Normas
Boletìn 14 - Septiembre 09 a 25 de 2020
CONSULTA PREVIA
La Dirección Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior DANCP, como principal responsable de los procesos de consulta previa, y demás entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional llamadas a intervenir en los diferentes procesos de consulta previa adelantados para el desarrollo de proyectos, obras o actividades de acuerdo con el criterio de afectación directa a comunidades étnicas, estarán sujetas a las directrices que en la presente Directiva se imparten.
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PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES
Se aprueba la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada en Washington, el 15 de junio de 2015.
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COORDINACIÓN Y ASESORÍA PARA EL ACCESO A VACUNAS SEGURAS Y EFICACES CONTRA EL CORONAVIRUS COVID 19
Crea una Instancia de Coordinación y Asesoría, que hará parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para analizar y recomendar las estrategias y mecanismos que debe adoptar el Ministerio de Salud y Protección Social con el fin de acceder a vacunas seguras y eficaces contra el Coronavirus Sars-cov-2 (COVID 19), para superar la emergencia sanitaria generada por la pandemia del nuevo Coronavirus, atendiendo a los principios de disponibilidad, universalidad, equidad, solidaridad y oportunidad del derecho fundamental a la salud.
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LINEAMIENTOS PARA EL PAGO A LOS PROVEEDORES DEL ESTADO
Gobierno Nacional imparte instrucciones en relación con el pago a los proveedores del Estado, las entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional, previo a la contratación de bienes y/o servicios, deberán verificar si el proveedor del Estado está obligado a facturar electrónicamente. En caso de estar obligado, la entidad contratante incluirá en el acápite correspondiente a obligaciones del proveedor o contratista, la presentación de la factura electrónica validada previamente por la DIAN, como requisito necesario para el pago de los bienes y/o servicios contratados.
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AGENDA REGULATORIA
Los ministerios y departamentos administrativos cabeza de sector publicarán en la sección normativa de sus sitios web, o en aquella que haga sus veces, y en cualquier otro medio de que dispongan para el efecto, a más tardar el 31 de octubre de cada año, un proyecto de agenda regulatoria con la lista de los proyectos específicos de regulación que previsiblemente deban expedirse en el sector durante el año siguiente.
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AGENDA REGULATORIA, MEMORIA JUSTIFICATIVA E INFORME GLOBAL DE OBSERVACIONES
Se adopta los formatos de agenda regulatoria, memoria justificativa e informe global de observaciones, que deben adoptar las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.
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SEGURIDAD DE DOCUMENTOS FIRMADOS DURANTE EL TRABAJO EN CASA, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA
Durante la emergencia sanitaria y siempre que los servidores públicos y contratistas estén prestando sus servicios desde la casa, en el marco del artículo 11 del Decreto Legislativo 491 de 2020, se podrán suscribir válidamente los actos, providencias y decisiones que se adopten mediante firma autógrafa mecánica, digitalizadas o escaneadas, siguiendo las directrices dadas por el Archivo General de la Nación y las que se imparten en el presente decreto.
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Conceptos
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PERÍODO DE PRUEBA DE EMPLEO PÚBLICO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
Durante el período de emergencia sanitaria, quienes sean nombrados y posesionados en período de prueba, como resultado de un concurso de méritos para proveer empleos de carrera administrativa, estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha emergencia.
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EJERCICIO DE FUNCIONES PRESENCIALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID 19
Mientras persista la medida de aislamiento preventivo obligatorio ordenada por el Presidente de la República y siempre que no se trate de servicios esenciales que deben prestarse de manera presencial, los trabajadores y contratistas se debe privilegiar la prestación de servicios y desarrollo de sus obligaciones con trabajo en casa.
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EJERCICIO DE FUNCIONES DE UN EMPLEADO PÚBLICO QUE SE ENCUENTRA EN OTRO PAÍS, EN ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA
La decisión de solicitar una licencia ordinaria es exclusiva del empleado y su otorgamiento, es facultativo de la entidad u organismo público al que presta sus servicios; en todo caso, si la entidad requiere que sus empleados presten sus servicios en las instalaciones físicas de la entidad, se deberá cumplir con las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Coronavirus COVID 19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
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SE INTERRUMPE EL DISFRUTE DE VACACIONES DE UN EMPLEADO QUE SE REALIZÓ LA PRUEBA DEL COVID19
Dentro de los casos a interrumpir las vacaciones está la de incapacidad ocasionada por enfermedad por lo tanto no es procedente que se tome como incapacidad la toma de la muestra por COVID 19 hasta tanto se confirme el resultado de la misma.
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Boletìn 14 - Septiembre 09 a 25 de 2020
EL PERÍODO DE INDUCCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 14 DEL DECRETO 491 DE 2020 APLICA PARA QUIENES INICIARON SU PERÍODO DE PRUEBA CON ANTERIORIDAD A LA EXPEDICIÓN DE DICHO DECRETO
Quienes fueron nombrados y posesionados con anterioridad al 28 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigencia del Decreto Ley 491 de 2020, se encuentran en período de prueba, tal como lo determina el numeral 5, artículo 30 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 2.2.6.24 y 2.2.6.25 del Decreto 1083 de 2015.
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Editorial
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ADOPTA LOS FORMATOS DE AGENDA REGULATORIA, MEMORIA JUSTIFICATIVA E INFORME GLOBAL DE OBSERVACIONES, QUE DEBEN ADOPTAR LAS ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL
En el presente Boletín se incorpora la Resolución 371 del 23 de septiembre del 2020, la cual tiene como objeto Adoptar los formatos para la publicación de: i) agenda regulatoria, ii) memoria justificativa e, ii) informe global de observaciones; en el marco de lo previsto en el Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República. Los formatos que se adoptan los deben utilizar las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional en el trámite de los proyectos de decreto o resolución que generen sus respectivas entidades, para la firma del presidente de la República. La Resolución puede ser consultada en el siguiente enlace:
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