

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

24 

Contralores Delegados Sectoriales 

04 

16 

Asesores Despacho 

02 

 

3. Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías, el cual estará conformado por los siguientes empleos de la planta temporal de personal: 

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

03 

Asesores de Despacho 

02 

 

4. Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías, el cual estará conformado por los siguientes empleos de la planta temporal de personal: 

 

CANTIDAD 

DENOMINACIÓN 

GRADO 

02 

Asesores de Despacho 

02 

 

ARTÍCULO 7°. Responsabilidades del Grupo Interno de Trabajo de Estudios Sectoriales de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Estudios Sectoriales de Regalías será responsable de realizar estudios y análisis de política pública, así como de consolidar, y procesar información concerniente a la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías en cada una de las etapas del ciclo de generación y aplicación de dichos recursos a fin de evaluar su impacto y resultados, así como identificar riesgos inherentes al ciclo

 

ARTÍCULO 8°. Actividades específicas del Grupo Interno de Trabajo de Estudios Sectoriales de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Estudios Sectoriales de Regalías para cumplir las responsabilidades que le fueron asignadas en el artículo anterior, desarrollará las siguientes actividades específicas:

 

1. Realizar estudios y análisis de política pública sobre el Sistema General de Regalías, en cada una de las etapas del ciclo de las regalías (generación, fiscalización, liquidación, recaudo, transferencia, distribución, giro y aplicación) con énfasis en la evaluación de su impacto y resultados; así como en la identificación de riesgos y aspectos críticos, en coordinación con la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas.

 

2. Detectar los riesgos y brindar información estratégica acerca de aquellos proyectos y aspectos críticos del Sistema General de Regalías.

 

3. Brindar lineamientos para el fortalecimiento de la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.

 

4. Realizar seguimiento en tiempo real en el marco del control posterior y selectivo a los recursos del Sistema General de Regalías en todas las etapas del ciclo, con el fin de generar alertas que permitan realizar actuaciones fiscales oportunas, eficaces y eficientes.

 

5. Aportar la información necesaria para el desarrollo de las funciones de la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas.

 

6. Analizar la información relacionada con la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías por parte de las entidades del orden nacional y territorial.

 

7. Efectuar el análisis de proyectos de la ley que se relacionen con el Sistema General de Regalías y rendir la información que sea solicitada por el Congreso.

 

8. Proponer lineamientos para contribuir con la construcción del Plan de Vigilancia Fiscal y Control Fiscal.

 

9. Suministrar a las demás dependencias de la Contraloría General, información relacionada con la temática propia de regalías.

 

10. Conceptuar acerca del funcionamiento del Sistema General de Regalías en cada una de las etapas del ciclo de generación y aplicación de dichos recursos.

 

11. Responder las solicitudes de información relacionadas con los asuntos tratados por el Grupo.

 

12. Realizar las demás actividades específicas que establezca el Contralor General de la República de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.

 

ARTÍCULO 9°. Coordinador del Grupo Interno de Estudios Sectoriales de Regalías. El Grupo de Trabajo de Estudios Sectoriales de Regalías actuará bajo coordinación de un Contralor Delegado Sectorial asignado a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías y designado por el Contralor General de la República, quien para tales efectos tendrá a su cargo las siguientes actividades específicas: 

 

1. Coordinar la ejecución de los estudios, análisis de política pública, análisis de proyectos de ley y demás temas relacionados con el Sistema General de Regalías de carácter sectorial, intersectorial o transversal para proponer indicadores, preparar diagnósticos e insumos al control fiscal y elaborar mapas de riesgo. 

 

2. Coordinar el desarrollo de las acciones de vigilancia fiscal a nivel macro y el seguimiento en tiempo real, en el marco del control posterior y selectivo, del Sistema General de Regalías. 

 

3. Articular la información, estudios y análisis del Sistema General de Regalías, con las demás dependencias de la Contraloría General de la República. 

 

4. Evaluar de manera preliminar los estudios sectoriales e intersectoriales y transversales sobre el análisis de las políticas públicas en materia de Sistema General de Regalías. 

 

5. Coordinar con los órganos e instituciones que tengan injerencia sobre los recursos del Sistema General de Regalías la interacción de los sistemas de información creados, para optimizar la vigilancia y el control fiscal a dichos recursos. 

 

6. Coordinar la implementación y administración de los sistemas de información y bases de datos necesarios para la realización efectiva de las actividades y responsabilidades del Grupo. 

 

7. Coordinar la implementación de las herramientas tecnológicas necesarias para el desarrollo de las funciones de la planta temporal de regalías, en coordinación con la Oficina de Sistemas e Informática de la Entidad. 

 

8. Coordinar la integración de los sistemas de información de la Contraloría General de la República para efectos de la vigilancia y control a nivel macro de los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

9. Participar en el Comité de Estudios Sectoriales o en la instancia que lo sustituya para contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales. 

