Normas
Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR ICETEX
Adiciona normativa relacionada con el mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina en adelante ICETEX.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
SESIONES EXTRAORDINARIAS
Convoca al Congreso de la República a sesiones extraordinarias, por convocatoria del Gobierno Nacional y durante el tiempo que éste señale, para ocuparse de asuntos que someta a su consideración, dentro de los cuales está darle continuidad al procedimiento legislativo de proyectos de ley prioritarios para el país.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
CÓDIGO NACIONAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
Adiciona normativa para reglamentar parcialmente el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
TRANSICIÓN DEL GOBIERNO NACIONAL
Imparte directrices para la transición del gobierno nacional eficaz, armónica y en la que se garantice la continuidad en la prestación del servicio público, se imparten directrices para organizar a la Rama Ejecutiva del Orden Nacional para entregar los asuntos del Estado al Presidente de la República electo.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
TRANSICIÓN DEL GOBIERNO NACIONAL
Alcance a la Directiva Presidencial No. 06 del 16 de junio de 2022, relacionada con las directrices para la transición del Gobierno Nacional.
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COMPOSICIÓN CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL
Modifica el Decreto 741 del2 de julio de 2021, en lo relacionado con la composición del Consejo de Seguridad Nacional.
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SESIONES EXTRAORDINARIAS
Modifica el artículo 2 del Decreto 1006 de 2022, relacionado con el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero del Decreto 1006 de 2022, Congreso de la República.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO
Adiciona un parágrafo al artículo 2.2.5.1.16 del Capítulo 1 del Título 5 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, a efectos de reglamentar el valor de los honorarios para la calificación de pérdida de capacidad laboral de quienes aspiran a la prestación humanitaria periódica para las víctimas del conflicto armado
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
MEDIDAS QUE PROMUEVEN EL EMPLEO JUVENIL
Reglamenta el artículo 196 de la ley 1955 de 2019, se toman medidas para fortalecer las medidas que promueven el empleo juvenil y se dictan otras disposiciones.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
EDUCACIÓN INCLUSIVA DESARROLLO INTEGRAL NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCEDENTES Y JÓVENES
Se promueve la educación inclusiva efectiva y el desarrollo integral de niños, niñas, adolescentes y jóvenes con trastornos específicos de aprendizaje desde la primera infancia hasta la educación media en las instituciones públicas y privadas del país.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
CASAS DE REFUGIO
Se implementan en el territorio nacional las Casas de Refugio y se fortalece la política pública en contra de la violencia hacia las mujeres
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Conceptos
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RETIRO DEL SERVICIO PREPENSIONADOS
De acuerdo con la protección especial establecida en el Decreto 1083 de 2015, no pueden ser retirados del servicio quienes ostenten la calidad de empleados pre- pensionados.
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Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
MODALIDAD SUPLEMENTARIA DEL TELETRABAJO
Se ha recomendado a las entidades públicas utilizar la modalidad suplementaria del teletrabajo, con el objetivo de que las entidades puedan realizar el seguimiento a metas y objetivos y de esta forma tengan la posibilidad de realizar retroalimentación a las prácticas laborales y evalúen el trabajo encomendado.
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Editorial
Boletìn 11 - Junio 16 a 30 de 2022
TRANSICIÓN DE GOBIERNO NACIONAL
Imparte directrices para la transición del gobierno nacional eficaz, armónica y en la que se garantice la continuidad en la prestación del servicio público, se imparten directrices para organizar a la Rama Ejecutiva del Orden Nacional para entregar los asuntos del Estado al Presidente de la República electo, se conformarán grupos de trabajo y coordinación, dentro de los cuales están, el Comité de Transición el cual definirá un Plan de Trabajo que establezca las principales actividades a desarrollar para entregar los asuntos del Estado al Presidente de la República electo, los Subcomités Sectoriales tendrán por objeto planear, organizar, recopilar y consolidar la información del respectivo sector administrativo relacionada con asuntos administrativos, financieros, de proyectos y misionales, que el Comité de Transición requiera.
Los Subcomités Sectoriales podrán conformar Mesas de Trabajo con los funcionarios y colaboradores del respectivo ministerio o departamento administrativo, así como de sus entidades adscritas y vinculadas, para recopilar y presentar la información que requiera el respectivo Subcomité Sectorial. Así mismo, las Mesas de Trabajo conformadas se reunirán con las personas que considere pertinente el Presidente de la República electo o el comité o equipo que este designe, en caso de que lo designe, por instrucción del Subcomité Sectorial.
Todas las reuniones y actividades que se lleven a cabo en desarrollo de esta directiva presidencial se harán en las sedes de las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.
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