Boletìn 15 - Mayo 16 a 24 de 2017
Adiciona el epígrafe de la Parte 5 y un título a la Parte 5 del Libro 1 y se adicionan y modifican literales, incisos y artículos del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para reglamentar el monotributo.
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Por medio del cual se sustituyen los artículos 2.4.5 al 2.4.14 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, y se derogan los numerales 1 y 3 y los parágrafos 1 y 2 del artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.
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Se dictan normas para que el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, financiado por Fondetec preste servicios de defensa técnica a los miembros activos y retirados de la Fuerza Pública en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
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Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) y se dictan otras disposiciones.
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Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016, “Único Reglamentario en Materia Tributaria” para sustituir unos artículos del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y un artículo al Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, y establecer los porcentajes de componente inflacionario no constitutivo de renta, ganancia ocasional, costo o gasto, por el año gravable 2016 y el rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y sus socios por el año gravable 2017.
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El límite de edad de 28 años para el acceso al sistema de beneficios que la Ley de Formalización y Generación de Empleo prevé para la creación de empresas y de fuentes de empleo formal para la población joven es razonable, proporcionado y progresivo en cuanto al contenido prestacional del derecho constitucional al trabajo. Así las cosas, se toma en cuenta la situación particularmente difícil en la que se encuentran los jóvenes menores de 28 años y que requiere una atención especial por parte del Estado, en pro de materializar el Estado Social de Derecho.
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Determina que el Legislador, en ejercicio de sus funciones, excedió los límites de su competencia pues con la expedición del inciso 2º de artículo 191 de la Ley 1801 de 2016, vació el contenido de la cláusula general de responsabilidad patrimonial del Estado, cuando los agentes de policía usan la facultad de inhabilitar totalmente un bien.
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Se refiere a los requisitos que debe contener una certificación laboral.
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Analiza si es procedente que un pasante que realiza sus prácticas profesionales en el SENA, pueda simultáneamente vincularse como provisional en la misma entidad pública.
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Se refiere a los documentos requeridos para la posesión de cargos públicos.
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Efectúa un análisis sobre la Inhabilidad de empleado de la Rama Judicial para ser miembro de la Junta Directiva de una Empresa de Servicios Públicos E.S.P de carácter privado y para ser Gerente suplente de un Empresa de Servicios Públicos E.S.P de carácter privado.
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Efectúa un análisis sobre el derecho de contradicción de los provisionales al momento del retiro.
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Se realiza la revisión de constitucionalidad del Decreto 730 del 5 de mayo de 2017, “Por el cual se dictan medidas asociadas al sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado mediante Decreto 601 de 2017”.
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Se demanda la inconstitucionalidad contra el artículo 13 de la Ley 1817 de 2017 “Por el cual se trazan los lineamientos para contribuir en la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la Construcción de una Paz estable y Duradera, a través de una estrategia de transferencia tecnológica al sector rural y productivo del país, fortaleciendo la formación profesional en el marco del desarrollo del Sistema Nacional de Educación Terciaria, que mejore la productividad del trabajo, la empleabilidad, el desarrollo socioeconómico, y se dictan otras disposiciones”.
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Se demanda la inconstitucionalidad contra el parágrafo 4° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003 “Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre regímenes Pensionales exceptuados y especiales”.
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Se demanda la inconstitucionalidad contra los artículos 6° y 7° de la Ley 1819 de 2016 “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones”.
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Se avoca conocimiento del Decreto Legislativo 731 de 2017, “Por el cual se dictan medidas tributarias dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el Municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo”.
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Vence: Junio 9 de 2017 Norma acusada: Proyecto de Ley estatutaria No. 27/15 Senado-191/15 Cámara, por la cual se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones. ESTATUTO DE LA CIUDADANÍA JUVENIL. Modificación.
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“Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones”. Estado: Aprobado en segundo debate en plenaria del Senado el 17 de mayo de 2017.
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Por medio de la cual se adoptan mecanismos de protección de la familia. Este proyecto establece que: Los empleadores y las personas que ejercen actividades por cuenta propia podrán adecuar los horarios laborales para facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, para atender sus deberes de protección y acompañamiento de su cónyuge o compañera(o) permanente, a sus hijos menores, a las personas de la tercera edad de su grupo familiar o a sus familiares dentro del 3er grado de consanguinidad que requiera del mismo; como también a quienes de su familia se encuentren en situación de discapacidad o dependencia. El trabajador y el empleador podrán convenir un horario flexible sobre el horario y las condiciones de trabajo para facilitar el cumplimiento de los deberes familiares mencionados en este artículo. Así mismo, los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso. Estado: Aprobado en tercer debate en la Comisión Séptima del Senado el 17 de mayo de 2017.