 

10. Recibir y asignar mediante reparto los asuntos que deban conocer y adelantar los servidores que hacen parte del Grupo, así como los demás profesionales asignados al Grupo. 

 

11. Rendir al Contralor General de la República informes periódicos en relación con las actividades del Grupo. 

 

12. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las actividades y responsabilidades del Grupo. 

 

13. Responder las solicitudes de información relacionadas con los asuntos tratados por el Grupo. 

 

14. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de acuerdo con las responsabilidades del Grupo. 

 

ARTÍCULO 10. Responsabilidades Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías será responsable de adelantar las auditorías y actuaciones de vigilancia y control fiscal de todo tipo, controles excepcionales, y en general de cualquier actuación que comporte el ejercicio del control fiscal a nivel micro, concernientes a los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

ARTÍCULO 11. Actividades específicas Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías para cumplir las responsabilidades que le fueron asignadas en el artículo anterior, desarrollará las siguientes actividades específicas: 

 

1. Ejercer conforme a la tipología o modalidad que corresponda los instrumentos de vigilancia y de control fiscal a nivel micro sobre los recursos provenientes del Sistema General de Regalías en todas las actividades y etapas que comprenden el ciclo de estas. 

 

2. Ejercer conforme a la tipología que corresponda los instrumentos de vigilancia y de control fiscal a nivel micro sobre los recursos provenientes de las Regalías Directas. 

 

3. Adelantar las acciones de vigilancia y aplicar los sistemas de control fiscal definidos por el Contralor General de la República sobre los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías; así como respecto de las decisiones adoptadas por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD). 

 

4. Consolidar la información relacionada con las acciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro a los recursos del Sistema General de Regalías en todo el territorio nacional. 

 

5. Atender y tramitar las denuncias relacionadas con hechos que puedan afectar los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

6. Coordinar, implementar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con la tipología o modalidad de la acción de vigilancia o sistema de control fiscal a nivel micro que se aplique. 

 

7. Coordinar y orientar el trámite y ejecución de las acciones de vigilancia y los sistemas de control fiscal a nivel micro en el nivel central y en el nivel desconcentrado. 

 

8. Adelantar conforme a la ley y en los casos que corresponda el procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad con lo previsto en las Leyes 42 de 1993, 1427 y 1474 de 2012. 

 

9. Responder las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo. 

 

10. Rendir al Contralor General de la República informes periódicos en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo. 

 

11. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo. 

 

12. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de acuerdo con las responsabilidades del Grupo. 

 

PARÁGRAFO. El Grupo también podrá ejercer las anteriores actividades y responsabilidades respecto de los recursos de regalías y compensaciones asignados en el régimen anterior a la Ley 1530 de 2012. 

 

ARTÍCULO 12. Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías actuará bajo la dirección del Contralor Delegado Coordinador asignado a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías y designado por el Contralor General de la República, quien para tales efectos tendrá a su cargo las siguientes actividades específicas: 

 

1. Dirigir, coordinar y articular las actuaciones que surjan en torno al ejercicio de la vigilancia y el control fiscal a nivel micro de los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

2. Velar por el cumplimiento del Plan de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

3. Impartir lineamientos, criterios y directrices en relación con el trámite y decisión de las indagaciones preliminares a cargo de los contralores sectoriales que forman parte del grupo y hacer seguimiento a su desarrollo. 

 

4. Promover la ejecución de las políticas, planes y estrategias adoptados para el fortalecimiento técnico de la vigilancia y el control fiscal a nivel micro sobre los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

5. Articular con las Contralorías Delegadas Sectoriales todos los aspectos que permitan la adecuada vigilancia y control fiscal a nivel micro sobre los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

6. Recibir y asignar mediante reparto los asuntos que corresponden a la competencia del Grupo. 

 

7. Coordinar el trámite y atención de las denuncias ciudadanas relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

8. Revisar, emitir y suscribir en conjunto con el respectivo Contralor Delegado Sectorial, los informes de vigilancia fiscal que se rindan sobre los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

9. Dirigir la vigilancia y seguimiento de los recursos del Sistema General de Regalías en tiempo real en el marco del control posterior y selectivo. 

 

10. Coordinar con las respectivas Contralorías Delegadas Sectoriales e Intersectoriales, con la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías y con la Delegada de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva la conformación de grupos especiales de reacción inmediata cuando a ello hubiere lugar. 

 

11. Responder las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo. 

 

12. Rendir al Contralor General de la República informes periódicos en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo. 

 

13. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo. 

 

14. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de acuerdo con las responsabilidades del Grupo. 

 

ARTÍCULO 13. Responsabilidades Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías será responsable de prestar apoyo en temas administrativos, logísticos, financieros, de planeación y comunicación organizacional a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías. 

 

ARTÍCULO 14. Actividades específicas del Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías para cumplir las responsabilidades que le fueron asignadas en el artículo anterior, desarrollará las siguientes actividades específicas: 

 

1. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en las labores de identificación y provisión de los recursos físicos y humanos requeridos para adelantar las acciones de vigilancia y aplicar los sistemas de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías. 

