Boletìn 24 - Julio 28 a 04 de 2017
Modifica la Ley 1361 de 2009, y establece que los empleadores pueden convenir un horario flexible con el empleado, para facilitar el cumplimiento de deberes familiares
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Se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
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Crea una planta transitoria en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
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Se modifica el Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia, sobre tratamientos penales especiales respecto a miembros de la Fuerza Pública.
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Se adiciona el Decreto 1077 de 2015, Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo referente a esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas de difícil acceso, áreas de difícil gestión y áreas de prestación, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad, establecidos en la ley.
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Se adiciona el Decreto 1070 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, para reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia.
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Se adiciona el Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con las medidas preventivas de toma de posesión de las entidades sometidas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud.
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Modifica el Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte, en relación con el cambio de ciertos vehículos de servicio público a servicio particular.
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Se refiere a la revisión de Constitucionalidad del Decreto 601 de 2017, por el cual el Presidente de la República declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en el municipio de Mocoa, la norma tiene por objeto establecer un procedimiento excepcional para la adjudicación de licencias de operación de emisoras de radio comunitaria en Mocoa.
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Vence: Agosto 10 de 2017 Norma revisada: Decreto Ley 896 del 27 de mayo de 2017 PROGRAMA NACIONAL INTEGRAL DE SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS DE USO ILÍCITO -PNIS- Creación.
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Vence: Agosto 15 de 2017 Norma revisada: Decreto Legislativo 731 de 2017 MEDIDAS TRIBUTARIAS Dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica.
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Vence: Términos suspendidos 2017 Norma acusada: Ley 1636 de 2013 (arts. 3 y 13-2, parciales) PROTECCIÓN AL CESANTE. Requiere haber realizado aportes a las cajas de compensación familiar durante el mínimo de un año durante los últimos tres (3) años para trabajadores dependientes o dos (2) años para independientes.
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Vence: Agosto 14 de 2017 Norma revisada: Decreto Ley 883 del 26 de mayo de 2017 EMPRESAS DEDICADAS A LA MINERÍA Y A LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS Se modifica la Ley 1819 de 2016 (Reforma Tributaria Estructural) para incluir a las Empresas dedicadas a la Minería y a la explotación de Hidrocarburos en la forma de pago de obras por impuestos.
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Vence: Término Suspendido Norma revisada: Proyecto de Ley Estatutaria número 27/15 Senado- 191 / 15 Cámara, por la cual se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones. ESTATUTO DE LA CIUDADANÍA JUVENIL. Modificación.
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Por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en los periodos 2018-2022 y 2022-2026 A través de este proyecto de acto legislativo se crean las circunscripciones especiales transitorias, contendidas en el punto 2.3.6 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto que establece: En el marco del fin del conflicto y con el objetivo de garantizar una mejor integración en zonas especialmente afectadas por el conflicto, el abandono y la débil presencia institucional, y una mayor inclusión y representación política de estas poblaciones y sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, y también como medida de reparación y de construcción de paz, el Gobierno nacional se compromete a crear en estas zonas un total de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la elección de un total de 16 Representantes a la Cámara de Representantes, de manera temporal y por dos periodos electorales. Aprobado en segundo debate en plenaria del Senado el 25 de junio de 2017
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Declara la Corte INFUNDADAS las objeciones formuladas por el Gobierno Nacional en contra del Proyecto de Ley No. 191 de 2016 del Senado de República y 086 de 2015 de la Cámara de Representantes “por medio del cual se establece la entrega del informe anual sobre el desarrollo, avance y consolidación de los acuerdos comerciales ratificados por Colombia”. En consecuencia, se declara su EXEQUIBILIDAD en relación con los cargos formulados en la objeción del Gobierno Nacional.
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Declara la Corte la EXEQUIBILIDAD del Decreto Legislativo No. 732 del 5 de mayo de 2017, “por el cual se dictan medidas transitorias para contribuir al fortalecimiento de la solidaridad y la economía social, y conjurar la Emergencia Económica, Social y Ecológica en el municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo”.
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Declara la Corte la EXEQUIBILIDAD del Decreto Legislativo 730 del 5 de mayo de 2017 “por el cual se dictan medidas asociadas al sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado mediante Decreto 601 de 2017”.