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Por el cual se efectúan unas modificaciones al presupuesto general de la Nación para la Vigencia Fiscal de 2017. Se estipula una adición de inversión por la suma de $62.467.585.428 para la ESAP en los siguientes rubros: Mejoramiento de la calidad educativa en Gestión Pública - Intersubsectorial Gobierno. De acuerdo con la exposición de motivos que hizo el Ministro de Hacienda y Crédito Público, la justificación del aumento presupuestal obedece al incremento de dividendos de ISAGEN y ECOPETROL; y por el aumento de recursos propios del Sector Justicia: Superintendencia de Registro y Notariado (205 mil millones), del sector educación Ley 21 (166 mil millones) y del sector defensa (100 mil millones). Estado: Se aprobó en sesión conjunta de comisiones terceras y cuartas de cámara y senado el 17 de mayo de 2017 con 130 constancias respecto del artículo 2 del mismo, en donde se establecen los montos de adición. Pendiente elaboración de ponencia para segundo debate.
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Por la cual se institucionaliza el Día Nacional de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia. Se busca institucionalizar el 16 de noviembre de cada año como el día de la tolerancia. Le incumbe al DAFP en cuanto a que se dispone: Artículo 5°. Desarrollo. Con el fin de lograr la efectividad de esta ley, los funcionarios, servidores públicos y trabajadores de la administración pública, en cabeza de los Ministerios, Departamentos Administrativos, entidades del Estado del orden nacional y/o territorial, además de las organizaciones y empresas privadas que desempeñan funciones públicas como empresas particulares celebrarán el día de la tolerancia, la solidaridad y la convivencia, desarrollando eventos, actos y actividades alusivas a esta fecha y sus principios que lo fundamentan. Estado: Aprobado en segundo debate en plenaria del Senado el 17 de mayo de 2017.
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Vence: Junio 16 de 2017 Norma acusada: Ley 1753 de 2015 (art. 208) SUPERINTENDENCIA SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Monto de las multas que puede imponer como sanción.
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Vence: Mayo 17 de 2017 Norma revisada: Decreto 298 de 2017 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN. Se exceptúa de las restricciones previstas en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000.
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Vence: Mayo 18 de 2017 Norma acusada: Acto Legislativo 1 de 2016 IMPLEMENTACIÓN ACUERDO PAZ. Instrumentos jurídicos para facilitar la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto.
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Vence: Mayo 18 de 2017 Norma acusada: Ley 1776 de 2016 (arts. 3, 4 y 13, parciales; 17, 29 y 21, parcial) ZONAS DE INTERÉS DE DESARROLLO RURAL, ECONÓMICO Y SOCIAL, ZIDRES. Sistema Nacional para Zidres. Componentes y condiciones proyectos productivos. Concesión bienes inmuebles de la Nación, Delimitación Zidres a través de Conpes.
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(i) Se declara INHIBIDA de emitir pronunciamiento sobre el literal K) del artículo 1°, el artículo 3° y el artículo 5° del Acto Legislativo 01 de 2016, por ineptitud de la demanda. (ii) decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-699 de 2016, en relación con el cargo dirigido contra el literal f) del art- 1° del Acto Legislativo 01 de 2016. (iii) decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-699 de 2016 en relación con el cargo formulado contra el artículo 2° del Acto Legislativo 01 de 2016. (iv) se INHIBE de emitir pronunciamiento en relación con el artículo 4° del acto legislativo 01 de 2016 por las razones expuestas en esta providencia. (v) declara la INEXEQUIBILIDAD de los literales h) y j) del Acto Legislativo 01 de 2016.
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Se declara la INEXEQUIBILIDAD del Decreto Ley 298 de 2017 “Por el cual se exceptúa a la Unidad Nacional de Protección de las restricciones previstas en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000”.
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Vence: Junio 7 de 2017 Norma acusada: Acto Legislativo 2 de 2015 EQUILIBRIO DE PODERES. Se demanda la integridad del Acto Legislativo 2 de 2015, por vicios de forma.
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Se realiza la revisión de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria No. 03/17 Senado-006/17 Cámara “Por medio del cual se adopta el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las Organizaciones Políticas independientes”.
