Circular Conjunta 100-006 de 2019 Presidencia de la Republica - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Conjunta 100-006 de 2019 Presidencia de la Republica

Fecha de Expedición: 20 de diciembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

RENDICIÓN DE CUENTAS
- Subtema: Proceso de paz

Establece que para dar cumplimiento al mandato legal de rendir cuentas, las entidades deben incluir unas actividades en el Plan anticorrupción y de atención al ciudadano, establecido en la Ley 1474 de 2011.

RENDICIÓN DE CUENTAS

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

CIRCULAR CONJUNTA No. 100-006

 

PARA: REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES, ORGANISMOS QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JEFES DE CONTROL INTERNO EN EL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL QUE CONTRIBUYEN A LA IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO DE PAZ.

 

DE: DIRECTOR FUNCIÓN PÚBLICA Y CONSEJERO PARA LA ESTABILIZACIÓN Y CONSOLIDACIÓN

 

ASUNTO RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ACUERDO DE PAZ

 

FECHA 20 de diciembre de 2019

 

La ley 1757 de 2015 insta a las entidades que conforman la administración pública a rendir cuentas de la gestión en el marco de la política de rendición de cuentas que hace parte del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

 

Uno de los temas sobre los cuales las entidades públicas deben rendir cuentas es el relacionado con la gestión e inversión de recursos públicos que se destinan a cumplir con el Acuerdo de Paz, que establece en los puntos 2.2.5 y 6.1.5 que, con la finalidad de asegurar la transparencia de la gestión pública. garantizar el buen uso de los recursos, avanzar en la lucha contra la corrupción y fortalecer la participación ciudadana, se creará el Sistema de Rendición de Cuentas para la implementación del A cuerdo de Paz.

 

Por ello, para dar cumplimiento al mandato legal en articulación con el Sistema de Rendición de Cuentas del Acuerdo de Paz, y de igual manera, para que las entidades puedan planear la rendición de cuentas durante la vigencia del 2020, deberán incluir las siguientes actividades en el Plan Anticorrupción n y de Atención al Ciudadano que establece la ley 1474 de 2011.

 

Entidades del Orden Nacional

 

1. Elaborar un informe individual de rendición de cuentas con corte a 31 de diciembre de 2019 y publicarlo en la página web en la sección "Transparencia y acceso a información pública" a más tardar el 30 de marzo de 2020 bajo los lineamientos del Sistema de Rendición de Cuentas a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

2. Producir y documentar de manera permanente en el año 2020 la información sobre los avances de la gestión en la implementación del Acuerdo de Paz bajo los lineamientos del Sistema de Rendición de Cuentas a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

3. Diseñar e implementar una estrategia de divulgación de los avances de la entidad respecto a la implementación del A cuerdo de Paz. bajo los lineamientos del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, en cabeza de la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, en conjunto con el Departamento Administrativo de la Función Pública indiquen en el marco del Sistema de Rendición de Cuentas.

 

4. Diseñar e implementar espacios de diálogo nacionales y territoriales con base en los lineamientos del Manual Único de Rendición de Cuentas de acuerdo con el cronograma establecido por el Sistema de Rendición de Cuentas.

 

Entidades del Orden Territorial

 

Con base en las metas del Plan de Desarrollo Territorial y específicamente, lo que programe la entidad en su Plan de Acción Anual articulado con el Plan Anticorrupción, que esté expresamente identificado como apoyo a la implementación del Acuerdo Paz y en particular al Plan Marco de Implementación según el amparo de sus competencias legales, la entidad deberá:

 

1. Elaborar un informe individual de rendición de cuentas con corte a 30 de noviembre de 2020 y publicarlo en la página web en la sección "Transparencia y acceso a información pública" a más tardar el 31 de diciembre del mismo año bajo los lineamientos del Sistema de Rendición de Cuentas a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

2. Producir y documentar de manera permanente en el año 2020 la información sobre los avances de la gestión en la implementación del Acuerdo de Paz bajo los lineamientos del Sistema de Rendición de Cuentas a cargo de Función Pública.

 

3. Diseñar e implementar una estrategia de divulgación de los avances de la entidad respecto a la implementación de Acuerdo de Paz, bajo los lineamientos del Sistema de Rendición de Cuentas.

 

4. Desarrollar escenarios de diálogo con base en los lineamientos del Manual Único de Rendición de Cuentas.

 

Finalmente, en aras de mejorar la articulación entre las áreas misionales que implementan el Acuerdo de Paz y las oficinas de planeación, responsables de proveer la información

 

sobre los avances del Acuerdo de Paz, solicitamos a las entidades del Orden Nacional en cabeza del Comité Institucional de Gestión y Desempeño que formalicen designando expresamente, un equipo encargado de: I) Acompañar y monitorear todos los procesos que esté implementando la entidad en relación con el Acuerdo de Paz; II) Articular la producción de información para el reporte tanto en el SIIPO como para producir el informe individual de rendición de cuentas; III) Coordinar los procesos de diálogo con la ciudadanía; IV) Elaborar y hacer seguimiento al plan de acción que permita cumplir las responsabilidades de la entidad en el Plan Marco de Implementación; V) Apoyar y articular con el enlace designado por la entidad las labores respecto de la política de Paz con Legalidad; VI) Informar al representante legal, de manera permanente, los avances de las responsabilidades de la entidad en el marco de la política de Paz con legalidad. Lo anterior, deberá ser comunicado a más tardar el 31 de enero de 2020 a los siguientes correos: enlacesestabilizacion@presidencia.gov.co rendiciondecuentaspaz@funcionpublica.gov.co

 

Cualquier inquietud pueden comunicarse a los siguientes teléfonos: Función pública: Dirección de Participación, Transparencia y Servicio al Ciudadano- Sistema de Rendición de Cuentas: (57+1) 7395656 extensiones 635, o al correo rendiciondecuentaspaz@funcionpublica.gov.co; Consejería para la Estabilización y Consolidación: (57+1) 562 9300 382 2800 o al correo enlacesestabilizacion@presidencia.gov.co

 

Cordialmente,

 

EMILIO ARCHILA PEÑALOSA

 

CONSEJERO PARA LA ESTABILIZACIÓN Y LA CONSOLIDACIÓN

 

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO

 

DIRECTOR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA