Decreto 3149 de 2008 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 3149 de 2008

Fecha de Expedición: 22 de agosto de 2008

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

POSITIVA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
- Subtema: Planta de Personal

Se establece la planta de personal de Positiva Compañía de Seguros S. A.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 3149 DE 2008

 

(Agosto 22)

 

(Derogado por el Art. 5 del Decreto 1235 de 2012)

 

Por el cual se establece la Planta de Personal de la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros.

 

El Presidente de la República de Colombia,

 

En ejercicio de las facultades que le confieren los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, obteniendo el concepto técnico favorable de ese departamento; 

 

Que La Junta Directiva de la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros de acuerdo con el Acta número 442 de 21 de diciembre de 2007, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal; 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímese de la planta de personal de la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros, el siguiente cargo de empleado público: 

 

N° Cargos 

Denominación del Empleo 

Código 

Grado 

1 (uno)

Presidente de la entidad descentralizada

0015

-

 

ARTÍCULO 2°. La planta de personal de empleados públicos de la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros, será la siguiente: 

 

N° Cargos 

Denominación del Empleo 

Grado 

 

DESPACHO DEL PRESIDENTE 

 

1 (Uno)

Presidente

10

1 (Uno)

Asistente Presidencia

02

1 (Uno)

Conductor Presidencia

01

 

PLANTA GLOBAL 

 

5 (Cinco)

Vicepresidente

09

1 (Uno)

Secretario General

09

4 (Cuatro)

Jefe de Oficina

08

13 (Trece)

Gerente de Área

07

1 (Uno)

Asesor Jurídico

07

6 (Seis)

Gerente Regional

07

32 (Treinta y dos)

Gerente Sucursal

06

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

05

2 (dos)

Profesional

04

2 (dos)

Profesional

03

 

ARTÍCULO 3º. Fíjase en 345 (trescientos cuarenta y cinco) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros. 

 

ARTÍCULO 4º. El Presidente de la entidad distribuirá y ubicará los cargos establecidos en el presente Decreto atendiendo la estructura, las necesidades de la empresa, los planes y programas y las necesidades del servicio. 

 

ARTÍCULO  5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos números 1540 del 7 de mayo de 2007 y 1201 del 18 de abril de 2008. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., el 22 de agosto de 2008.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 47092. 25, agosto, 2008.