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La Corte declara EXEQUIBLE los apartes demandados del artículo 3, literal a (parcial) de la Ley de Formalización y Generación de Empleo.
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Por medio de la cual se reglamenta la participación de la población joven en los diferentes niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del Poder Público, según lo preceptuado en el artículo 45 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones. -Participación juvenil- La ley busca crear mecanismos para que las autoridades, le proporcionen a la población joven la efectiva participación en todos los niveles de las ramas y demás órganos del Poder Público, y las demás promuevan esa participación en las instancias de decisión de la sociedad. Por lo anterior dispone: La participación activa de la población joven en los diferentes cargos en las ramas y órganos del Poder Público se hará cumplir por parte de la autoridad nominadora que le corresponda, aplicando las siguientes reglas: a) Mínimo un 10% de los cargos niveles decisorios, de que trata, serán desempeñados por jóvenes en las edades que indica esta ley, b) Mínimo un 10% de jóvenes en las entidades del orden nacional y regional de la rama legislativa, administrativa y judicial. Excepción: Lo dispuesto en el artículo anterior no se aplica a los cargos pertenecientes a la carrera administrativa, judicial u otras carreras especiales, en las que el ingreso, permanencia y ascenso se basan exclusivamente en el mérito. Estado: Se agendó para primer debate en la Comisión Primera de la Cámara el 23 de mayo de 2017 9 am. (No. 3).
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Por medio de la cual se prohíbe la práctica de la prueba de embarazo como requisito laboral y se dictan otras disposiciones. Se prohíbe la prueba de embarazo para proceso de selección, vinculación, promoción laboral, permanencia o renovación laboral para cualquier cargo o empleo, sea este de carácter público o privado. Estado: Se agendó para segundo debate en plenaria de la Cámara el día 23 de mayo de 2017 (No.24).
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Por medio de la cual se establece la prima especial de riesgo para los empleados del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación. Los servidores públicos del CTI tendrán derecho a percibir mensual y permanentemente una Prima Especial de Riesgo equivalente al 35% de la asignación básica. Estado: Se agendó para segundo debate en plenaria de la Cámara el día 23 de mayo de 2017 (No.1).
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“Por medio de la cual se modifican algunos artículos del Decreto-Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”. Este proyecto trata fundamentalmente del régimen de organización del Distrito de Bogotá, específicamente de los concejales de esta ciudad. Nos interesan especialmente los artículos 28 y 29 que estipulan unas causales de inhabilidad e incompatibilidad especiales para los concejales. Estado: Se agendó para el 23 de mayo de 2017 para segundo debate plenaria cámara. (No.17).
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Por medio de la cual se promueve y protege el empleo de trabajadores con responsabilidades familiares de cuidadores, permitiendo su inserción laboral y se dictan otras disposiciones. Busca proteger y promover el empleo de las personas que tienen a cargo personas en situación de discapacidad o dependencia. Para lograrlo, entre otras medidas contempla la creación del Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. Esto con el objetivo de identificar los cuidadores asegurar su estabilidad laboral y condiciones especiales en el contrato general. Estado: Se agendó para segundo debate en plenaria de cámara el 23 de mayo de 2017 (No.22).
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“Por medio de la cual se modifican algunos artículos del Decreto Ley 1791 de 2000 y se dictan otras medidas en materia de carrera Administrativa de la Policía Nacional”. Esta ley tiene como objeto mejorar las garantías para los funcionarios de la policía nacional, incentivar la meritocracia dentro de la institución y garantizar el ejercicio del servicio público de policía dentro de los límites de la Constitución y la ley. Estado: Está agendado para primer debate el 23 de mayo de 2017 a las 10 am. (No.5).
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- En la Secretaría de la Cámara de Representantes se radicó el Proyecto de Ley No. 12 “Por medio del cual se adopta una reforma política y electoral que permita la apertura democrática para la construcción de una paz, estable y duradera”. Este proyecto contempla una totalidad de 23 artículos, los cuales se centran en cinco (5) ejes alrededor de los diferentes temas a los que se han hecho referencia en relación con el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera: (i) garantizar la participación política, (ii) diseñar un sistema de adquisición progresiva de derechos para partidos y movimientos políticos, (iii) promocionar la participación política, (iv) profundizar la transparencia en el ejercicio de la política y (v) fortalecer la organización electoral para garantizar la transparencia del sistema.