Directiva 09 de 2019 Presidencia de la Republica
Fecha de Expedición: 17 de septiembre de 2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
INFORMACIÓN INMOBILIARIA DEL ESTADO
- Subtema: Información
Los Ministerios y Departamentos Administrativos deberán remitir a la Consejería para la Gestión y Cumplimiento de la Presidencia de la República la información respecto de los bienes inmuebles de su propiedad, así como de aquellos de propiedad de sus entidades adscritas y vinculadas.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DIRECTIVA PRESIDENCIAL 09 DE 2019
PARA: ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL
DE: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ASUNTO: INFORMACIÓN INMOBILIARIA DEL ESTADO
FECHA: 17 DE SEPTIEMBRE DE 2019
La Consejería para la Gestión y Cumplimiento de la Presidencia de la República viene adelantando gestiones tendientes a optimizar la administración de los bienes inmuebles de propiedad del Estado.
Para tal fin, resulta necesario contar con información centralizada y actualizada respecto del inventario de los bienes raíces de propiedad de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, de tal suerte que la toma de decisiones sobre la administración de los activos inmobiliarios consulte su realidad jurídica y económica.
Con este propósito en perspectiva, los ministerios y departamentos administrativos deberán remitir a la Consejería para la Gestión y Cumplimiento de la Presidencia de la República la información respecto de los bienes inmuebles de su propiedad, así como de aquellos de propiedad de sus entidades adscritas y vinculadas, identificando los siguientes criterios por cada inmueble:
Nombre y NIT de la entidad |
Número de matrícula inmobiliaria |
Municipio donde está ubicado el inmueble |
Dirección del inmueble |
Numero predial nacional o referencia catastral |
Valor del ultimo avalúo catastral |
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Cada ministerio y departamento administrativo deberá solicitar a sus respectivas entidades adscritas y vinculadas la información a la que hace referencia la presente Directiva, y remitirla en formato Excel de manera consolidada, por conducto de la respectiva secretarla general, a la Consejería para la Gestión y Cumplimiento de la Presidencia de la República, a más tardar el 14 de octubre de 2019.
Los ministerios y departamentos administrativos serán responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva por parte de sus entidades adscritas y vinculadas.
Para los efectos de la presente Directiva, se establece el correo electrónico nicolasquintana@presidencia.gov.co como receptor de la información.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(FDO.) IVAN DUQUE