Decreto 587 de 2007 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 587 de 2007

Fecha de Expedición: 02 de marzo de 2007

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO. -UIAF
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 587 DE 2007

 

(Marzo 02)

 

por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable; 

 

Que para los fines de este decreto se cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímese el siguiente empleo de la planta de personal de la Unidad de Información y Análisis Financiero: 

 

N°. de cargos 

Denominación del empleo 

Código 

Grado 

1 (Uno) 

Jefe de Oficina 

0137 

11 

 

ARTÍCULO 2°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero: 

 

N°. de cargos 

Denominación del empleo 

Código 

Grado 

Despacho del Director General 

2 (dos) 

Asesor 

1020 

16 

Planta Global 

1 (Uno) 

Subdirector General de la Unidad Administrativa Especial 

0040 

22 

1 (Uno) 

Jefe de Oficina 

0137 

21 

1 (Uno) 

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 

1045 

16 

1 (Uno) 

Profesional Especializado 

2028 

20 

11 (Once) 

Profesional Especializado 

2028 

22 

1 (Uno) 

Profesional Universitario 

2044 

09 

1 (Uno) 

Técnico Operativo 

3132 

18 

2 (Dos) 

Auxiliar Administrativo 

4044 

14 

 

ARTÍCULO 3°. El Director General de la Unidad de Información y Análisis Financiero, mediante Resolución distribuirá los cargos de que trata el artículo 2° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, programas, proyectos y las necesidades del servicio de la entidad. 

 

ARTÍCULO  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2515 de 2005. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 2 días del mes de marzo de 2007.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46558. 2, marzo, 2007.