 

2. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la estructuración, implementación y evaluación de indicadores de gestión para el seguimiento al cumplimiento de las funciones asignadas a los servidores públicos que forman parte de la planta temporal de la Contraloría General de la República. 

 

3. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en las labores de planeación, control y seguimiento a la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías asignados a la Contraloría General de la República. 

 

4. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la elaboración de los estudios previos y demás documentos requeridos por la normativa vigente y aplicable para la contratación de los bienes y servicios requeridos por las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías y de Responsabilidad Fiscal de Regalías para el adecuado cumplimiento de las funciones a su cargo. 

 

5. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la estructuración e implementación de las estrategias de comunicación necesarias para promover la participación ciudadana y el control social a la utilización de los recursos del Sistema General de Regalías; así como para rendir cuentas de las labores de vigilancia y control fiscal a dichos recursos y divulgar permanentemente a nivel interno y externo la gestión y resultados de las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías y de Responsabilidad Fiscal de Regalías. 

 

6. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la administración y manejo del archivo físico y magnético de las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías y de Responsabilidad Fiscal de Regalías, dando estricto cumplimiento a las disposiciones internas en materia de archivo y conservación de la información. 

 

ARTÍCULO 15. Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías actuará bajo la coordinación de un Asesor de Despacho Grado 02, designado por el Contralor General de la República, quien se encargará de liderar, coordinar, gestionar y responder por la adecuada y oportuna ejecución de las actividades específicas asignadas a este Grupo. 

 

ARTÍCULO 16. Responsabilidades Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías será responsable de prestar apoyo jurídico a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías. 

 

ARTÍCULO 17. Actividades específicas del Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías para cumplir las responsabilidades que le fueron asignadas en el artículo anterior, desarrollará las siguientes actividades específicas: 

 

1. Prestar apoyo jurídico al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la revisión y trámite de los asuntos de su competencia. 

 

2. Prestar apoyo a los Contralores Delegados Sectoriales que forman parte del Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías en la revisión jurídica de los resultados y conclusiones obtenidas producto de la aplicación de las acciones de vigilancia y de los sistemas de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías a fin de contribuir al esclarecimiento y determinación de hechos y/o situaciones que configuren un eventual daño patrimonial que amerite la iniciación de una indagación fiscal preliminar. 

 

3. Prestar apoyo jurídico a los Contralores Delegados Sectoriales que forman parte del Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías en el trámite y decisión de las indagaciones preliminares que deban adelantar en ejercicio de sus funciones. 

 

4. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la revisión y trámite de solicitudes de información, derechos de petición y requerimientos de otros organismos de control e investigación y/o de autoridades judiciales. 

 

5. Apoyar al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en la elaboración de proyectos de acto administrativo relacionados con el ejercicio de las funciones y competencias de las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías y de Responsabilidad Fiscal de Regalías. 

 

6. Coordinar con la Oficina Jurídica la respuesta a procesos judiciales que se originen o estén relacionados con las funciones de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías. 

 

7. Apoyar desde el punto de vista jurídico al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo en la elaboración de los estudios previos y demás documentos previstos en la normativa vigente y aplicable para la contratación de los bienes y servicios requeridos por las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías y de Responsabilidad Fiscal de Regalías. 

 

8. Prestar apoyo jurídico de manera transversal a las funciones propias de la Coordinación de la Unidad. 

 

ARTÍCULO 18. Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías. El Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías actuará bajo la Coordinación de un Asesor de Despacho Grado 02 de profesión abogado, designado por el Contralor General de la República, quien se encargará de liderar, gestionar y responder por la adecuada y oportuna ejecución de las actividades específicas asignadas a este Grupo. 

 

ARTÍCULO 19. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica o deroga las que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 8 días del mes de enero de 2019.

 

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

 

CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE.

 

NOTAS DE PIE DE PAGINA

 

1 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”. 

 

2 “Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020”. 

 

3 “Sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen”. 

 

4“Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías”. 

 

5 “Por la cual se determina el funcionamiento interno de la Unidad de Investigaciones Especiales contra 

 

la Corrupción y se dictan otras disposiciones”. 

 

6“Por la cual se determina el funcionamiento interno de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción y se dictan otras disposiciones”. 

 

7“Por la cual se precisan y fijan las competencias en el nivel desconcentrado de la Contraloría General de la República para el conocimiento y trámite del control fiscal micro, el control fiscal posterior excepcional; la atención de quejas y denuncias ciudadanas; la Indagación Preliminar Fiscal; el proceso de Responsabilidad Fiscal y el proceso de Jurisdicción Coactiva y el Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal, en atención a las modificaciones establecidas en la Ley 1474 de 2011”. 

 

8 “Por la cual se determina la competencia para el conocimiento y trámite de la acción de responsabilidad fiscal en la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones”. 

 

9 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones”. 

 

10 “Por el cual se establece la planta de personal de la Contraloría General de la República”.