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Por medio del cual se dictan disposiciones para asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado. El proyecto de ley regula el tema del monopolio de las armas dentro el procedimiento especial para la paz, para lo cual dispone en su único artículo: Como una garantía de No Repetición y con el fin de contribuir a asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, y en particular de la Fuerza Pública, en todo el territorio, se prohíbe la creación, promoción, instigación, organización, instrucción, financiación, apoyo, tolerancia, encubrimiento o favorecimiento de grupos civiles armados organizados ilegales de cualquier tipo, incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus estructuras o prácticas, grupos de seguridad ilegales o de justicia privada u otras denominaciones equivalentes. Aprobado en tercer debate en Comisión Primera de Cámara el 26 de julio de 2017.
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Por medio de la cual se establece la estabilidad laboral reforzada en favor de la mujer vinculada mediante contrato de prestación de servicios cuando sobrevenga el embarazo o la lactancia y se dictan otras disposiciones. El proyecto de ley tiene por objeto establecer la estabilidad laboral reforzada o fuero de maternidad en favor de la mujer vinculada mediante contrato de prestación de servicios, cuando sobrevenga el embarazo o la lactancia. A partir de la promulgación de la presente ley, las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado que suscriban Contratos de Prestación de Servicios garantizarán la estabilidad laboral reforzada o fuero de maternidad a la contratista durante la etapa del embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia. Estado: Agendado para segundo debate en plenaria de la Cámara el 8 de agosto de 2017 (No.9)
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Por medio de la cual se dicta el régimen de remuneración, prestaciones y seguridad social de los miembros de las asambleas departamentales y se dictan otras disposiciones. El proyecto se refiere a la remuneración de los diputados acorde a la categoría de cada departamento, el régimen prestacional, inhabilidades, incompatibilidades, entre otros. Estado: Agendado para cuarto debate en plenaria de Cámara de Representantes el 1 de agosto de 2017 (No. 17)
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Por medio de la cual se reconoce la protección especial de estabilidad laboral reforzada a servidores del estado en provisionalidad en cargos de carrera administrativa. La iniciativa consagra en su artículo 2 que los servidores del Estado que desempeñen cargos de carrera administrativa en provisionalidad y se encuentren en la condición de prepensionados, que les falte tres años de edad o de tiempo de servicio para que se les reconozca la pensión de jubilación o de vejez, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 790 de 2002, gozarán de la protección especial de estabilidad laboral reforzada hasta el día que la pensión les sea reconocida por la entidad de previsión social respectiva y sean incluidos en nómina. Para tal fin, el cargo de carrera administrativa en provisionalidad no puede ser convocado a concurso. Estado: Agendado para segundo debate en plenaria del Senado el 1 de Agosto de 2017 (No. 2)
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El Ministerio de Interior y el Departamento Administrativo de la Función Pública radicaron el pasado 20 de julio, en la Secretaría General de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, el proyecto de ley que modifica algunos aspectos de la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 1567 de 1998. La reforma tiene como principal objetivo la inclusión de los concursos públicos de ascenso en el modelo de empleo público, ajustar las condiciones para otorgar los encargos a los empleados públicos de carrera administrativa y facilitar la capacitación a todos los servidores públicos, independientemente de su tipo de vinculación. Para la concepción y elaboración de este proyecto, se tuvieron en cuenta las propuestas formuladas por las organizaciones sindicales que agrupan a los empleados públicos en el marco de la negociación colectiva adelantado en el año 2017 y por los Jefes de las entidades públicas. Con este proyecto de ley, la Función Pública evidencia su compromiso con el mejoramiento de las condiciones de los servidores públicos para enaltecer y motivar el desarrollo de su labor, al regular el ascenso y la movilidad en la carrera, el encargo y la capacitación y bienestar de los empleados. Así mismo, en su compromiso por brindar a los servidores públicos y a la ciudadanía en general información actualizada sobre las normas de administración de personal, la Función Pública acaba de publicar la Guía de Administración Pública el ABC de las Situaciones Administrativas, que contiene el Régimen de Situaciones Administrativas para los Servidores Públicos, con las últimas actualizaciones normativas consagradas en el decreto 1083 de 2015 y su Decreto modificatorio 648 de 2017, así como los criterios de interpretación establecidos por la más reciente jurisprudencia y por los conceptos emitidos por la Función Pública, que podrá ser consultada en el Gestor Normativo en el siguiente enlace: